Materia de estudio
Resumen del tema con citas literales de la normativa oficial. Lee los apuntes y luego pon a prueba lo que has aprendido en el test.
El rescate en altura constituye una de las competencias técnicas nucleares del bombero profesional. Su dominio exige conocer tanto los fundamentos físicos del trabajo vertical como la normativa que regula los equipos de protección individual (EPI) utilizados. El Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, es la norma de referencia obligatoria para cualquier pregunta sobre EPI en el ámbito laboral, incluidos los equipos de rescate vertical.
Marco normativo
Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo
Transpone la Directiva 89/656/CEE al ordenamiento español. Establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización de equipos de protección individual por los trabajadores.
- Ámbito de aplicación (art. 2): se aplica a todas las actividades y sectores, tanto públicos como privados, salvo las excepciones expresamente previstas.
- Definición de EPI (art. 2.1): «cualquier equipo destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador para que le proteja de uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad o su salud en el trabajo, así como cualquier complemento o accesorio destinado a tal fin».
- Exclusiones (art. 2.2): quedan excluidos, entre otros, los equipos de los servicios de socorro y salvamento, la ropa de trabajo corriente, los EPI de los militares y los equipos deportivos.
Atención al examen: la exclusión de los equipos de socorro y salvamento del art. 2.2 es un dato que se pregunta con frecuencia. No confundir: el RD 773/1997 regula la utilización de EPI; el RD 1407/1992 regula la comercialización y certificación de EPI (norma distinta, no incluida en este temario).
Obligaciones del empresario (arts. 3 a 7)
- Art. 3: el empresario determinará los puestos de trabajo en que deba recurrirse a la protección individual y precisará el tipo de EPI adecuado.
- Art. 4: los EPI deben utilizarse cuando los riesgos no se puedan evitar o limitar suficientemente por medios técnicos de protección colectiva o por medidas de organización del trabajo.
- Art. 5: los EPI deben cumplir las disposiciones comunitarias sobre diseño y fabricación. Deben ser adecuados a los riesgos, a las condiciones del puesto y al usuario.
- Art. 6: el empresario proporcionará gratuitamente los EPI, los mantendrá en buen estado y garantizará su correcto funcionamiento.
- Art. 7: informará y formará a los trabajadores sobre el uso correcto de los EPI. La formación es obligatoria antes del primer uso.
Obligaciones del trabajador (art. 10)
- Utilizar y cuidar correctamente los EPI.
- Colocar el EPI en el lugar indicado tras su uso.
- Informar de inmediato al superior de cualquier defecto, anomalía o daño apreciado.
Estructura del tema: rescate vertical
Clasificación de los trabajos en altura
Se distinguen tres situaciones operativas:
- Trabajo en altura: cualquier trabajo realizado a una cota superior a 2 metros sobre el nivel del suelo o sobre una superficie estable.
- Rescate vertical: intervención para recuperar a una persona que se encuentra en una posición de riesgo en altura, ya sea en fachadas, barrancos, estructuras o espacios confinados verticales.
- Progresión vertical: desplazamiento del rescatador por la cuerda, tanto en descenso como en ascenso.
Conceptos clave
Cuerdas
Las cuerdas de rescate se clasifican por su comportamiento ante la carga:
- Cuerdas estáticas (tipo A y B según EN 1891):
- Elongación reducida (generalmente inferior al 5 % con carga estática).
- Uso principal: descenso, ascenso, líneas de vida, rescate.
- Tipo A: uso general, mayor resistencia.
- Tipo B: uso restringido, menor diámetro, para sistemas de posicionamiento.
- Cuerdas dinámicas (según EN 892):
- Diseñadas para absorber la energía de una caída mediante elongación.
- Uso principal: escalada deportiva y alpinismo.
- No recomendadas para rescate por su elongación excesiva en sistemas de polipasto.
Distinción clave: cuerda estática ≠ cuerda semiestática. La semiestática admite cierta elongación controlada; la estática es prácticamente inextensible. En rescate profesional se emplean cuerdas semiestáticas de tipo A.
Nudos
Los nudos fundamentales en rescate vertical se agrupan por función:
-
Nudos de unión (para unir dos cuerdas):
- Nudo de pescador doble
- Nudo plano (solo para cuerdas planas o cintas)
- Nudo ocho doble (también llamado ocho de unión)
-
Nudos de anclaje (para fijar la cuerda a un punto):
- Nudo de ballestrinque (rápido, regulable, reversible)
- Nudo de as de guía (forma un bucle fijo; muy utilizado en rescate)
- Nudo dinámico o UIAA (para frenado dinámico sobre mosquetón)
-
Nudos de freno y bloqueo:
- Nudo Prusik (autobloqueante; se bloquea bajo carga y desliza sin ella)
- Nudo Machard (variante del Prusik, más fácil de desbloquear bajo carga)
- Nudo Klemheist (funciona también con cinta)
Distinción clave: Prusik, Machard y Klemheist son nudos autobloqueantes. