Test: La Ley General de Sanidad. Principios generales. Competencias de las Administraciones Publicas. Organizacion del sistema sanitario publico. Derechos y deberes de los usuarios

10 preguntas tipo examen para Celador SERGAS — Convocatoria 2026

Materia de estudio

Resumen del tema con citas literales de la normativa oficial. Lee los apuntes y luego pon a prueba lo que has aprendido en el test.

La Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad (LGS) es la norma vertebradora del sistema sanitario español. Para el celador del SERGAS es imprescindible conocerla porque define el marco en el que desarrolla su trabajo: los derechos de los pacientes, la estructura organizativa y las competencias de cada Administración. Las preguntas de examen sobre este tema son frecuentes y muy concretas.

Marco normativo

  • Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad. Publicada en el BOE núm. 102, de 29 de abril de 1986.
  • Desarrolla el art. 43 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a la protección de la salud y encomienda a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública.
  • Complementada posteriormente por la Ley 41/2002, de autonomía del paciente, aunque esta última no forma parte de la normativa exigida en este tema.

Principios generales

El Título Preliminar (arts. 1 a 7 LGS) establece los principios que inspiran toda la norma.

Finalidad de la Ley (art. 1 LGS)

La LGS tiene por objeto la regulación general de todas las acciones que permitan hacer efectivo el derecho a la protección de la salud reconocido en el art. 43 CE.

Principios rectores (arts. 3 y 6 LGS)

  • La salud pública es un bien de interés general (art. 3.1 LGS).
  • Los poderes públicos deben orientar sus políticas hacia la promoción de la salud, la prevención de enfermedades y la rehabilitación (art. 6 LGS).
  • Las actuaciones sanitarias se desarrollarán con criterios de eficacia, celeridad, economía y flexibilidad (art. 6.2 LGS).

Universalidad y equidad (art. 3 LGS)

  • El acceso a las prestaciones sanitarias se extiende a todos los ciudadanos en condiciones de igualdad efectiva.
  • Se superan las limitaciones del modelo anterior basado en la Seguridad Social.

Integración en el Sistema Nacional de Salud (art. 4 LGS)

Tanto el Estado como las Comunidades Autónomas y las Corporaciones Locales quedan obligados a coordinar sus actuaciones dentro del Sistema Nacional de Salud (SNS).

Competencias de las Administraciones Públicas

Competencias del Estado (arts. 38 a 40 LGS)

El Estado ostenta competencias de carácter básico y de coordinación:

  • Determinación de las prestaciones mínimas del SNS (art. 38 LGS).
  • Coordinación general de la sanidad (art. 38 LGS).
  • Sanidad exterior y relaciones internacionales en materia sanitaria (art. 38 LGS).
  • Legislación sobre productos farmacéuticos (art. 38 LGS).
  • Alta inspección (art. 38 LGS).

El órgano estatal de coordinación es el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (arts. 47 a 50 LGS), integrado por los Consejeros de Sanidad de las CCAA y presidido por el Ministro de Sanidad.

Competencias de las Comunidades Autónomas (arts. 41 a 46 LGS)

  • Planificación sanitaria en su territorio.
  • Gestión de los servicios sanitarios transferidos.
  • Creación de sus propios servicios de salud (art. 41 LGS).
  • Galicia ejerce estas competencias a través del SERGAS, creado por la Ley 1/1989, de 2 de enero, del Servizo Galego de Saúde (norma autonómica, no objeto de este tema pero referencia contextual).

Competencias de las Corporaciones Locales (arts. 42 y 62 LGS)

  • Participan en la gestión de la atención primaria de salud (art. 42 LGS).
  • Control sanitario del medio ambiente: aguas, residuos, ruidos (art. 42.2 LGS).
  • Control sanitario de industrias, actividades y servicios (art. 42.2 LGS).
  • Control sanitario de edificios y lugares de convivencia (art. 42.2 LGS).
  • Control sanitario de alimentos (art. 42.2 LGS).
  • Control sanitario de cementerios (art. 42.2 LGS).

