Test: Jurisdicción civil: demanda, contestación, audiencia previa

10 preguntas tipo examen para Auxilio Judicial — Convocatoria 2026

Materia de estudio

Resumen del tema con citas literales de la normativa oficial. Lee los apuntes y luego pon a prueba lo que has aprendido en el test.

El juicio ordinario civil es el procedimiento declarativo de mayor relevancia en la LEC, y sus fases —demanda, contestación y audiencia previa— concentran un número elevado de preguntas en las oposiciones de Auxilio Judicial. Dominar los plazos, los requisitos formales y las funciones de cada acto procesal es imprescindible para superar el examen.

Marco normativo

La norma de referencia es la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil (LEC), publicada en el BOE. Regula el proceso civil en España y es de aplicación supletoria en otros órdenes jurisdiccionales (art. 4 LEC).

El juicio ordinario se regula principalmente en los arts. 399 a 430 LEC. El juicio verbal, aunque no es objeto central de este tema, se regula en los arts. 437 y siguientes y sirve como contraste útil.


Estructura del tema

El juicio ordinario se articula en tres grandes momentos escritos/orales antes del juicio:

  1. La demanda (acto de parte que inicia el proceso)
  2. La contestación a la demanda (respuesta del demandado)
  3. La audiencia previa al juicio (acto oral de saneamiento y fijación del litigio)

Conceptos clave

La demanda (arts. 399-400 LEC)

La demanda es el escrito mediante el que el actor ejercita su pretensión ante el tribunal. Inicia el proceso civil.

Contenido obligatorio de la demanda (art. 399 LEC):

  • Identificación del tribunal al que se dirige.
  • Datos del demandante y del demandado (nombre, domicilio).
  • Exposición de los hechos y los fundamentos de derecho.
  • La petición (suplico): lo que se pide al tribunal de forma clara y precisa.
  • Lugar, fecha y firma del abogado y del procurador.

Documentos que deben acompañar a la demanda (art. 264 LEC):

  • Los que acrediten la representación del procurador.
  • Los documentos en que el actor funde su derecho.
  • Los medios de prueba que no puedan aportarse en otro momento.

Preclusión de alegaciones (art. 400 LEC): el actor debe alegar en la demanda todos los hechos y fundamentos jurídicos en que base su pretensión. No podrá reservarlos para un proceso posterior sobre el mismo objeto.


La contestación a la demanda (arts. 405-409 LEC)

El demandado dispone de un plazo de 20 días para contestar a la demanda en el juicio ordinario (art. 404 LEC, en relación con el art. 405 LEC).

La contestación debe tener la misma estructura formal que la demanda: hechos, fundamentos de derecho y petición (art. 405.1 LEC).

Contenido de la contestación:

  • Admisión o negación de los hechos alegados por el actor (art. 405.2 LEC: el silencio o las respuestas evasivas pueden considerarse admisión tácita).
  • Alegación de las excepciones procesales y materiales que el demandado estime pertinentes.
  • Proposición de prueba.

Reconvención (art. 406 LEC):

  • El demandado puede, al contestar, formular reconvención contra el demandante.
  • Solo es admisible si existe conexión entre la pretensión reconvencional y las alegaciones de la demanda o las excepciones opuestas.
  • El demandante reconvenido dispone de 20 días para contestar a la reconvención (art. 407.1 LEC).

Distinción importante:

  • Excepción: el demandado se defiende atacando la pretensión del actor (ej. falta de legitimación, prescripción).
  • Reconvención: el demandado formula una pretensión propia contra el actor, convirtiéndose a su vez en demandante.

La audiencia previa al juicio (arts. 414-430 LEC)

Es un acto oral y concentrado que se celebra antes del juicio en el juicio ordinario. No existe en el juicio verbal.

Convocatoria (art. 414 LEC): una vez contestada la demanda (o transcurrido el plazo sin contestación), el tribunal convoca a las partes a la audiencia previa. La citación se hace con al menos 20 días de antelación.

