Materia de estudio
Resumen del tema con citas literales de la normativa oficial. Lee los apuntes y luego pon a prueba lo que has aprendido en el test.
El Tema 15 es uno de los más preguntados en las oposiciones de Celador del SERMAS porque combina normativa específica con procedimientos prácticos del día a día en el entorno hospitalario. El Real Decreto 664/1997 es la norma de referencia obligatoria para los riesgos biológicos, y su conocimiento detallado —junto con los protocolos de precauciones universales, gestión de residuos e higiene de manos— es imprescindible para superar el examen.
Marco normativo
La norma central de este tema es el Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo. Transpone la Directiva 90/679/CEE y se dicta al amparo de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
Ámbito de aplicación (art. 2 RD 664/1997): se aplica a todas las actividades en las que los trabajadores estén o puedan estar expuestos a agentes biológicos por razón de su trabajo, lo que incluye expresamente el sector sanitario.
Clasificación de los agentes biológicos
El art. 3 RD 664/1997 define agente biológico como «microorganismos, con inclusión de los genéticamente modificados, cultivos celulares y endoparásitos humanos, susceptibles de originar cualquier tipo de infección, alergia o toxicidad».
El Anexo II del RD 664/1997 establece la clasificación en cuatro grupos de riesgo:
- Grupo 1: agente biológico que resulta poco probable que cause enfermedad en el ser humano.
- Grupo 2: agente que puede causar una enfermedad en el ser humano y puede suponer un peligro para los trabajadores; es poco probable que se propague a la colectividad; existen generalmente profilaxis o tratamiento eficaces.
- Grupo 3: agente que puede causar una enfermedad grave en el ser humano y presenta un serio peligro para los trabajadores; existe el riesgo de que se propague a la colectividad, pero existen generalmente profilaxis o tratamiento eficaces.
- Grupo 4: agente que causando una enfermedad grave en el ser humano supone un serio peligro para los trabajadores; existen muchas probabilidades de que se propague a la colectividad; no existen generalmente profilaxis o tratamiento eficaces.
Clave de examen: el criterio que distingue el grupo 3 del grupo 4 es la existencia o no de profilaxis o tratamiento eficaz. En el grupo 4 no existe tratamiento eficaz.
Obligaciones del empresario: medidas preventivas
Evaluación de riesgos (art. 4)
El empresario debe realizar una evaluación del riesgo antes de iniciar cualquier actividad con agentes biológicos. Debe repetirse cuando cambien las condiciones de trabajo o cuando los resultados de la vigilancia de la salud lo hagan necesario.
Medidas higiénicas (art. 14)
El RD 664/1997 obliga al empresario a adoptar medidas para que los trabajadores:
- No coman, beban ni fumen en las zonas de trabajo donde exista riesgo de contaminación.
- Dispongan de equipos de protección individual adecuados.
- Dispongan de instalaciones para lavarse y desinfectarse.
- Tengan ropa de trabajo separada de la ropa de calle.
Información y formación (art. 15)
El empresario debe garantizar que los trabajadores reciban formación e información adecuadas sobre los riesgos potenciales, las precauciones que deben tomarse para evitar la exposición y las disposiciones en materia de higiene.
Vigilancia de la salud (art. 17)
El empresario garantizará una vigilancia adecuada y específica de la salud de los trabajadores en relación con el riesgo. Esta vigilancia se ofrecerá antes de la exposición y, posteriormente, a intervalos regulares.
Precauciones universales
Las precauciones universales son un conjunto de medidas de barrera que se aplican a todos los pacientes independientemente de su diagnóstico, partiendo de la premisa de que cualquier paciente puede ser portador de un agente infeccioso transmisible por sangre o fluidos corporales.
Principios básicos
- Considerar la sangre y todos los fluidos corporales como potencialmente infecciosos.
- Uso sistemático de guantes al manipular sangre, fluidos corporales, mucosas o piel no intacta.
- Uso de mascarilla y protección ocular cuando exista riesgo de salpicaduras.
- Uso de bata o delantal cuando exista riesgo de contaminación de la ropa.
- Lavado de manos antes y después de cada procedimiento y tras retirar los guantes.
Manejo de objetos cortantes y punzantes
- No reencapuchar las agujas con las dos manos.
- Depositar los objetos cortantes y punzantes en contenedores rígidos resistentes a la perforación, debidamente señalizados.
- No llenar los contenedores por encima de sus ¾ partes de capacidad.
Actuación ante accidente biológico
En caso de exposición accidental (pinchazo, corte, salpicadura):
- Lavar la zona con agua y jabón abundante.
