Test: Delitos contra el patrimonio y el orden socioeconomico

10 preguntas tipo examen para Policia Nacional — Convocatoria 2026

Materia de estudio

Resumen del tema con citas literales de la normativa oficial. Lee los apuntes y luego pon a prueba lo que has aprendido en el test.

El Título XIII del Libro II del Código Penal (LO 10/1995, de 23 de noviembre) agrupa los delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico. Es uno de los bloques más extensos del CP y, en consecuencia, uno de los más preguntados en las pruebas de la Escala Básica de Policía Nacional. Dominar las cuantías, las modalidades agravadas y las distinciones entre figuras afines es imprescindible para superar el examen.


Marco normativo

  • LO 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal (CP), Libro II, Título XIII, arts. 234 a 304.
  • Las reformas más relevantes para el temario de oposiciones son las introducidas por la LO 1/2015, de 30 de marzo, que modificó sustancialmente cuantías y tipos.

Estructura del Título XIII CP

El Título XIII se organiza en los siguientes capítulos principales:

  • Cap. I — Del hurto (arts. 234-235)
  • Cap. II — Del robo (arts. 237-242)
  • Cap. III — Del robo y hurto de uso de vehículos (arts. 244)
  • Cap. IV — De la extorsión (art. 243)
  • Cap. V — Del robo y hurto de uso de vehículos (art. 244)
  • Cap. VI — De la usurpación (arts. 245-247)
  • Cap. VII — De las defraudaciones (arts. 248-261 bis): estafa, apropiación indebida, defraudaciones de fluido eléctrico
  • Cap. VIII — De la frustración de la ejecución (arts. 257-258 bis)
  • Cap. IX — De las insolvencias punibles (arts. 259-261 bis)
  • Cap. X — De la alteración de precios en concursos y subastas públicas (art. 262)
  • Cap. XI — De los daños (arts. 263-267)
  • Cap. XII y siguientes — Delitos relativos a la propiedad intelectual e industrial, al mercado y a los consumidores, blanqueo de capitales, receptación

Conceptos clave

Hurto (arts. 234-235 CP)

El art. 234.1 CP define el hurto como tomar con ánimo de lucro cosas muebles ajenas sin la voluntad de su dueño, siempre que el valor de lo sustraído supere los 400 euros.

  • Pena básica: prisión de 6 a 18 meses.
  • Si el valor no supera los 400 euros: delito leve del art. 234.2 CP, pena de localización permanente de 1 a 3 meses o multa de 1 a 6 meses.

Hurto agravado (art. 235 CP) — pena de 1 a 3 años cuando concurra alguna de estas circunstancias (selección de las más preguntadas):

  • Cosas de valor artístico, histórico, cultural o científico.
  • Mediante vencimiento de obstáculos o aprovechamiento de circunstancias que debiliten la defensa de la víctima.
  • Abuso de las circunstancias personales de la víctima.
  • Especial gravedad por el valor de los efectos sustraídos o por haberse cometido en establecimiento abierto al público.
  • Cuando el culpable sea reincidente (art. 235.1.8.ª CP).

Robo (arts. 237-242 CP)

El art. 237 CP distingue dos modalidades:

  1. Robo con violencia o intimidación en las personas.
  2. Robo con fuerza en las cosas.

Son elementos diferenciadores del robo frente al hurto: el uso de fuerza en las cosas o de violencia/intimidación en las personas.

Fuerza en las cosas (art. 238 CP) — se considera tal:

  • Escalamiento.
  • Rompimiento de pared, techo o suelo, o fractura de puerta o ventana.
  • Fractura de armarios, arcas u otra clase de muebles u objetos cerrados o sellados.
  • Uso de llaves falsas (definidas en el art. 239 CP: ganzúas, llaves legítimas perdidas por el propietario, tarjetas magnéticas, etc.).
  • Inutilización de sistemas específicos de alarma o guarda.

Penas del robo con fuerza (art. 240 CP):

  • Tipo básico: prisión de 1 a 3 años.
  • En casa habitada, edificio o local abierto al público: prisión de 2 a 5 años (art. 241.1 CP).

Penas del robo con violencia o intimidación (art. 242 CP):

  • Tipo básico: prisión de 2 a 5 años.
  • Con uso de armas u otros medios peligrosos, o cuando los hechos revistan especial gravedad: prisión de 3 años y 6 meses a 5 años (art. 242.2 CP).
  • Si la violencia o intimidación revistiera menor entidad: el juez puede imponer la pena inferior en grado (art. 242.4 CP).

Robo y hurto de uso de vehículos (art. 244 CP)

  • Sustracción de vehículo de motor o ciclomotor ajeno sin ánimo de apropiárselo definitivamente.
  • Pena: trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días o multa de 2 a 12 meses, si se devuelve el vehículo en los 10 días siguientes.
  • Si no se devuelve o se usa por más de 10 días: prisión de 1 a 3 años.
  • Con intimidación o violencia: prisión de 2 a 5 años (art. 244.4 CP).