Finalidades de la audiencia previa (art. 414.1 LEC):

  1. Intentar un acuerdo o transacción entre las partes que ponga fin al proceso.
  2. Examinar las cuestiones procesales que puedan impedir la válida prosecución del juicio (art. 416 LEC): falta de capacidad, representación, litispendencia, cosa juzgada, defecto legal en el modo de proponer la demanda, etc.
  3. Fijar con precisión el objeto del juicio y los extremos de hecho o de derecho sobre los que exista controversia (art. 426 LEC).
  4. Proposición y admisión de la prueba (art. 429 LEC).

Asistencia a la audiencia previa:

  • Es obligatoria la presencia de las partes (o sus representantes con poder suficiente) y de sus abogados (art. 414.2 LEC).
  • Si no comparece el demandante sin causa justificada, se le tiene por desistido (art. 414.3 LEC).
  • Si no comparece el demandado sin causa justificada, la audiencia se celebra en su rebeldía (art. 414.3 LEC).

Cuestiones procesales en la audiencia previa (art. 416 LEC):

  • Falta de capacidad de los litigantes o de representación.
  • Cosa juzgada o litispendencia.
  • Falta del debido litisconsorcio.
  • Inadecuación del procedimiento.
  • Defecto legal en el modo de proponer la demanda o la reconvención.

Si el tribunal aprecia algún defecto subsanable, concede plazo para subsanarlo (art. 418 LEC).

Fijación del objeto del debate (arts. 426-427 LEC): las partes pueden aclarar, rectificar o completar sus alegaciones iniciales, pero sin alterar sustancialmente las pretensiones. El tribunal fija los hechos controvertidos sobre los que versará la prueba.

Proposición de prueba (art. 429 LEC):

  • Las partes proponen sus medios de prueba en la audiencia previa.
  • El tribunal admite o inadmite cada medio mediante resolución motivada.
  • Si el tribunal considera insuficiente la prueba propuesta, puede indicar a las partes qué prueba podría resultar conveniente (art. 429.1, párrafo segundo LEC).

Datos numéricos y plazos que más se preguntan

  • 20 días: plazo para contestar la demanda en juicio ordinario (art. 404 LEC).
  • 20 días: plazo para contestar la reconvención (art. 407.1 LEC).
  • 20 días: antelación mínima con que debe citarse a las partes para la audiencia previa (art. 414 LEC).
  • La audiencia previa solo existe en el juicio ordinario, no en el verbal.
  • El silencio del demandado ante los hechos puede considerarse admisión tácita (art. 405.2 LEC).
  • La reconvención requiere conexión con el objeto de la demanda o las excepciones (art. 406.1 LEC).

Errores típicos del opositor

  • Confundir el plazo de contestación: en el juicio ordinario son 20 días; en el verbal no hay contestación escrita con ese plazo (la oposición se formula en la vista).
  • Creer que la audiencia previa existe en el juicio verbal: es exclusiva del juicio ordinario.
  • Confundir excepción con reconvención: la excepción es defensa; la reconvención es ataque con pretensión propia.
  • Olvidar que la incomparecencia del demandante en la audiencia previa produce el efecto de tenerle por desistido, no simplemente suspender el acto.
  • Pensar que en la audiencia previa no se puede proponer prueba: es precisamente el momento procesal para ello en el juicio ordinario.

Trucos mnemotécnicos

  • “20-20-20”: los tres plazos clave del juicio ordinario antes del juicio son todos de 20 días (contestar demanda, contestar reconvención, antelación para la audiencia previa).
  • “ACFP” para las finalidades de la audiencia previa: Acuerdo → Cuestiones procesales → Fijación del objeto → Prueba.
  • “Excepción = escudo / Reconvención = espada”: el demandado usa la excepción para defenderse y la reconvención para atacar con pretensión propia.
  • “Audiencia previa = filtro”: su función es limpiar el proceso de obstáculos antes de llegar al juicio oral.

