Test: La Ley de salud de Galicia. El sistema publico de salud de Galicia. Competencias sanitarias. El Servicio Gallego de Salud (SERGAS). Estructura organizativa

10 preguntas tipo examen para Celador SERGAS — Convocatoria 2026

Materia de estudio

Resumen del tema con citas literales de la normativa oficial. Lee los apuntes y luego pon a prueba lo que has aprendido en el test.

El Tema 4 es uno de los más preguntados en las oposiciones de Celador del SERGAS porque establece el marco institucional en el que el celador desarrolla su trabajo. Conocer la estructura del sistema sanitario gallego, sus principios y sus órganos es imprescindible tanto para el examen como para el desempeño profesional. La norma de referencia es la Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia, publicada en el DOG.


Marco normativo

  • Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia (DOG núm. 143, de 24 de julio de 2008).
  • Deroga la anterior Ley 7/2003, de 9 de diciembre, de ordenación sanitaria de Galicia (LOSGA).
  • Desarrolla el marco competencial que la Constitución Española y el Estatuto de Autonomía de Galicia atribuyen a la Xunta de Galicia en materia de sanidad.

El sistema público de salud de Galicia

Definición y objeto

La Ley 8/2008 tiene por objeto, según su artículo 1, regular el derecho a la protección de la salud en Galicia, establecer las bases del sistema público de salud gallego y determinar las competencias de las administraciones públicas gallegas en materia sanitaria.

Principios rectores

El art. 3 de la Ley 8/2008 recoge los principios generales del sistema público de salud de Galicia:

  • Universalidad: acceso a las prestaciones sanitarias para toda la población.
  • Equidad: distribución de recursos según las necesidades de salud.
  • Solidaridad: financiación pública y colectiva.
  • Calidad: mejora continua de las prestaciones.
  • Participación: de ciudadanos y profesionales en el sistema.
  • Integración: coordinación entre niveles asistenciales.
  • Eficiencia: uso racional de los recursos disponibles.

Titularidad del derecho a la salud

El art. 4 reconoce el derecho a la protección de la salud a todos los ciudadanos con vecindad administrativa en Galicia, así como a quienes tengan reconocido este derecho por la normativa estatal o autonómica aplicable.


Competencias sanitarias en Galicia

Distribución competencial

La Ley 8/2008 organiza las competencias sanitarias entre:

  1. La Xunta de Galicia: ejerce las competencias de la Comunidad Autónoma en materia de sanidad. Le corresponde la dirección, planificación y coordinación general del sistema (art. 7).
  2. La consellería competente en materia de sanidade: órgano de la Administración autonómica responsable de la política sanitaria (art. 8).
  3. El Servizo Galego de Saúde (SERGAS): ente público encargado de la gestión y administración de los servicios sanitarios (art. 55 y siguientes).
  4. Los concellos (ayuntamientos): tienen competencias en materia de salubridad pública local, conforme al art. 13.

Competencias de la Xunta de Galicia

Entre las competencias que la ley atribuye a la Xunta (art. 7) destacan:

  • Planificación sanitaria general.
  • Autorización, registro y acreditación de centros, servicios y establecimientos sanitarios.
  • Coordinación de la salud pública.
  • Elaboración del Plan de Saúde de Galicia.

El Servizo Galego de Saúde (SERGAS)

Naturaleza jurídica

El SERGAS es un organismo autónomo de carácter administrativo, adscrito a la consellería competente en materia de sanidade (art. 55 de la Ley 8/2008). Tiene personalidad jurídica propia, patrimonio propio y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines.

Funciones principales

Según el art. 56, corresponde al SERGAS:

  • La gestión de los servicios sanitarios de atención primaria y atención especializada.
  • La administración de los centros, servicios y establecimientos sanitarios de titularidad de la Comunidad Autónoma.
  • La gestión de los recursos humanos del sistema sanitario público gallego.
  • La contratación de servicios sanitarios con entidades privadas cuando sea necesario para garantizar la cobertura asistencial.

Estructura organizativa del SERGAS

Órganos de gobierno y dirección

La Ley 8/2008 establece los órganos de dirección del SERGAS en sus arts. 57 y siguientes:

  • Consello de Administración: órgano colegiado de gobierno. Está presidido por la persona titular de la consellería competente en materia de sanidade.
  • Dirección Xerente: órgano unipersonal de dirección ejecutiva del SERGAS. Dirige, gestiona y coordina la actividad del organismo.
  • Xerencias de área sanitaria: órganos de gestión desconcentrada en el territorio.

