Test: Circulacion vial. Real Decreto Legislativo 6/2015 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Trafico, Circulacion de Vehiculos a Motor y Seguridad Vial

10 preguntas tipo examen para Policia Nacional — Convocatoria 2026

Materia de estudio

Resumen del tema con citas literales de la normativa oficial. Lee los apuntes y luego pon a prueba lo que has aprendido en el test.

El Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, es la norma de referencia en materia de tráfico y seguridad vial en España. Para la Escala Básica de Policía Nacional, este tema es especialmente relevante porque los agentes ejercen funciones de vigilancia y disciplina del tráfico en vías interurbanas y colaboran con la Dirección General de Tráfico. Las preguntas tipo test suelen centrarse en definiciones, competencias, infracciones y sanciones.

Marco normativo

  • Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (en adelante, TRLTSV).
  • Publicado en el BOE núm. 261, de 31 de octubre de 2015.
  • Deroga y refunde la anterior Ley 18/1989, de 25 de julio, de Bases sobre Tráfico.
  • Se estructura en 8 títulos, disposiciones adicionales, transitorias y finales.

Estructura del tema

El TRLTSV regula:

  1. Las normas de comportamiento en la circulación.
  2. Las competencias administrativas en materia de tráfico.
  3. El régimen sancionador (infracciones, sanciones y procedimiento).
  4. El permiso de conducción y el sistema de puntos.

Conceptos clave

Ámbito de aplicación

Conforme al art. 2 TRLTSV, la ley se aplica a la circulación de vehículos a motor y ciclomotores, a la circulación de otros vehículos y usuarios de la vía, y a las vías o terrenos a que se refiere el artículo siguiente.

El art. 3 TRLTSV delimita el ámbito territorial: las vías o terrenos públicos aptos para la circulación, tanto urbanos como interurbanos, y también ciertos terrenos privados cuando sean utilizados por una colectividad indeterminada de usuarios.

Definiciones esenciales (Anexo I del TRLTSV)

El Anexo I recoge el catálogo de definiciones. Las más preguntadas:

  • Vía pública: vía o terreno de dominio y uso público.
  • Autopista: vía especialmente proyectada para la circulación de automóviles, con calzadas separadas, sin cruces a nivel y con accesos limitados.
  • Autovía: vía con las mismas características que la autopista pero con menor nivel de exigencia en su diseño.
  • Vía interurbana: la que discurre fuera de poblado.
  • Conductor: persona que maneja el mecanismo de dirección o va al mando de un vehículo.
  • Peatón: persona que circula a pie por la vía.
  • Ciclomotor y motocicleta se distinguen por la cilindrada y la velocidad máxima por construcción.

Competencias administrativas (arts. 5 a 9 TRLTSV)

El art. 5 TRLTSV atribuye al Estado la competencia exclusiva sobre la regulación de las condiciones básicas de la circulación, la titularidad de las vías interurbanas y el Registro de Vehículos.

El art. 7 TRLTSV atribuye a los municipios la ordenación, gestión, vigilancia y disciplina del tráfico en las vías urbanas de su titularidad.

La Dirección General de Tráfico (DGT) es el organismo estatal competente en materia de tráfico y seguridad vial en vías interurbanas.

Normas de circulación

  • Prioridad de paso (art. 57 TRLTSV): con carácter general, tiene prioridad el vehículo que llega por la derecha, salvo señalización en contrario.
  • Uso del cinturón de seguridad: obligatorio para todos los ocupantes del vehículo (art. 118 TRLTSV).
  • Uso del casco: obligatorio para conductores y pasajeros de motocicletas, ciclomotores y vehículos análogos (art. 118 TRLTSV).
  • Velocidades máximas genéricas (art. 48 TRLTSV):
    • Autopistas y autovías: 120 km/h.
    • Carreteras convencionales con arcén pavimentado ≥ 1,5 m: 90 km/h.
    • Vías urbanas: 50 km/h con carácter general.
    • Zonas de coexistencia y plataformas únicas: 20 km/h.

Alcohol y drogas

El art. 14 TRLTSV prohíbe circular con tasas de alcohol superiores a las reglamentariamente establecidas, así como bajo los efectos de estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas.

Las tasas de alcoholemia reglamentarias (fijadas por el Reglamento General de Circulación):

  • Conductores en general: 0,25 mg/l en aire espirado / 0,5 g/l en sangre.
  • Conductores noveles (menos de 2 años de permiso) y conductores profesionales: 0,15 mg/l en aire espirado / 0,3 g/l en sangre.

Régimen sancionador

Clasificación de infracciones (art. 76 TRLTSV)

Las infracciones se clasifican en:

  • Leves
  • Graves
  • Muy graves

Sanciones económicas (art. 80 TRLTSV)

  • Infracciones leves: multa de hasta 100 €.
  • Infracciones graves: multa de 200 € (con carácter general).
  • Infracciones muy graves: multa de 500 € (con carácter general).

Determinadas infracciones muy graves pueden alcanzar los 1.000 € o incluso 20.000 € en supuestos especiales previstos en el propio artículo.

Infracciones muy graves (art. 77 TRLTSV)

Entre las conductas tipificadas como muy graves destacan:

  • Conducir con una tasa de alcohol superior al doble de la permitida.
  • Conducir bajo los efectos de drogas o estupefacientes.
  • Conducir temerariamente.
  • Participar en carreras o competiciones no autorizadas.
  • Incumplir la obligación de someterse a las pruebas de detección de alcohol o drogas.
  • Superar en más de 60 km/h la velocidad máxima permitida en vías interurbanas, o en más de 50 km/h en vías urbanas.

Prescripción de infracciones (art. 82 TRLTSV)

  • Infracciones leves: prescriben a los 3 meses.
  • Infracciones graves: prescriben a los 6 meses.
  • Infracciones muy graves: prescriben al año.

Prescripción de sanciones (art. 82 TRLTSV)

  • Sanciones por infracciones leves: prescriben al año.
  • Sanciones por infracciones graves: prescriben al año.
  • Sanciones por infracciones muy graves: prescriben a los 2 años.

Permiso de conducción por puntos (arts. 59 a 74 TRLTSV)

  • Todo conductor parte con una dotación de 12 puntos.
  • Los conductores noveles (menos de 3 años de antigüedad del permiso) parten con 8 puntos.
  • La recuperación total de puntos se produce si se mantiene el saldo máximo durante 2 años sin cometer infracciones que lleven aparejada pérdida de puntos.
  • La pérdida total de puntos conlleva la pérdida de vigencia del permiso (art. 63 TRLTSV).
  • Para recuperar el permiso tras la pérdida total, el interesado debe superar un curso de sensibilización y reeducación vial y las pruebas de aptitud (art. 63 TRLTSV).

Inmovilización y retirada de vehículos (art. 105 TRLTSV)

Los agentes de la autoridad pueden proceder a la inmovilización del vehículo en supuestos como:

  • Carecer del seguro obligatorio.
  • Presentar el vehículo deficiencias graves que afecten a la seguridad vial.
  • Conducir bajo los efectos del alcohol o drogas.

La retirada del vehículo de la vía y su depósito procede cuando el vehículo obstaculice la circulación o suponga un peligro.

Datos numéricos y plazos que más se preguntan

  • Velocidad máxima en autopista/autovía: 120 km/h.
  • Velocidad máxima en vía urbana: 50 km/h.
  • Velocidad en zonas de coexistencia: 20 km/h.
  • Tasa de alcohol general (aire espirado): 0,25 mg/l.
  • Tasa de alcohol noveles/profesionales (aire espirado): 0,15 mg/l.
  • Puntos iniciales: 12 (8 para noveles).
  • Prescripción infracción leve: 3 meses; grave: 6 meses; muy grave: 1 año.
  • Prescripción sanción leve/grave: 1 año; muy grave: 2 años.
  • Multa leve: hasta 100 €; grave: 200 €; muy grave: 500 €.

Errores típicos del opositor

  • Confundir la prescripción de la infracción con la prescripción de la sanción: son plazos distintos y ambos pueden ser preguntados en el mismo examen.
  • Atribuir competencias de tráfico interurbano a los municipios: los municipios solo tienen competencias en vías urbanas de su titularidad (art. 7 TRLTSV).
  • Confundir la dotación inicial de puntos de un conductor novel (8 puntos) con la de un conductor general (12 puntos).
  • Creer que la pérdida total de puntos implica automáticamente la recuperación tras un simple curso: también se exigen pruebas de aptitud (art. 63 TRLTSV).
  • Aplicar la velocidad de 90 km/h a todas las carreteras convencionales: ese límite exige que el arcén pavimentado sea ≥ 1,5 m; en caso contrario el límite es inferior.