- En salpicaduras en mucosas, irrigar con agua o suero fisiológico.
- Comunicar el accidente al servicio de prevención o al responsable inmediato.
- Seguir el protocolo del centro para la profilaxis postexposición.
Residuos sanitarios: clasificación y gestión
Clasificación general
Los residuos generados en centros sanitarios se clasifican habitualmente en:
- Clase I – Residuos asimilables a urbanos: restos de comida, papel, cartón, materiales de oficina. Gestión ordinaria.
- Clase II – Residuos sanitarios no específicos: material de cura sin riesgo especial, yesos, ropa desechable sin contaminación biológica relevante. Gestión ordinaria reforzada.
- Clase III – Residuos sanitarios específicos o de riesgo: residuos que pueden transmitir enfermedades infecciosas. Requieren gestión especial. Incluyen: cultivos y reservas de agentes infecciosos, residuos de pacientes en aislamiento por enfermedades de alto riesgo, material cortante y punzante, sangre y hemoderivados en forma líquida.
- Clase IV – Residuos tipificados en normativa específica: citostáticos, medicamentos caducados, residuos radiactivos, amalgamas dentales.
Distinción clave: los objetos cortantes y punzantes se clasifican como Clase III aunque no estén contaminados visiblemente, por el riesgo potencial que suponen.
Gestión de residuos Clase III
- Envasado en bolsas amarillas o contenedores rígidos homologados de color amarillo.
- Los contenedores de cortopunzantes son rígidos, imperforables y de un solo uso.
- Los residuos no deben compactarse ni triturarse.
- El traslado interno al punto de almacenamiento intermedio debe realizarse en carros cerrados.
- La gestión externa (recogida, transporte y tratamiento) corresponde a empresas autorizadas.
Higiene de manos
La higiene de manos es la medida individual más eficaz para prevenir la transmisión de infecciones en el entorno sanitario.
Los cinco momentos de la OMS
- Antes del contacto con el paciente.
- Antes de realizar una tarea aséptica.
- Después del riesgo de exposición a fluidos corporales.
- Después del contacto con el paciente.
- Después del contacto con el entorno del paciente.
Técnicas
- Lavado con agua y jabón: indicado cuando las manos están visiblemente sucias o contaminadas con sangre u otros fluidos, y tras usar el baño. Duración mínima: 40-60 segundos.
- Fricción con solución hidroalcohólica: indicada cuando las manos no están visiblemente sucias. Más rápida y eficaz frente a la mayoría de microorganismos. Duración: 20-30 segundos.
Error frecuente: creer que los guantes sustituyen al lavado de manos. Los guantes no sustituyen la higiene de manos; esta debe realizarse antes de ponerse los guantes y después de retirarlos.
Datos numéricos y plazos que más se preguntan
- 4 grupos de clasificación de agentes biológicos (Anexo II, RD 664/1997).
- El grupo 4 es el de mayor riesgo y sin tratamiento eficaz.
- Contenedores de cortopunzantes: llenar hasta un máximo de ¾ partes.
- Lavado de manos con agua y jabón: 40-60 segundos.
- Fricción hidroalcohólica: 20-30 segundos.
- 5 momentos de higiene de manos según la OMS.
Errores típicos del opositor
- Confundir el grupo 3 con el grupo 4: ambos causan enfermedad grave, pero en el grupo 3 existe tratamiento eficaz y en el grupo 4 no.
- Pensar que las precauciones universales solo se aplican a pacientes diagnosticados de enfermedades infecciosas. Se aplican a todos.
- Clasificar los residuos cortopunzantes como Clase II. Son siempre Clase III.
- Creer que la fricción hidroalcohólica es válida cuando las manos están visiblemente sucias. En ese caso es obligatorio el lavado con agua y jabón.
- Confundir el ámbito de aplicación del RD 664/1997: se aplica a los trabajadores, no a los pacientes.
Trucos mnemotécnicos
- Grupos de agentes biológicos → “PPPT”: Poco probable (G1) / Puede causar (G2) / Peligro grave con tratamiento (G3) / Peligro grave sin Tratamiento (G4).
- Residuos Clase III → “amarillo de riesgo”: bolsa o contenedor amarillo = riesgo biológico específico.
- 5 momentos OMS → “AADAD”: Antes del contacto / Antes de tarea aséptica / Después de fluidos / Después del paciente / Después del entorno.
- Cortopunzantes → “tres cuartos y para”: nunca llenar más de ¾ el contenedor rígido.