Test: El procedimiento de inspeccion (LGT arts. 141+)

10 preguntas tipo examen para Agente Hacienda — Convocatoria 2026

Materia de estudio

Resumen del tema con citas literales de la normativa oficial. Lee los apuntes y luego pon a prueba lo que has aprendido en el test.

El procedimiento de inspección es uno de los pilares del sistema de aplicación de los tributos en España. Regulado en los artículos 141 y siguientes de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (LGT), constituye el instrumento más potente de la Administración para comprobar e investigar el cumplimiento de las obligaciones tributarias. Para el Agente de Hacienda Pública, este tema es de examen recurrente: aparecen preguntas sobre facultades, plazos, actas y documentación.


Marco normativo

  • Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (LGT): arts. 141 a 159.
  • El desarrollo reglamentario corresponde al Real Decreto 1065/2007, pero las preguntas de examen se anclan principalmente en la LGT.

Estructura del tema

El procedimiento de inspección se articula en torno a tres ejes:

  1. Funciones y objeto de la inspección tributaria (art. 141 LGT).
  2. Facultades de los órganos de inspección (art. 142 LGT).
  3. Documentación de las actuaciones: comunicaciones, diligencias, informes y actas (arts. 143-157 LGT).
  4. Plazo de las actuaciones inspectoras (art. 150 LGT).
  5. Actas de inspección: clases y efectos (arts. 153-157 LGT).

Conceptos clave

Funciones de la inspección tributaria (art. 141 LGT)

La inspección tributaria tiene encomendadas las siguientes funciones:

  • Investigar los hechos imponibles desconocidos para la Administración.
  • Comprobar la veracidad y exactitud de las declaraciones presentadas.
  • Realizar actuaciones de obtención de información con trascendencia tributaria.
  • Comprobar el valor de derechos, rentas, productos, bienes y demás elementos determinantes de la obligación tributaria.
  • Verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos para la obtención de beneficios o incentivos fiscales.
  • Informar a los obligados tributarios sobre sus derechos y obligaciones.
  • Practicar las liquidaciones tributarias resultantes de sus actuaciones.
  • Realizar actuaciones de comprobación limitada conforme al art. 136 LGT.
  • Asesorar e informar a órganos de la Administración en materia tributaria.

Facultades de la inspección (art. 142 LGT)

Para el ejercicio de sus funciones, los órganos de inspección pueden:

  • Examinar la contabilidad, libros, facturas, correspondencia y demás documentos del obligado tributario.
  • Inspeccionar bienes, elementos, explotaciones y cualquier antecedente con trascendencia tributaria.
  • Requerir la comparecencia del obligado o de terceros.
  • Recabar información de entidades financieras sobre movimientos de cuentas.
  • Entrar y permanecer en fincas, locales de negocio y establecimientos donde se desarrollen actividades sujetas a gravamen, o en los que existan pruebas de obligaciones tributarias.

Importante: La entrada en el domicilio constitucionalmente protegido requiere consentimiento del obligado o autorización judicial (art. 142.2 LGT).

Documentación de las actuaciones (art. 143 LGT)

Las actuaciones inspectoras se documentan en:

  • Comunicaciones: notifican el inicio del procedimiento y otros hechos relevantes.
  • Diligencias: recogen hechos, manifestaciones y resultados de actuaciones. No contienen propuesta de liquidación.
  • Informes: elaborados a solicitud de otros órganos o por iniciativa propia.
  • Actas: documentos que recogen el resultado de las actuaciones y, en su caso, la propuesta de liquidación.

Inicio del procedimiento de inspección (art. 147 LGT)

  • El procedimiento se inicia de oficio o a petición del obligado tributario.
  • Se inicia mediante comunicación notificada al obligado, o bien mediante personación de los funcionarios sin comunicación previa.
  • Desde la notificación del inicio, el obligado no puede presentar declaraciones o autoliquidaciones extemporáneas respecto de los tributos y períodos objeto de la inspección.

Lugar de las actuaciones (art. 151 LGT)

Las actuaciones inspectoras pueden desarrollarse:

  • En el lugar donde el obligado tenga su domicilio fiscal o donde su representante tenga su domicilio o despacho.
  • En el lugar donde se realicen total o parcialmente las actividades gravadas.
  • En el lugar donde exista alguna prueba del hecho imponible.
  • En las oficinas de la Administración tributaria, cuando los elementos puedan ser examinados allí.

El plazo de las actuaciones inspectoras (art. 150 LGT)

Este es el apartado más preguntado en examen. Conviene memorizarlo con precisión.

Plazo general

  • Las actuaciones del procedimiento de inspección deben concluir en el plazo de 18 meses con carácter general (art. 150.1 LGT).