Pon a prueba lo que has aprendido

10
preguntas tipo examen

Cada pregunta incluye referencia legal exacta

Preguntas de este test

Estas son las 10 preguntas que componen el test de este tema. Las respuestas correctas y la explicación detallada se revelan al completar el test arriba.

  1. Según la LEC, ¿cuáles son los dos tipos de juicio declarativo ordinario?

    • A) El juicio ordinario y el juicio monitorio
    • B) El juicio ordinario y el juicio verbal
    • C) El juicio de mayor y menor cuantía
    • D) El juicio sumario y el juicio plenario

    Referencia: Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil , Art. 248 LEC

  2. ¿A partir de qué cuantía se tramita un asunto por el juicio ordinario según la LEC?

    • A) Más de 3.000 euros
    • B) Más de 6.000 euros
    • C) Más de 15.000 euros
    • D) Más de 30.000 euros

    Referencia: Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil , Art. 249.2 LEC

  3. ¿Cuál es el contenido esencial de la demanda según el artículo 399 de la LEC?

    • A) Solo la identificación de las partes y la cuantía del litigio
    • B) Los datos del demandante y demandado, los hechos, los fundamentos de derecho y la petición (suplico) que se formula
    • C) Únicamente los fundamentos jurídicos y la solicitud de sentencia favorable
    • D) Los datos del abogado y procurador y una descripción general del conflicto

    Referencia: Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil , Art. 399 LEC

  4. ¿Cuál es el plazo que tiene el demandado para contestar a la demanda en el juicio ordinario?

    • A) 10 días hábiles
    • B) 20 días hábiles
    • C) 30 días hábiles
    • D) 15 días naturales

    Referencia: Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil , Art. 404.1 LEC

  5. ¿Qué es la audiencia previa al juicio en el juicio ordinario?

    • A) La vista oral donde se practican las pruebas
    • B) Una comparecencia ante el LAJ para intentar un acuerdo entre las partes, fijar los hechos controvertidos y proponer prueba
    • C) Una comparecencia ante el Juez para intentar un acuerdo, resolver excepciones procesales, fijar los hechos controvertidos y proponer prueba
    • D) Un trámite escrito previo a la demanda

    Referencia: Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil , Art. 414 LEC

  6. ¿Qué sucede si el demandado no comparece a la audiencia previa en el juicio ordinario?

    • A) Se suspende la audiencia y se le cita de nuevo
    • B) Se le declara en rebeldía y se dicta sentencia inmediatamente
    • C) Se celebrará la audiencia sin su presencia, y se le tendrá por conforme con los hechos alegados por el demandante que resulten admitidos tácitamente
    • D) Se archiva el procedimiento por falta de contradicción

    Referencia: Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil , Art. 414.3 LEC

  7. ¿La reconvención es posible en el juicio ordinario según la LEC?

    • A) No, la reconvención no existe en la LEC vigente
    • B) Sí, el demandado puede formular reconvención en el escrito de contestación a la demanda
    • C) Sí, pero solo en la audiencia previa de forma oral
    • D) Sí, pero requiere autorización previa del Juez

    Referencia: Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil , Art. 406 LEC

  8. ¿En qué plazo debe dictarse sentencia tras la celebración del juicio (vista) en el juicio ordinario?

    • A) 5 días
    • B) 10 días
    • C) 20 días desde la terminación del juicio
    • D) 30 días

    Referencia: Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil , Art. 434.3 LEC

  9. ¿Qué recurso cabe contra las sentencias dictadas en primera instancia en el juicio ordinario?

    • A) Recurso de casación directamente ante el Tribunal Supremo
    • B) Recurso de apelación ante la Audiencia Provincial
    • C) Recurso de reposición ante el mismo Juez
    • D) No cabe recurso alguno

    Referencia: Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil , Art. 455 LEC

  10. ¿En qué fase del juicio ordinario se proponen y admiten las pruebas?

    • A) En el escrito de demanda
    • B) En la audiencia previa al juicio
    • C) En el acto del juicio (vista)
    • D) En cualquier momento del procedimiento

    Referencia: Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil , Art. 429 LEC