Las áreas sanitarias

El art. 58 de la Ley 8/2008 establece que el territorio de Galicia se organiza en áreas sanitarias, que constituyen la estructura básica del sistema sanitario gallego. Cada área sanitaria:

  • Tiene asignada una población determinada.
  • Cuenta con los recursos sanitarios necesarios para prestar atención primaria y atención especializada.
  • Dispone de un hospital de referencia para la atención especializada.

Niveles asistenciales

La ley distingue dos niveles:

  • Atención primaria: primer nivel de acceso al sistema. Presta atención integral, continuada y permanente a la población de su zona básica de salud.
  • Atención especializada: segundo nivel. Se presta en hospitales y centros de especialidades. Requiere, con carácter general, derivación desde atención primaria.

Zonas básicas de salud

Son la unidad territorial elemental del sistema sanitario gallego. Cada zona básica de salud cuenta con un centro de salud como estructura física de referencia para la atención primaria.


Datos numéricos y plazos que más se preguntan

  • Fecha de la ley: Ley 8/2008, de 10 de julio de 2008.
  • Publicación en el DOG: núm. 143, de 24 de julio de 2008.
  • Ley derogada: Ley 7/2003, de 9 de diciembre (LOSGA).
  • El SERGAS es un organismo autónomo de carácter administrativo (no empresa pública, no ente público empresarial).
  • El Consello de Administración del SERGAS está presidido por la persona titular de la consellería competente en materia de sanidade.
  • Las áreas sanitarias son la estructura básica del sistema (no las zonas básicas de salud, que son la unidad elemental).

Errores típicos del opositor

  • Confundir el SERGAS con la consellería de sanidade: son órganos distintos. La consellería ejerce la política sanitaria; el SERGAS gestiona los servicios. El SERGAS está adscrito a la consellería, no es lo mismo que ella.
  • Confundir área sanitaria con zona básica de salud: el área sanitaria es la estructura básica (nivel superior); la zona básica de salud es la unidad territorial elemental (nivel inferior).
  • Atribuir al SERGAS naturaleza de empresa pública: es un organismo autónomo de carácter administrativo, lo que tiene implicaciones en su régimen jurídico y de personal.
  • Citar la LOSGA (Ley 7/2003) como norma vigente: fue derogada por la Ley 8/2008. En el examen, la norma vigente es la Ley 8/2008.
  • Confundir los principios del sistema: universalidad, equidad y solidaridad son los tres principios que más se preguntan en test. No confundir “equidad” con “igualdad” (la ley usa el término “equidad”).

Trucos mnemotécnicos

  • “8 de julio, 8 de agosto no”: la Ley es del 8/2008 y se aprobó el 10 de julio (no en agosto, aunque se publicó en el DOG el 24 de julio).
  • “SERGAS = Autónomo Administrativo”: recuerda las tres “A” — Adscrito, Autónomo, Administrativo.
  • “Área → Hospital / Zona → Centro de Salud”: el nivel superior (área) tiene hospital de referencia; el nivel inferior (zona básica) tiene centro de salud.
  • Principios: “USE-CIPE”Universalidad, Solidaridad, Equidad, Calidad, Integración, Participación, Eficiencia. Siete principios, siete letras del acrónimo.
  • Consellería manda, SERGAS gestiona: la consellería fija la política; el SERGAS la ejecuta en los centros.

Pon a prueba lo que has aprendido

10
preguntas tipo examen

Cada pregunta incluye referencia legal exacta

Preguntas de este test

Estas son las 10 preguntas que componen el test de este tema. Las respuestas correctas y la explicación detallada se revelan al completar el test arriba.

  1. ¿Cuál es el objeto principal de la Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia?

    • A) Establecer las normas relativas a la salud en Galicia, regulando las actuaciones que permitan hacer efectivo el derecho a la protección de la salud en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia.
    • B) Regular exclusivamente la organización y funcionamiento del Servicio Gallego de Salud (SERGAS) como ente público.
    • C) Transponer al ordenamiento gallego la Directiva europea sobre asistencia sanitaria transfronteriza.
    • D) Establecer el régimen jurídico del personal sanitario al servicio de la Xunta de Galicia.

    Referencia: Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia , Art. 1

  2. Según la Ley 8/2008, de salud de Galicia, ¿qué organismo ostenta la condición de autoridad sanitaria suprema en Galicia?