Plazo ampliado a 27 meses

El plazo será de 27 meses cuando concurra alguna de estas circunstancias en el obligado tributario (art. 150.1 LGT):

  • Que la cifra anual de negocios sea igual o superior a la requerida para auditar cuentas.
  • Que el obligado tributario esté integrado en un grupo sometido al régimen de consolidación fiscal o al régimen especial de grupo de entidades del IVA.

Suspensión del plazo

El cómputo del plazo se suspende en los supuestos del art. 150.3 LGT, entre otros:

  • Remisión del expediente al Ministerio Fiscal o a la jurisdicción competente.
  • Recepción de una comunicación de un órgano jurisdiccional que ordene la suspensión.
  • Concurrencia de fuerza mayor.
  • Existencia de un conflicto en la aplicación de la norma tributaria.

Efectos del incumplimiento del plazo (art. 150.6 LGT)

Si se incumple el plazo máximo de duración:

  • No se produce la caducidad del procedimiento.
  • No se consideran interrumpida la prescripción como consecuencia de las actuaciones inspectoras realizadas hasta la interrupción injustificada o hasta el incumplimiento del plazo máximo.
  • El obligado puede presentar declaraciones extemporáneas sin recargo por las obligaciones no prescritas.

Las actas de inspección (arts. 153-157 LGT)

Contenido mínimo de las actas (art. 153 LGT)

Toda acta debe contener:

  • Lugar y fecha de formalización.
  • Nombre y apellidos o razón social del obligado tributario y su NIF.
  • Elementos esenciales del hecho imponible y de su atribución al obligado.
  • Regularización que estime procedente, con propuesta de liquidación.
  • Conformidad o disconformidad del obligado.
  • Trámites del procedimiento posteriores al acta y plazos para su tramitación.

Clases de actas (arts. 154-157 LGT)

  • Actas con acuerdo (art. 155 LGT):

    • Requieren autorización del órgano competente para liquidar.
    • El obligado presta su conformidad al contenido íntegro del acta.
    • Reducción de la sanción del 50 % sobre el importe de la sanción que corresponda.
    • El acuerdo se perfecciona con la firma y no puede impugnarse salvo por nulidad de pleno derecho, vicio del consentimiento o conflicto en la aplicación de norma tributaria.
  • Actas de conformidad (art. 156 LGT):

    • El obligado presta su conformidad a la propuesta de liquidación.
    • Reducción de la sanción del 30 % sobre el importe de la sanción que corresponda.
    • Se entiende producida la liquidación si en el plazo de un mes no se notifica acuerdo de modificación o liquidación provisional.
  • Actas de disconformidad (art. 157 LGT):

    • El obligado no presta conformidad a la propuesta de liquidación.
    • Se concede al obligado un plazo de 15 días para formular alegaciones.
    • El órgano competente dicta la liquidación que proceda.

Datos numéricos y plazos que más se preguntan

  • Plazo general de inspección: 18 meses (art. 150.1 LGT).
  • Plazo ampliado: 27 meses (art. 150.1 LGT).
  • Reducción sanción por acta con acuerdo: 50 % (art. 155 LGT).
  • Reducción sanción por acta de conformidad: 30 % (art. 156 LGT).
  • Plazo de alegaciones en actas de disconformidad: 15 días (art. 157 LGT).
  • Entrada en domicilio: requiere consentimiento o autorización judicial (art. 142.2 LGT).

Errores típicos del opositor

  • Confundir caducidad con prescripción: el incumplimiento del plazo de inspección no produce caducidad; sí afecta al cómputo de la prescripción (art. 150.6 LGT).
  • Confundir los porcentajes de reducción: acuerdo = 50 %; conformidad = 30 %. El error más frecuente es invertirlos.
  • Creer que la inspección puede entrar en cualquier local sin restricciones: el domicilio constitucionalmente protegido exige consentimiento o autorización judicial (art. 142.2 LGT).
  • Confundir diligencias con actas: las diligencias no contienen propuesta de liquidación; las actas sí.
  • Olvidar que el plazo de 27 meses no es una ampliación discrecional, sino que opera automáticamente cuando concurren los supuestos del art. 150.1 LGT.

Trucos mnemotécnicos

  • 18 / 27: “Dieciocho para el común, veintisiete para el gran grupo.” El número 27 = 18 + 9; los 9 meses extra son para los grandes obligados.
  • 50 / 30: “Con ACuerdo, ACierto más: 50. Con Conformidad, menos: 30.” La letra A de Acuerdo va antes en el abecedario y tiene mayor reducción.
  • Diligencia vs Acta: “La Diligencia Documenta, el Acta Acuerda (o propone).” Solo el acta lleva propuesta de liquidación.
  • Art. 141 = funciones; art. 142 = facultades: el 1 va antes que el 2, igual que primero se define qué hace la inspección y luego cómo lo hace.

