Test: El Derecho de la Union Europea

10 preguntas tipo examen para Policia Nacional — Convocatoria 2026

Materia de estudio

Resumen del tema con citas literales de la normativa oficial. Lee los apuntes y luego pon a prueba lo que has aprendido en el test.

El Derecho de la Unión Europea es una materia transversal en las oposiciones de Policía Nacional - Escala Básica. Aparece en el temario porque los agentes actúan en un espacio jurídico supranacional: cooperación policial, libre circulación, derechos fundamentales y normativa de extranjería tienen su raíz en el ordenamiento europeo. Dominar sus fuentes, instituciones y principios es imprescindible para responder correctamente las preguntas tipo test de esta parte del programa.


Marco normativo

Las dos normas fundamentales son los Tratados constitutivos en su versión consolidada:

  • Tratado de la Unión Europea (TUE): establece los principios, valores, instituciones y la acción exterior de la UE.
  • Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE): desarrolla las políticas, competencias y el funcionamiento interno de la Unión.

Ambos tienen el mismo rango jurídico y forman el Derecho primario de la UE (art. 1 TUE y art. 1 TFUE).

La jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) es fuente interpretativa esencial. La Sentencia Costa c. ENEL (Asunto 6/64) es la referencia obligada sobre el principio de primacía del Derecho de la UE.


Estructura del tema

1. Naturaleza jurídica de la Unión Europea

Conforme al art. 1 TUE, los Estados miembros confieren a la Unión competencias para alcanzar sus objetivos comunes. La Unión no es un Estado federal ni una organización internacional clásica: es una entidad sui generis con personalidad jurídica propia (art. 47 TUE).

2. Valores y objetivos de la Unión

Valores (art. 2 TUE):

  • Dignidad humana
  • Libertad
  • Democracia
  • Igualdad
  • Estado de Derecho
  • Respeto de los derechos humanos, incluidos los de las minorías

Estos valores son comunes a todos los Estados miembros.

Objetivos (art. 3 TUE):

  • Promover la paz, sus valores y el bienestar de sus pueblos.
  • Ofrecer un espacio de libertad, seguridad y justicia sin fronteras interiores.
  • Establecer un mercado interior.
  • Desarrollar una unión económica y monetaria cuya moneda es el euro.
  • Promover la cohesión económica, social y territorial.

Conceptos clave

Principio de primacía

Formulado por el TJUE en la Sentencia Costa c. ENEL (Asunto 6/64, 1964). El Tribunal declaró que el Derecho de la UE prevalece sobre el Derecho nacional de los Estados miembros. Ninguna norma interna, sea anterior o posterior, puede desplazar al Derecho europeo. Este principio no figura expresamente en los Tratados pero está consolidado por la jurisprudencia del TJUE y reconocido en una Declaración aneja al Tratado de Lisboa.

Principio de efecto directo

También de origen jurisprudencial. Permite que los particulares invoquen directamente ante los tribunales nacionales las normas del Derecho de la UE que sean suficientemente claras, precisas e incondicionales. Se aplica a los Tratados, reglamentos y, en determinadas condiciones, a las directivas.

Principio de atribución (art. 5.1 y 5.2 TUE)

La Unión actúa únicamente dentro de los límites de las competencias que le atribuyen los Estados miembros en los Tratados. Las competencias no atribuidas a la Unión corresponden a los Estados miembros.

Principio de subsidiariedad (art. 5.3 TUE)

En los ámbitos que no sean de competencia exclusiva de la Unión, esta solo interviene si los objetivos de la acción pretendida no pueden ser alcanzados de manera suficiente por los Estados miembros y pueden lograrse mejor a escala de la Unión.

Principio de proporcionalidad (art. 5.4 TUE)

El contenido y la forma de la acción de la Unión no excederán de lo necesario para alcanzar los objetivos de los Tratados.