Trucos mnemotécnicos

  • “12 puntos, 8 noveles”: el número 12 tiene dos cifras, como un conductor con experiencia; el 8 es menor, como el novel que empieza.
  • “3-6-12 para infracciones, 1-1-2 para sanciones”: leve prescribe en 3 meses, grave en 6, muy grave en 12 (1 año); las sanciones prescriben en 1, 1 y 2 años respectivamente.
  • “120-90-50-20”: velocidades máximas de mayor a menor según el tipo de vía (autopista, carretera convencional, urbana, zona de coexistencia).
  • “0,25 / 0,15”: la tasa general es 0,25; la de noveles y profesionales es 0,15 (la mitad redondeada hacia abajo).
  • Para recordar que los municipios solo tienen competencia en vías urbanas: “el alcalde manda en su pueblo, no en la autopista”.

Pon a prueba lo que has aprendido

10
preguntas tipo examen

Cada pregunta incluye referencia legal exacta

Preguntas de este test

Estas son las 10 preguntas que componen el test de este tema. Las respuestas correctas y la explicación detallada se revelan al completar el test arriba.

  1. Segun el RDL 6/2015 (Ley de Trafico), el organismo autonomo competente en materia de trafico y seguridad vial es:

    • A) La Direccion General de Trafico (DGT)
    • B) El Ministerio de Transportes exclusivamente
    • C) Los Ayuntamientos en todo caso
    • D) Las Comunidades Autonomas

    Referencia: RDL 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Trafico , Art. 5

  2. Segun el RDL 6/2015, la tasa maxima de alcohol en sangre permitida para conductores en general es de:

    • A) 0,5 gramos por litro en sangre (0,25 mg/l en aire espirado)
    • B) 0,3 gramos por litro en sangre
    • C) 0,8 gramos por litro en sangre
    • D) Tolerancia cero: 0,0 gramos por litro

    Referencia: RDL 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Trafico , Art. 14 y RD 1428/2003 (Reglamento General de Circulacion), art. 20

  3. Segun el RDL 6/2015, el permiso de conduccion por puntos se denomina oficialmente:

    • A) Permiso y licencia de conduccion por puntos
    • B) Carnet de conducir con creditos
    • C) Licencia de conduccion provisional
    • D) Autorizacion administrativa de conduccion revisable

    Referencia: RDL 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Trafico , Art. 60

  4. Segun el RDL 6/2015, el credito inicial de puntos del permiso de conduccion para conductores con experiencia es de:

    • A) 12 puntos
    • B) 15 puntos
    • C) 8 puntos
    • D) 10 puntos

    Referencia: RDL 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Trafico , Art. 60.3

  5. Segun el RDL 6/2015, las infracciones de trafico se clasifican en:

    • A) Leves, graves y muy graves
    • B) Leves, menos graves, graves y muy graves
    • C) Administrativas y penales
    • D) De primera, segunda y tercera categoria

    Referencia: RDL 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Trafico , Art. 75

  6. Segun el RDL 6/2015, conducir con una tasa de alcohol superior al doble de la permitida es una infraccion:

    • A) Muy grave
    • B) Grave
    • C) Leve
    • D) No es infraccion administrativa, sino solo delito penal

    Referencia: RDL 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Trafico , Art. 77.d)

  7. Segun el RDL 6/2015, la competencia para sancionar las infracciones cometidas en vias interurbanas corresponde a:

    • A) El Jefe Provincial de Trafico
    • B) El Alcalde del municipio mas cercano
    • C) El Director General de Trafico en todos los casos
    • D) El Subdelegado del Gobierno

    Referencia: RDL 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Trafico , Art. 71

  8. Segun el RDL 6/2015, la cuantia de la multa por infraccion muy grave puede ascender hasta:

    • A) 500 euros
    • B) 200 euros
    • C) 100 euros
    • D) 1.000 euros

    Referencia: RDL 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Trafico , Art. 80.c)

  9. Segun el RDL 6/2015, el plazo de prescripcion de las infracciones muy graves de trafico es de:

    • A) 6 meses
    • B) 1 ano
    • C) 3 meses
    • D) 2 anos

    Referencia: RDL 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Trafico , Art. 92.1

  10. Segun el RDL 6/2015, la inmovilizacion del vehiculo como medida cautelar puede acordarse cuando:

    • A) El conductor carezca de permiso de conduccion valido, el vehiculo no tenga seguro obligatorio, o el conductor presente sintomas evidentes de conduccion bajo la influencia de alcohol o drogas
    • B) Solo cuando el conductor se niegue a identificarse
    • C) Unicamente en caso de accidente con victimas mortales
    • D) Cuando el vehiculo supere los 10 anos de antiguedad

    Referencia: RDL 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Trafico , Art. 84