Test: Investigacion de accidentes de trafico. Alcoholemia y drogas al volante

10 preguntas tipo examen para Policía Canaria — Convocatoria 2026

Materia de estudio

Resumen del tema con citas literales de la normativa oficial. Lee los apuntes y luego pon a prueba lo que has aprendido en el test.

El Tema 21 es uno de los más técnicos y con mayor peso práctico en las oposiciones al Cuerpo General de la Policía Canaria. La investigación de accidentes de tráfico y el control de alcohol y drogas son competencias directas del agente en la vía, por lo que el examinador suele combinar preguntas conceptuales con preguntas sobre cifras y procedimientos concretos. La normativa de referencia es el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre (en adelante, TRLTSV).


Marco normativo

  • Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (TRLTSV).
  • Las tasas de alcohol, las pruebas de detección y el régimen sancionador se regulan en el Título IV (infracciones y sanciones) y en el Título III (normas de circulación) del TRLTSV.
  • El artículo clave en materia de alcohol y drogas es el art. 14 TRLTSV, que establece la prohibición de conducir bajo la influencia de bebidas alcohólicas, drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas.

Estructura del tema

  1. Investigación de accidentes de tráfico: concepto, obligaciones y diligencias.
  2. Alcohol al volante: prohibición, tasas, pruebas y procedimiento.
  3. Drogas al volante: prohibición, pruebas y régimen sancionador.
  4. Régimen sancionador: clasificación de infracciones y pérdida de puntos.

Conceptos clave

Investigación de accidentes de tráfico

El TRLTSV impone a los conductores implicados en un accidente una serie de obligaciones inmediatas.

Conforme al art. 76 TRLTSV, todo conductor implicado en un accidente de tráfico está obligado a:

  • Detenerse.
  • Auxiliar a las víctimas.
  • Identificarse ante los demás implicados y ante los agentes de la autoridad.
  • Permanecer en el lugar o en sus inmediaciones hasta que se compruebe que su presencia no es necesaria.

El art. 77 TRLTSV regula la obligación de los conductores de facilitar sus datos a los demás implicados cuando existan daños materiales o personales.

Los agentes de la autoridad tienen competencia para investigar las causas y circunstancias del accidente, recabar datos de testigos e implicados, y practicar las pruebas de detección de alcohol y drogas previstas en la ley.

Prohibición de conducir bajo la influencia de alcohol y drogas

El art. 14 TRLTSV establece la prohibición general:

  • Art. 14.1: «No podrán circular por las vías objeto de esta ley los conductores de vehículos ni los conductores de bicicletas con una tasa de alcohol superior a la reglamentariamente establecida».
  • Art. 14.2: «No podrán circular por las vías objeto de esta ley los conductores de vehículos o de bicicletas que hayan ingerido drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas u otras de efecto análogo».

La prohibición es absoluta respecto a las drogas: no existe una tasa permitida, cualquier presencia de droga en el organismo es infracción.

Tasas de alcohol

Las tasas reglamentarias de alcohol se fijan por vía reglamentaria (Reglamento General de Circulación), pero el TRLTSV las menciona en su articulado como referencia. Las tasas que el opositor debe memorizar son:

En aire espirado (mg/l):

  • Conductores en general: 0,25 mg/l
  • Conductores noveles (menos de 2 años de permiso) y conductores profesionales: 0,15 mg/l

En sangre (g/l):

  • Conductores en general: 0,5 g/l
  • Conductores noveles y profesionales: 0,3 g/l

Regla de memorización: la tasa en sangre es el doble que la tasa en aire espirado (en sus respectivas unidades).

Pruebas de detección de alcohol

El art. 14.3 TRLTSV habilita a los agentes de la autoridad para someter a los conductores a pruebas de detección alcohólica mediante el uso de etilómetros.