Organización del Sistema Sanitario Público

El Sistema Nacional de Salud (arts. 44 a 50 LGS)

El SNS es el conjunto de los servicios de salud de la Administración del Estado y de los servicios de salud de las Comunidades Autónomas (art. 44.2 LGS).

Características del SNS (art. 46 LGS):

  • Extensión de sus servicios a toda la población.
  • Organización adecuada para prestar una atención integral de la salud.
  • Coordinación e integración de todos los recursos sanitarios públicos en un dispositivo único.
  • Financiación pública, mediante recursos de las Administraciones Públicas.
  • Prestación de una atención integral de la salud.
  • Participación comunitaria a través de las Corporaciones territoriales.

Áreas de Salud (arts. 56 a 65 LGS)

Son las estructuras fundamentales del sistema sanitario (art. 56.1 LGS). Cada Comunidad Autónoma divide su territorio en Áreas de Salud.

Criterios de delimitación (art. 56.2 LGS):

  • Factores geográficos, socioeconómicos, demográficos, laborales, epidemiológicos, culturales, climatológicos y de dotación de vías y medios de comunicación.

Población de referencia (art. 56.3 LGS):

  • Entre 200.000 y 250.000 habitantes, aunque pueden existir excepciones justificadas.

Órgano de participación: Consejo de Salud del Área (art. 57 LGS), que garantiza la participación comunitaria.

Atención Primaria y Atención Especializada

La LGS establece dos niveles asistenciales:

  • Atención Primaria: primer nivel de acceso al SNS. Se presta en los Centros de Salud (art. 63 LGS). Incluye actividades de promoción, prevención, curación y rehabilitación.
  • Atención Especializada: se presta en los hospitales y en los centros de especialidades (art. 65 LGS). El hospital es el elemento fundamental de la atención especializada (art. 65.1 LGS).

El Hospital (art. 65 LGS)

  • Es el elemento fundamental para la prestación de la asistencia especializada.
  • Debe contar con medios diagnósticos y terapéuticos necesarios.
  • Desarrolla funciones de investigación y docencia además de las asistenciales.

Derechos y Deberes de los Usuarios

Derechos (art. 10 LGS)

El art. 10 LGS recoge un catálogo de derechos de los ciudadanos respecto a las Administraciones sanitarias públicas. Los más preguntados en examen:

  • Art. 10.1: Respeto a la personalidad, dignidad humana e intimidad.
  • Art. 10.2: No discriminación por razón de raza, tipo social, sexo, moral, económica, ideológica, política o sindical.
  • Art. 10.3: Confidencialidad de toda la información relacionada con el proceso y estancia en instituciones sanitarias públicas y privadas.
  • Art. 10.4: Ser informado de los servicios sanitarios disponibles y de los requisitos para su uso.
  • Art. 10.5: Ser advertido de si los procedimientos de pronóstico, diagnóstico y terapéuticos que se apliquen pueden ser utilizados en función docente o investigadora.
  • Art. 10.6: Libre elección entre las opciones que le presente el responsable médico de su caso.
  • Art. 10.7: Consentimiento informado previo a cualquier intervención, salvo urgencia, incapacidad o riesgo para la salud pública.
  • Art. 10.8: Que se le asigne un médico cuyo nombre se le dará a conocer.
  • Art. 10.9: Que se le extienda certificado acreditativo de su estado de salud cuando lo solicite.
  • Art. 10.10: Negarse al tratamiento, salvo en los casos previstos en la ley.
  • Art. 10.11: Participar en actividades sanitarias a través de las instituciones comunitarias.
  • Art. 10.13: Utilización de las vías de reclamación y propuesta de sugerencias.
  • Art. 10.14: Obtener los medicamentos y productos sanitarios necesarios para promover, conservar o restablecer su salud.

Deberes (art. 11 LGS)

  • Art. 11.1: Cumplir las prescripciones generales de naturaleza sanitaria comunes a toda la población.
  • Art. 11.2: Cuidar las instalaciones y colaborar en el mantenimiento de la habitabilidad de las instituciones sanitarias.
  • Art. 11.3: Responsabilizarse del uso adecuado de las prestaciones ofrecidas por el sistema sanitario.