Extorsión (art. 243 CP)

Obligar a otro, con violencia o intimidación, a realizar u omitir un acto o negocio jurídico en perjuicio de su patrimonio o del de un tercero.

  • Pena: prisión de 1 a 5 años.

Estafa (arts. 248-251 CP)

El art. 248 CP define la estafa: engaño bastante para producir error en otro, induciéndole a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno.

  • Pena básica: prisión de 6 meses a 3 años (art. 249 CP).
  • Si la cuantía no supera los 400 euros: delito leve, multa de 1 a 3 meses (art. 249 in fine).
  • Estafa agravada (art. 250 CP): pena de 1 a 6 años y multa de 6 a 12 meses cuando, entre otras circunstancias, la cuantía supere los 50.000 euros, se cometa contra personas especialmente vulnerables, o recaiga sobre vivienda habitual.
  • Cuantía superior a 250.000 euros: pena en su mitad superior (art. 250.2 CP).

Apropiación indebida (art. 253 CP)

Apropiarse o distraer dinero, efectos, valores u otras cosas muebles recibidas en depósito, comisión o custodia, en perjuicio de otro.

  • Mismas penas que la estafa según cuantía (remisión al art. 249 y 250 CP).

Daños (arts. 263-267 CP)

  • Tipo básico (art. 263.1 CP): multa de 6 a 24 meses, si la cuantía supera los 400 euros.
  • Daños agravados (art. 263.2 CP): prisión de 1 a 3 años y multa de 12 a 24 meses en supuestos tasados (incendio, medios de especial peligro, etc.).
  • Daños por importe inferior a 400 euros: delito leve (art. 263.4 CP).

Receptación (art. 298 CP)

Ayudar a los responsables de un delito contra el patrimonio a aprovecharse de los efectos del mismo, o recibir, adquirir u ocultar tales efectos.

  • Pena: prisión de 6 meses a 2 años.
  • Agravada si el delito previo es de especial gravedad o el receptador actúa con ánimo de lucro: prisión de 1 a 3 años y multa de 6 a 24 meses (art. 298.2 CP).

Blanqueo de capitales (art. 301 CP)

Adquirir, poseer, utilizar, convertir o transmitir bienes sabiendo que tienen su origen en una actividad delictiva.

  • Pena: prisión de 6 meses a 6 años y multa del tanto al triplo del valor de los bienes.
  • Si los bienes proceden de delitos de tráfico de drogas: se aplican las penas en su mitad superior (art. 301.1 CP).

Datos numéricos y plazos que más se preguntan

  • 400 euros: umbral general que separa delito menos grave de delito leve en hurto, estafa y daños.
  • 50.000 euros: cuantía que activa la estafa agravada del art. 250.1 CP.
  • 250.000 euros: cuantía que eleva la pena a su mitad superior en estafa agravada (art. 250.2 CP).
  • 10 días: plazo de devolución del vehículo en el robo/hurto de uso (art. 244.2 CP).
  • Robo con fuerza en casa habitada: 2 a 5 años (no confundir con el tipo básico de 1 a 3 años).
  • Robo con violencia básico: 2 a 5 años; con armas: 3 años y 6 meses a 5 años.

Errores típicos del opositor

  • Confundir hurto y robo: el robo exige fuerza en las cosas o violencia/intimidación; el hurto, ninguna de las dos.
  • Aplicar mal el umbral de 400 euros: afecta a hurto, estafa y daños, pero no a todas las figuras del Título XIII.
  • Creer que el robo con fuerza en casa habitada tiene la misma pena que el tipo básico: el art. 241.1 CP eleva la pena a 2-5 años.
  • Confundir extorsión y robo con intimidación: en la extorsión se obliga a realizar un acto jurídico; en el robo, la entrega es inmediata y directa.
  • Situar la receptación fuera del Título XIII: el art. 298 CP está dentro del mismo título.

Trucos mnemotécnicos

  • “HuRo-FVI”: Hurto = sin fuerza ni violencia; Robo = Fuerza en las cosas o Violencia/Intimidación.
  • “4-50-250”: los tres umbrales de cuantía clave del Título XIII (400 €, 50.000 €, 250.000 €).
  • “10 días o prisión”: en el hurto de uso de vehículo, devolver en 10 días salva de la pena de prisión.
  • “Extorsión = acto jurídico forzado”: lo que diferencia la extorsión del robo es que la víctima realiza un negocio jurídico, no una entrega material directa.
  • Para recordar la pena del robo con armas: “3 y medio” → 3 años y 6 meses como mínimo.

Pon a prueba lo que has aprendido

10
preguntas tipo examen

Cada pregunta incluye referencia legal exacta

Preguntas de este test

Estas son las 10 preguntas que componen el test de este tema. Las respuestas correctas y la explicación detallada se revelan al completar el test arriba.