Las instituciones de la Unión Europea

El art. 13 TUE enumera las instituciones de la Unión. Son siete:

  1. Parlamento Europeo
  2. Consejo Europeo
  3. Consejo (también llamado Consejo de la UE o Consejo de Ministros)
  4. Comisión Europea
  5. Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE)
  6. Banco Central Europeo (BCE)
  7. Tribunal de Cuentas

Parlamento Europeo (arts. 14 TUE y 223-234 TFUE)

  • Ejerce conjuntamente con el Consejo la función legislativa y presupuestaria.
  • Sus miembros son elegidos por sufragio universal directo por un período de cinco años (art. 14.3 TUE).
  • El número de escaños no puede ser inferior a 6 ni superior a 96 por Estado miembro. El total no excederá de 751 miembros (art. 14.2 TUE).

Consejo Europeo (art. 15 TUE)

  • Define las orientaciones y prioridades políticas generales de la Unión. No ejerce función legislativa (art. 15.1 TUE).
  • Compuesto por los Jefes de Estado o de Gobierno de los Estados miembros, el Presidente del Consejo Europeo y el Presidente de la Comisión.
  • Su Presidente es elegido por mayoría cualificada por un mandato de dos años y medio, renovable una sola vez (art. 15.5 TUE).
  • Se pronuncia por consenso, salvo cuando los Tratados dispongan otra cosa (art. 15.4 TUE).

Consejo (art. 16 TUE)

  • Ejerce conjuntamente con el Parlamento Europeo la función legislativa y presupuestaria.
  • Compuesto por un representante de rango ministerial de cada Estado miembro.
  • La presidencia del Consejo (salvo la de Asuntos Exteriores) la ejercen los Estados miembros por rotación en períodos de seis meses (art. 16.9 TUE).
  • Vota por mayoría cualificada salvo que los Tratados dispongan otra cosa (art. 16.3 TUE).

Comisión Europea (art. 17 TUE)

  • Promueve el interés general de la Unión y ejerce la función de iniciativa legislativa.
  • Vela por la aplicación del Derecho de la Unión.
  • Su mandato es de cinco años (art. 17.3 TUE).
  • Compuesta por un nacional de cada Estado miembro, incluido su Presidente y el Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (art. 17.4 TUE).

Tribunal de Justicia de la Unión Europea (art. 19 TUE)

  • Garantiza el respeto del Derecho en la interpretación y aplicación de los Tratados.
  • Comprende el Tribunal de Justicia, el Tribunal General y los tribunales especializados.
  • Los jueces y abogados generales son designados de común acuerdo por los Gobiernos de los Estados miembros por un período de seis años, renovable (art. 19.2 TUE).

Las fuentes del Derecho de la UE

Derecho primario

Los Tratados (TUE y TFUE) y sus protocolos y anexos.

Derecho derivado (art. 288 TFUE)

Para ejercer las competencias de la Unión, las instituciones adoptarán:

  • Reglamento: alcance general, obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
  • Directiva: obliga al Estado miembro destinatario en cuanto al resultado que deba conseguirse, dejando a las autoridades nacionales la elección de la forma y los medios.
  • Decisión: obligatoria en todos sus elementos. Si designa destinatarios, solo obliga a estos.
  • Recomendaciones y dictámenes: no son vinculantes.

Datos numéricos y plazos que más se preguntan

  • Instituciones de la UE: 7 (art. 13 TUE)
  • Mandato del Parlamento Europeo: 5 años (art. 14.3 TUE)
  • Escaños por Estado: mínimo 6, máximo 96; total máximo 751 (art. 14.2 TUE)
  • Mandato del Presidente del Consejo Europeo: 2 años y medio, renovable 1 vez (art. 15.5 TUE)
  • Presidencia rotatoria del Consejo: 6 meses (art. 16.9 TUE)
  • Mandato de la Comisión: 5 años (art. 17.3 TUE)
  • Mandato de jueces del TJUE: 6 años, renovable (art. 19.2 TUE)
  • Personalidad jurídica de la UE: art. 47 TUE