Datos numéricos y plazos que más se preguntan

  • Fecha de la LGS: 25 de abril de 1986 (publicación en BOE: 29 de abril de 1986).
  • Población de referencia del Área de Salud: 200.000 – 250.000 habitantes (art. 56.3 LGS).
  • Artículo de los derechos de los usuarios: art. 10 LGS.
  • Artículo de los deberes de los usuarios: art. 11 LGS.
  • Artículo que define el SNS: art. 44.2 LGS.
  • Artículo que define las características del SNS: art. 46 LGS.
  • Artículo del hospital como elemento fundamental: art. 65.1 LGS.
  • Artículo de competencias de las Corporaciones Locales: art. 42 LGS.

Errores típicos del opositor

  • Confundir el Consejo Interterritorial del SNS (órgano de coordinación estatal, arts. 47-50 LGS) con el Consejo de Salud del Área (órgano de participación local, art. 57 LGS).
  • Atribuir al Estado la gestión directa de los servicios sanitarios: el Estado tiene competencias básicas y de coordinación, no de gestión ordinaria.
  • Creer que el consentimiento informado (art. 10.7 LGS) es siempre obligatorio: la propia LGS prevé excepciones por urgencia, incapacidad o riesgo para la salud pública.
  • Situar el hospital en la atención primaria: el hospital es el elemento fundamental de la atención especializada (art. 65.1 LGS).
  • Confundir la población del Área de Salud: el límite es 200.000-250.000 habitantes, no 100.000 ni 500.000.

Trucos mnemotécnicos

  • “14 del 86”: Ley 14/1986. Recuerda: el año del Mundial de México, la LGS ya existía.
  • “2-2-5”: el Área de Salud tiene entre 200.000 y 250.000 habitantes (dos cifras que empiezan por 2).
  • “10 derechos, 11 deberes”: los derechos van en el art. 10 y los deberes en el art. 11, en orden lógico.
  • “El hospital es especializado”: hospital = art. 65 = atención especializada. Centro de Salud = art. 63 = atención primaria.
  • “COOR-INTER”: el Consejo Interterritorial es el órgano de coordinación del SNS (arts. 47-50 LGS).

Pon a prueba lo que has aprendido

10
preguntas tipo examen

Cada pregunta incluye referencia legal exacta

Preguntas de este test

Estas son las 10 preguntas que componen el test de este tema. Las respuestas correctas y la explicación detallada se revelan al completar el test arriba.

  1. ¿Cuál es el objeto principal de la Ley General de Sanidad según su artículo 1?

    • A) La regulación general de todas las acciones que permitan hacer efectivo el derecho a la protección de la salud reconocido en el artículo 43 de la Constitución.
    • B) La regulación de los servicios sanitarios privados y su coordinación con los públicos.
    • C) La creación del Sistema Nacional de Salud y la financiación de las Comunidades Autónomas.
    • D) El establecimiento de los derechos y deberes de los profesionales sanitarios en el ejercicio de su profesión.

    Referencia: Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad , Art. 1.1

  2. Según la Ley General de Sanidad, ¿a quiénes se reconoce el derecho a la protección de la salud?

    • A) A todos los españoles y a los ciudadanos extranjeros que tengan establecida su residencia en el territorio nacional.
    • B) Únicamente a los ciudadanos españoles con residencia en España.
    • C) A todos los ciudadanos de la Unión Europea que se encuentren en territorio español.
    • D) A todos los ciudadanos que coticen a la Seguridad Social o sean beneficiarios de un cotizante.

    Referencia: Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad , Art. 1.2

  3. ¿Cuál de los siguientes principios NO está recogido expresamente entre los principios generales del Título Preliminar de la Ley General de Sanidad?

    • A) La financiación de la sanidad pública exclusivamente mediante cotizaciones sociales de trabajadores y empresarios.
    • B) La superación de los desequilibrios territoriales y sociales en materia de salud.
    • C) La integración de las diferentes estructuras y servicios públicos al servicio de la salud en el Sistema Nacional de Salud.
    • D) La participación de los ciudadanos en el sistema sanitario a través de las instituciones comunitarias.