  1. Segun el articulo 234 del Codigo Penal, el que con animo de lucro tomare las cosas muebles ajenas sin la voluntad de su dueno sera castigado como reo de hurto con pena de prision de 6 a 18 meses si la cuantia de lo sustraido excede de:

    • A) 400 euros
    • B) 200 euros
    • C) 1.000 euros
    • D) 50 euros

    Referencia: LO 10/1995, de 23 de noviembre, del Codigo Penal , Art. 234.1

  2. Segun el articulo 237 del Codigo Penal, son reos de robo los que con animo de lucro se apoderaren de las cosas muebles ajenas empleando:

    • A) Fuerza en las cosas para acceder o abandonar el lugar donde estas se encuentren, o violencia o intimidacion en las personas
    • B) Unicamente violencia fisica contra las personas
    • C) Engano bastante para producir error en otro
    • D) Abuso de la situacion de necesidad de la victima

    Referencia: LO 10/1995, de 23 de noviembre, del Codigo Penal , Art. 237

  3. Segun el articulo 248 del Codigo Penal, cometen estafa los que con animo de lucro utilizaren:

    • A) Engano bastante para producir error en otro, induciendolo a realizar un acto de disposicion en perjuicio propio o ajeno
    • B) Violencia o intimidacion para obtener un beneficio economico
    • C) Fuerza en las cosas para apoderarse de bienes ajenos
    • D) Abuso de firma en blanco para obtener documentos de pago

    Referencia: LO 10/1995, de 23 de noviembre, del Codigo Penal , Art. 248.1

  4. Segun el articulo 242 del Codigo Penal, el robo con violencia o intimidacion en las personas se castiga con pena de prision de:

    • A) 2 a 5 anos
    • B) 1 a 3 anos
    • C) 6 meses a 2 anos
    • D) 3 a 5 anos y multa de 6 a 10 meses

    Referencia: LO 10/1995, de 23 de noviembre, del Codigo Penal , Art. 242.1

  5. Segun el articulo 243 del Codigo Penal, el que con animo de lucro obligare a otro con violencia o intimidacion a realizar u omitir un acto o negocio juridico en perjuicio de su patrimonio o del de un tercero comete un delito de:

    • A) Extorsion
    • B) Estafa
    • C) Robo con violencia
    • D) Coacciones

    Referencia: LO 10/1995, de 23 de noviembre, del Codigo Penal , Art. 243

  6. Segun el articulo 245 del Codigo Penal, el que ocupare sin autorizacion debida un inmueble, vivienda o edificio ajenos que no constituyan morada, o se mantuviere en ellos contra la voluntad de su titular, comete un delito de:

    • A) Usurpacion
    • B) Allanamiento de morada
    • C) Hurto de uso
    • D) Apropiacion indebida

    Referencia: LO 10/1995, de 23 de noviembre, del Codigo Penal , Art. 245.2

  7. Segun el articulo 253 del Codigo Penal, comete apropiacion indebida el que:

    • A) En perjuicio de otro, se apropiare para si o para un tercero de dinero, efectos, valores o cualquier otra cosa mueble que hubiera recibido en deposito, comision o custodia
    • B) Sustrajere bienes muebles sin consentimiento del dueno empleando fuerza en las cosas
    • C) Encontrare una cosa mueble perdida y no la devolviere a su dueno
    • D) Obtuviere un credito bancario mediante documentos falsos

    Referencia: LO 10/1995, de 23 de noviembre, del Codigo Penal , Art. 253

  8. Segun el articulo 238 del Codigo Penal, son reos de robo con fuerza en las cosas los que ejecuten el hecho empleando alguno de los siguientes medios EXCEPTO:

    • A) Intimidacion verbal a los ocupantes del inmueble
    • B) Escalamiento
    • C) Rompimiento de pared, techo o suelo, o fractura de puerta o ventana
    • D) Uso de llaves falsas

    Referencia: LO 10/1995, de 23 de noviembre, del Codigo Penal , Art. 238

  9. Segun el articulo 263 del Codigo Penal, el que causare danos en propiedad ajena no comprendidos en otros titulos del Codigo sera castigado con multa de 6 a 24 meses atendidas las condiciones economicas de la victima si los danos exceden de:

    • A) 400 euros
    • B) 200 euros
    • C) 1.000 euros
    • D) 3.000 euros

    Referencia: LO 10/1995, de 23 de noviembre, del Codigo Penal , Art. 263.1

  10. Segun el articulo 244 del Codigo Penal, el que sustrajere o utilizare sin la debida autorizacion un vehiculo a motor o ciclomotor ajenos comete un delito de:

    • A) Robo y hurto de uso de vehiculos
    • B) Hurto basico en todo caso
    • C) Apropiacion indebida
    • D) Estafa

    Referencia: LO 10/1995, de 23 de noviembre, del Codigo Penal , Art. 244