    • A) La consellería competente en materia de sanidad.
    • B) La Xunta de Galicia.
    • C) El Servicio Gallego de Salud (SERGAS).
    • D) El Parlamento de Galicia.

    Referencia: Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia , Art. 33

  3. ¿Cómo se denomina el conjunto de recursos, medios y actuaciones que, bajo la responsabilidad de la Xunta de Galicia, se destinan a satisfacer el derecho a la protección de la salud de la ciudadanía gallega, según la Ley 8/2008?

    • A) Red Hospitalaria de Utilización Pública de Galicia.
    • B) Sistema Público de Salud de Galicia.
    • C) Servicio Gallego de Salud (SERGAS).
    • D) Red de Atención Primaria de Galicia.

    Referencia: Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia , Art. 49

  4. Según la Ley 8/2008, de salud de Galicia, ¿cuál es la naturaleza jurídica del Servicio Gallego de Salud (SERGAS)?

    • A) Empresa pública con forma de sociedad anónima de capital íntegramente público.
    • B) Organismo autónomo de carácter administrativo adscrito a la consellería competente en materia de sanidad.
    • C) Ente público de derecho privado con personalidad jurídica propia.
    • D) Fundación pública sanitaria dependiente del Ministerio de Sanidad.

    Referencia: Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia , Art. 57

  5. ¿Cuáles son los órganos de gobierno del Servicio Gallego de Salud (SERGAS) según la Ley 8/2008, de salud de Galicia?

    • A) El Consejo de Administración y el Director General.
    • B) El Consejo Gallego de Salud y la Dirección General del SERGAS.
    • C) El Consejo de Dirección y el Director General.
    • D) La Junta Rectora y el Gerente General.

    Referencia: Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia , Art. 58

  6. Según la Ley 8/2008, de salud de Galicia, ¿qué son las áreas sanitarias?

    • A) Las demarcaciones territoriales en las que se divide el Sistema Público de Salud de Galicia para la organización y prestación de los servicios sanitarios.
    • B) Los departamentos administrativos en los que se organiza la consellería competente en materia de sanidad.
    • C) Las unidades de gestión clínica en las que se organizan los hospitales del SERGAS.
    • D) Los distritos sanitarios equivalentes a los municipios gallegos con mayor población.

    Referencia: Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia , Art. 54

  7. ¿Qué órgano de participación ciudadana en el Sistema Público de Salud de Galicia establece la Ley 8/2008 como órgano colegiado de carácter consultivo y de participación en el ámbito autonómico?

    • A) El Consejo Gallego de Salud.
    • B) El Consejo de Dirección del SERGAS.
    • C) La Comisión Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.
    • D) El Comité Permanente de Salud Pública de Galicia.

    Referencia: Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia , Art. 41

  8. Según el Título Preliminar de la Ley 8/2008, de salud de Galicia, ¿cuál de los siguientes principios NO figura expresamente entre los principios rectores del sistema sanitario gallego?

    • A) Universalidad en el acceso a los servicios sanitarios.
    • B) Equidad en la distribución de los recursos sanitarios.
    • C) Libre mercado en la provisión de servicios sanitarios públicos.
    • D) Solidaridad en la financiación del sistema sanitario.

    Referencia: Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia , Art. 3

  9. En materia de competencias sanitarias, ¿qué tipo de competencia ostenta la Comunidad Autónoma de Galicia en relación con la sanidad interior, según el Estatuto de Autonomía de Galicia y la Ley 8/2008?

    • A) Competencia exclusiva en materia de sanidad interior, sin perjuicio de las competencias del Estado.
    • B) Competencia compartida en igualdad de condiciones con el Estado en toda la materia sanitaria.
    • C) Competencia meramente ejecutiva, correspondiendo al Estado toda la potestad normativa sanitaria.
    • D) Competencia delegada por el Estado mediante convenio de gestión de servicios sanitarios.

    Referencia: Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia , Art. 33 y Título I

  10. Según la Ley 8/2008, de salud de Galicia, ¿cuál es la estructura organizativa básica del Servicio Gallego de Salud (SERGAS) en el territorio?

    • A) Las gerencias de área sanitaria, como estructuras de gestión integrada de los servicios sanitarios en cada área.
    • B) Las delegaciones provinciales de sanidad, con sede en cada una de las cuatro provincias gallegas.
    • C) Los distritos de atención primaria, como unidades básicas de organización territorial del SERGAS.
    • D) Los hospitales comarcales, como eje vertebrador de la organización territorial del SERGAS.

    Referencia: Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia , Art. 62