    Referencia: Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad , Arts. 3 y 4

  4. Según el artículo 6 de la Ley General de Sanidad, las actuaciones de las Administraciones Públicas Sanitarias estarán orientadas a garantizar, entre otros aspectos:

    • A) La promoción de la salud, la educación sanitaria de la población y la prevención de las enfermedades.
    • B) La gestión directa de todos los centros sanitarios públicos y privados del territorio nacional.
    • C) La homologación de los títulos universitarios de ciencias de la salud en el ámbito europeo.
    • D) La fijación de los precios públicos de los medicamentos en todo el territorio nacional.

    Referencia: Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad , Art. 6

  5. ¿Cuál es la unidad básica a través de la cual se organiza el Sistema Nacional de Salud en el territorio según la Ley General de Sanidad?

    • A) El Área de Salud.
    • B) La Zona Básica de Salud.
    • C) El Sector Sanitario.
    • D) La Comunidad Autónoma.

    Referencia: Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad , Art. 56

  6. Según la Ley General de Sanidad, ¿cuál es la población máxima que debe tener, con carácter general, un Área de Salud?

    • A) Entre 200.000 y 250.000 habitantes.
    • B) Entre 100.000 y 150.000 habitantes.
    • C) Entre 500.000 y 1.000.000 de habitantes.
    • D) Entre 50.000 y 100.000 habitantes.

    Referencia: Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad , Art. 56.3

  7. Según el artículo 10 de la Ley General de Sanidad, ¿cuál de los siguientes es un derecho reconocido a los usuarios del sistema sanitario?

    • A) El derecho a que se les dé en términos comprensibles, a ellos y a sus familiares o allegados, información completa y continuada, verbal y escrita, sobre su proceso, incluyendo diagnóstico, pronóstico y alternativas de tratamiento.
    • B) El derecho a elegir libremente el médico especialista que les atenderá en cualquier hospital público de España.
    • C) El derecho a recibir atención sanitaria gratuita en cualquier país de la Unión Europea con cargo al sistema español.
    • D) El derecho a percibir una indemnización económica por cada día de hospitalización superior a 48 horas.

    Referencia: Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad , Art. 10.5

  8. Según la Ley General de Sanidad, ¿qué competencia corresponde al Estado con carácter exclusivo en materia sanitaria?

    • A) La sanidad exterior y las relaciones y acuerdos sanitarios internacionales.
    • B) La gestión de los centros de atención primaria en todo el territorio nacional.
    • C) La autorización y registro de todos los centros sanitarios públicos y privados.
    • D) La planificación de los recursos humanos sanitarios de las Comunidades Autónomas.

    Referencia: Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad , Art. 38

  9. El artículo 10.9 de la Ley General de Sanidad reconoce a los usuarios el derecho a negarse al tratamiento, excepto en determinados casos. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es CORRECTA respecto a este derecho?

    • A) El usuario puede negarse al tratamiento, debiendo quedar constancia escrita de su negativa, excepto cuando exista riesgo para la salud pública o cuando la urgencia no permita demoras.
    • B) El usuario puede negarse a cualquier tratamiento sin excepción alguna, siendo un derecho absoluto e ilimitado.
    • C) El usuario solo puede negarse al tratamiento si cuenta con el consentimiento de un familiar de primer grado.
    • D) El derecho a negarse al tratamiento solo es aplicable a intervenciones quirúrgicas, no a tratamientos farmacológicos.

    Referencia: Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad , Art. 10.9

  10. Según la Ley General de Sanidad, ¿cuál de los siguientes es un deber de los ciudadanos en relación con el sistema sanitario?

    • A) Cumplir las prescripciones generales de naturaleza sanitaria comunes a toda la población, así como las específicas determinadas por los Servicios de Salud.
    • B) Abonar el coste íntegro de los medicamentos prescritos en atención primaria.
    • C) Acudir obligatoriamente a las revisiones médicas anuales establecidas por el médico de cabecera.
    • D) Comunicar al centro de salud cualquier cambio de domicilio en un plazo máximo de 15 días.

    Referencia: Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad , Art. 11.1