Errores típicos del opositor

  • Confundir Consejo Europeo con Consejo de la UE. El Consejo Europeo reúne a los Jefes de Estado o de Gobierno y no legisla. El Consejo de la UE reúne a los ministros y sí legisla.
  • Atribuir la primacía a los Tratados. La primacía no está en el TUE ni en el TFUE: es un principio jurisprudencial (Costa c. ENEL, 1964).
  • Confundir reglamento con directiva. El reglamento es directamente aplicable sin transposición; la directiva requiere que el Estado la incorpore a su ordenamiento.
  • Creer que la Comisión representa a los Estados. La Comisión defiende el interés general de la Unión, no los intereses nacionales. Los Estados se representan en el Consejo.
  • Olvidar que el BCE y el Tribunal de Cuentas son instituciones. Muchos opositores solo recuerdan cinco o seis.

Trucos mnemotécnicos

Las 7 instituciones → “PC³ TB²” Parlamento Europeo · Consejo Europeo · Consejo · Comisión · TJUE · BCE · Tribunal de Cuentas

Reglamento vs. Directiva → “R de Resultado inmediato / D de Decisión del Estado” El Reglamento se aplica directamente. La Directiva deja al Estado decidir cómo transponerla.

Mandatos: 5-5-6 → Parlamento (5) · Comisión (5) · Jueces TJUE (6)

Primacía = Costa c. ENEL = 1964: recuerda “ENEL es una empresa eléctrica italiana; Italia quiso nacionalizarla y el TJUE dijo que el Derecho europeo manda.”

Pon a prueba lo que has aprendido

10
preguntas tipo examen

Cada pregunta incluye referencia legal exacta

Preguntas de este test

Estas son las 10 preguntas que componen el test de este tema. Las respuestas correctas y la explicación detallada se revelan al completar el test arriba.

  1. Segun el articulo 13 del Tratado de la Union Europea (TUE), el marco institucional de la Union comprende:

    • A) Siete instituciones: Parlamento Europeo, Consejo Europeo, Consejo, Comision, Tribunal de Justicia de la UE, Banco Central Europeo y Tribunal de Cuentas
    • B) Cinco instituciones: Parlamento Europeo, Consejo, Comision, Tribunal de Justicia y Tribunal de Cuentas
    • C) Seis instituciones: Parlamento Europeo, Consejo Europeo, Consejo, Comision, Tribunal de Justicia y Banco Central Europeo
    • D) Cuatro instituciones: Parlamento Europeo, Consejo, Comision y Tribunal de Justicia de la UE

    Referencia: Tratado de la Union Europea (version consolidada) , Art. 13.1

  2. Segun el articulo 14 del TUE, el Parlamento Europeo ejerce, conjuntamente con el Consejo:

    • A) La funcion legislativa y la funcion presupuestaria
    • B) La funcion legislativa y la funcion ejecutiva
    • C) La funcion presupuestaria y la funcion de control politico
    • D) La funcion legislativa y la funcion consultiva

    Referencia: Tratado de la Union Europea (version consolidada) , Art. 14.1

  3. Segun el articulo 17.1 del TUE, la Comision Europea promueve el interes general de la Union y toma las iniciativas adecuadas con este fin. Ademas, vela por la aplicacion de:

    • A) Los Tratados y las medidas adoptadas por las instituciones en virtud de estos
    • B) Unicamente los reglamentos y directivas aprobados por el Consejo
    • C) Las sentencias del Tribunal de Justicia de la Union Europea
    • D) Las resoluciones del Parlamento Europeo exclusivamente

    Referencia: Tratado de la Union Europea (version consolidada) , Art. 17.1

  4. Segun el articulo 288 del Tratado de Funcionamiento de la Union Europea (TFUE), el reglamento tiene alcance general, es obligatorio en todos sus elementos y es:

    • A) Directamente aplicable en cada Estado miembro
    • B) Aplicable tras su transposicion al derecho interno de cada Estado miembro
    • C) Obligatorio unicamente para los Estados miembros destinatarios
    • D) Vinculante en cuanto al resultado, dejando libertad de forma y medios

    Referencia: Tratado de Funcionamiento de la Union Europea (version consolidada) , Art. 288

  5. Segun el articulo 288 del TFUE, la directiva obligara al Estado miembro destinatario en cuanto al resultado que deba conseguirse, dejando a las autoridades nacionales:

    • A) La eleccion de la forma y de los medios
    • B) La eleccion del plazo de transposicion
    • C) La decision de si transponer o no la directiva
    • D) La aplicacion directa sin necesidad de transposicion

    Referencia: Tratado de Funcionamiento de la Union Europea (version consolidada) , Art. 288

  6. Segun el articulo 2 del TUE, la Union se fundamenta en los valores de respeto de la dignidad humana, libertad, democracia, igualdad, Estado de Derecho y:

    • A) Respeto de los derechos humanos, incluidos los derechos de las personas pertenecientes a minorias
    • B) Respeto de la soberania nacional de los Estados miembros
    • C) Solidaridad economica entre los Estados miembros
    • D) Cooperacion reforzada en materia de seguridad y defensa

    Referencia: Tratado de la Union Europea (version consolidada) , Art. 2

  7. El principio de primacia del Derecho de la Union Europea, establecido por la jurisprudencia del Tribunal de Justicia, significa que:

    • A) El Derecho de la UE prevalece sobre el derecho nacional de los Estados miembros, incluidas las normas constitucionales, en el ambito de las competencias atribuidas a la Union
    • B) El Derecho de la UE solo prevalece sobre las leyes ordinarias, nunca sobre las Constituciones nacionales
    • C) Los Estados miembros pueden inaplicar el Derecho de la UE si contradice su Constitucion
    • D) El Derecho de la UE prevalece unicamente cuando ha sido transpuesto al ordenamiento interno

    Referencia: Jurisprudencia TJUE - Sentencia Costa c. ENEL (Asunto 6/64) , Principio de primacia

  8. Segun el articulo 5.3 del TUE, en virtud del principio de subsidiariedad, en los ambitos que no sean de su competencia exclusiva, la Union intervendran solo en caso de que:

    • A) Los objetivos de la accion pretendida no puedan ser alcanzados de manera suficiente por los Estados miembros y puedan alcanzarse mejor a escala de la Union
    • B) El Parlamento Europeo lo solicite por mayoria absoluta de sus miembros
    • C) Todos los Estados miembros den su consentimiento unanime en el Consejo Europeo
    • D) La Comision Europea considere que la medida es necesaria para el mercado interior

    Referencia: Tratado de la Union Europea (version consolidada) , Art. 5.3

  9. Segun el articulo 19.1 del TUE, el Tribunal de Justicia de la Union Europea comprende:

    • A) El Tribunal de Justicia, el Tribunal General y los tribunales especializados
    • B) Unicamente el Tribunal de Justicia y el Tribunal General
    • C) El Tribunal de Justicia, el Tribunal de Primera Instancia y el Tribunal de Cuentas
    • D) El Tribunal de Justicia y los tribunales nacionales de los Estados miembros

    Referencia: Tratado de la Union Europea (version consolidada) , Art. 19.1

  10. Segun el articulo 288 del TFUE, las recomendaciones y los dictamenes:

    • A) No seran vinculantes
    • B) Seran vinculantes solo para los Estados miembros destinatarios
    • C) Seran vinculantes si son aprobados por unanimidad del Consejo
    • D) Seran obligatorios en todos sus elementos como los reglamentos

    Referencia: Tratado de Funcionamiento de la Union Europea (version consolidada) , Art. 288