Aspectos procedimentales clave:

  • La prueba se realiza mediante dos exhalaciones en el etilómetro oficial.
  • El conductor puede solicitar una prueba de contraste mediante análisis de sangre, orina u otro método análogo.
  • La negativa a someterse a las pruebas de detección constituye una infracción muy grave (art. 77 TRLTSV en relación con el régimen sancionador).
  • La negativa puede ser constitutiva además de delito conforme al Código Penal (art. 383 CP), aunque este precepto no forma parte del TRLTSV.

Pruebas de detección de drogas

El art. 14.4 TRLTSV habilita a los agentes para realizar pruebas de detección de drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas.

  • Las pruebas se realizan sobre saliva mediante dispositivos homologados.
  • El conductor puede solicitar análisis de sangre u orina como contraste.
  • La negativa a someterse a estas pruebas es igualmente infracción muy grave.
  • No existe tasa permitida: la mera detección de la sustancia es suficiente para la infracción.

Clasificación de infracciones relacionadas

El TRLTSV clasifica las infracciones en leves, graves y muy graves (art. 76 TRLTSV).

Las infracciones relacionadas con alcohol y drogas se encuadran como muy graves cuando:

  • La tasa de alcohol supera el doble de la permitida (es decir, más de 0,50 mg/l en aire espirado para conductores en general).
  • Se conduce bajo los efectos de drogas.
  • Se produce negativa a las pruebas de detección.

Cuando la tasa está entre el límite permitido y el doble, la infracción es grave.

Pérdida de puntos

El sistema de permiso por puntos está regulado en el art. 63 y siguientes del TRLTSV.

Infracciones relacionadas con alcohol y drogas que conllevan pérdida de puntos:

  • Conducir con tasa de alcohol superior a la permitida (infracción grave): pérdida de 4 puntos.
  • Conducir con tasa de alcohol superior al doble de la permitida, bajo efectos de drogas o negativa a las pruebas (infracciones muy graves): pérdida de 6 puntos.

Datos numéricos y plazos que más se preguntan

  • Tasa general en aire espirado: 0,25 mg/l
  • Tasa noveles/profesionales en aire espirado: 0,15 mg/l
  • Tasa general en sangre: 0,5 g/l
  • Tasa noveles/profesionales en sangre: 0,3 g/l
  • Número de exhalaciones en el etilómetro: 2
  • Pérdida de puntos por infracción grave de alcohol: 4 puntos
  • Pérdida de puntos por infracción muy grave (doble tasa, drogas, negativa): 6 puntos
  • Conductores noveles: los que llevan menos de 2 años con el permiso.

Errores típicos del opositor

  • Confundir las unidades: mg/l es la unidad del aire espirado; g/l es la unidad de la sangre. No son intercambiables.
  • Creer que existe una tasa permitida de drogas: no existe. Cualquier detección positiva es infracción, a diferencia del alcohol.
  • Confundir conductores noveles con conductores jóvenes: la condición de novel depende del tiempo con el permiso (menos de 2 años), no de la edad.
  • Olvidar que la negativa a las pruebas es infracción muy grave: muchos opositores la clasifican como grave. Es muy grave y puede ser además delito penal.
  • Confundir la prueba de contraste: para alcohol, el contraste es análisis de sangre, orina u otro método análogo; para drogas, el contraste es análisis de sangre u orina. No es una segunda prueba de etilómetro.

Trucos mnemotécnicos

  • “Dos y cinco, tres y cinco”: las tasas en aire espirado son 0,25 (general) y 0,15 (noveles/profesionales); en sangre, 0,5 y 0,3. La sangre es siempre el doble que el aire (en sus unidades).
  • “Drogas: cero tolerancia”: a diferencia del alcohol, no hay tasa. Si hay droga, hay infracción. Sin excepción.
  • “Novel = menos de 2 años”: el número 2 es el único que hay que recordar para definir al conductor novel.
  • “4 puntos grave, 6 puntos muy grave”: en materia de alcohol y drogas, la pérdida de puntos sigue esta regla sin excepciones dentro de este bloque.
  • “Negativa = muy grave siempre”: tanto para alcohol como para drogas, negarse a las pruebas es siempre infracción muy grave (y posible delito).