Pon a prueba lo que has aprendido

10
preguntas tipo examen

Cada pregunta incluye referencia legal exacta

Preguntas de este test

Estas son las 10 preguntas que componen el test de este tema. Las respuestas correctas y la explicación detallada se revelan al completar el test arriba.

  1. Segun el art. 141 de la LGT, cual es la funcion de la inspeccion tributaria?

    • A) Exclusivamente recaudar las deudas tributarias pendientes
    • B) La comprobacion e investigacion del cumplimiento de las obligaciones tributarias y la realizacion de las actuaciones que le encomiende la normativa
    • C) Unicamente sancionar a los contribuyentes que no paguen sus impuestos
    • D) Asesorar a los contribuyentes sobre como pagar menos impuestos

    Referencia: Ley 58/2003 , Art. 141

  2. Cual es el plazo maximo general de las actuaciones inspectoras segun el art. 150 de la LGT?

    • A) 6 meses
    • B) 18 meses, con posibilidad de ampliacion a 27 meses en determinados supuestos
    • C) 12 meses sin posibilidad de ampliacion
    • D) 24 meses

    Referencia: Ley 58/2003 , Art. 150.1

  3. Que son las actas de inspeccion segun el art. 143 de la LGT?

    • A) Los documentos que recogen la notificacion de inicio de las actuaciones inspectoras
    • B) Los documentos publicos que extiende la inspeccion de los tributos donde se recogen el resultado de las actuaciones inspectoras
    • C) Las sentencias dictadas por los tribunales en materia tributaria
    • D) Los informes contables presentados por el contribuyente

    Referencia: Ley 58/2003 , Art. 143.2

  4. Que tipos de actas existen en el procedimiento de inspeccion segun la LGT?

    • A) Actas de conformidad, actas de disconformidad y actas con acuerdo
    • B) Actas provisionales y actas definitivas
    • C) Actas ordinarias y actas extraordinarias
    • D) Actas simples y actas complejas

    Referencia: Ley 58/2003 , Art. 154

  5. En las actas de conformidad, que efecto tiene la aceptacion del obligado tributario?

    • A) Se entiende producida la liquidacion de acuerdo con la propuesta del acta si en el plazo de un mes no se notifica acuerdo del Inspector-Jefe rectificando errores o modificando la propuesta
    • B) La liquidacion se considera firme e irrecurrible inmediatamente
    • C) El obligado renuncia a cualquier derecho de recurso contra la liquidacion
    • D) El Inspector-Jefe debe confirmar expresamente la propuesta en todo caso

    Referencia: Ley 58/2003 , Art. 156.3

  6. Que reduccion de la sancion se aplica cuando se firma un acta con acuerdo segun el art. 155.4 de la LGT?

    • A) Reduccion del 25%
    • B) Reduccion del 50%
    • C) Reduccion del 30%
    • D) No se aplica ninguna reduccion

    Referencia: Ley 58/2003 , Art. 155.4

  7. Segun el art. 142 de la LGT, donde pueden desarrollarse las actuaciones inspectoras?

    • A) Exclusivamente en las oficinas de la Administracion tributaria
    • B) En el lugar donde el obligado tributario tenga su domicilio fiscal, en las oficinas de la Administracion o en cualquier otro lugar que resulte adecuado
    • C) Solo en el domicilio fiscal del obligado tributario
    • D) Unicamente mediante comunicaciones electronicas, sin presencia fisica

    Referencia: Ley 58/2003 , Art. 142.2

  8. Que ocurre si las actuaciones inspectoras exceden del plazo maximo establecido en el art. 150 de la LGT?

    • A) El procedimiento queda anulado y no puede reiniciarse
    • B) No se considera interrumpida la prescripcion como consecuencia de las actuaciones realizadas en el procedimiento incumplido
    • C) La Administracion debe pagar una indemnizacion al contribuyente
    • D) Se aplica automaticamente la prescripcion del derecho a liquidar

    Referencia: Ley 58/2003 , Art. 150.6

  9. Segun el art. 148 de la LGT, cual puede ser el alcance de las actuaciones inspectoras?

    • A) Siempre deben tener caracter general, abarcando todos los tributos y periodos
    • B) Las actuaciones pueden ser de caracter general o de caracter parcial
    • C) Solo pueden afectar al ultimo ejercicio fiscal no prescrito
    • D) Deben limitarse a un unico tributo en cada procedimiento

    Referencia: Ley 58/2003 , Art. 148

  10. Que contenido obligatorio deben tener las actas de inspeccion segun el art. 153 de la LGT?

    • A) Solo la propuesta de liquidacion y la firma del inspector
    • B) El lugar y fecha, los datos del obligado tributario, los elementos esenciales del hecho imponible, la regularizacion procedente y la propuesta de liquidacion
    • C) Unicamente la cuantia de la deuda tributaria y los intereses de demora
    • D) La sentencia del tribunal competente autorizando la inspeccion

    Referencia: Ley 58/2003 , Art. 153