Pon a prueba lo que has aprendido

10
preguntas tipo examen

Cada pregunta incluye referencia legal exacta

Preguntas de este test

Estas son las 10 preguntas que componen el test de este tema. Las respuestas correctas y la explicación detallada se revelan al completar el test arriba.

  1. Según el Real Decreto Legislativo 6/2015, ¿cuál es la tasa máxima de alcohol en sangre permitida para conductores en general?

    • A) 0,5 gramos por litro
    • B) 0,3 gramos por litro
    • C) 0,8 gramos por litro
    • D) 0,25 gramos por litro

    Referencia: Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial , Art. 20.1

  2. ¿Cuál es la tasa máxima de alcohol en aire espirado permitida para conductores profesionales y noveles?

    • A) 0,25 miligramos por litro
    • B) 0,15 miligramos por litro
    • C) 0,30 miligramos por litro
    • D) 0,10 miligramos por litro

    Referencia: Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial , Art. 20.1

  3. Según la normativa de tráfico, ¿quién está obligado a someterse a las pruebas de detección alcohólica?

    • A) Solo los conductores implicados en accidentes
    • B) Únicamente cuando existan indicios de haber consumido alcohol
    • C) Todos los usuarios de la vía cuando sean requeridos por los agentes
    • D) Solo los conductores profesionales

    Referencia: Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial , Art. 21.1

  4. En caso de accidente de tráfico con víctimas, ¿cuándo se debe realizar obligatoriamente la prueba de alcoholemia?

    • A) Solo si hay fallecidos
    • B) Cuando haya víctimas mortales o heridos hospitalizados
    • C) Únicamente si el conductor presenta síntomas de embriaguez
    • D) Solo en accidentes en vías urbanas

    Referencia: Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial , Art. 21.2

  5. ¿Qué consecuencia tiene la negativa a someterse a las pruebas de detección de alcohol o drogas?

    • A) Multa de 500 euros
    • B) Constituye una infracción muy grave
    • C) Solo amonestación verbal
    • D) Infracción leve con multa mínima

    Referencia: Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial , Art. 65.5.f

  6. ¿Cuál es la sanción por conducir con una tasa de alcohol superior a la permitida pero que no constituya delito?

    • A) Multa de 200 a 500 euros
    • B) Multa de 500 a 1.000 euros y pérdida de 4 a 6 puntos
    • C) Solo pérdida de puntos
    • D) Multa de 100 euros

    Referencia: Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial , Art. 67.1

  7. En la investigación de accidentes de tráfico, ¿qué debe hacer el agente cuando el conductor presenta síntomas de haber consumido drogas?

    • A) Solo realizar prueba de alcoholemia
    • B) Realizar las pruebas de detección de drogas correspondientes
    • C) Esperar a que llegue un médico
    • D) Solo tomar nota de los síntomas observados

    Referencia: Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial , Art. 21.1

  8. ¿Qué período de tiempo se considera para determinar si un conductor es novel a efectos de las tasas de alcoholemia?

    • A) Los primeros 6 meses desde la obtención del permiso
    • B) Los primeros 2 años desde la obtención del permiso
    • C) El primer año desde la obtención del permiso
    • D) Los primeros 3 años desde la obtención del permiso

    Referencia: Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial , Art. 20.1

  9. En caso de que un conductor se niegue a realizar la segunda prueba de alcoholemia de contraste, ¿qué valor tiene la primera prueba realizada?

    • A) No tiene ningún valor probatorio
    • B) Solo tiene valor si es superior a 0,60 mg/l
    • C) Tiene pleno valor probatorio
    • D) Solo tiene valor como indicio

    Referencia: Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial , Art. 21.3

  10. ¿Cuál es la tasa de alcohol en sangre a partir de la cual se considera delito contra la seguridad vial?

    • A) 0,60 gramos por litro
    • B) 0,50 gramos por litro
    • C) 0,80 gramos por litro
    • D) 1,00 gramo por litro

    Referencia: Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial , Art. 20.1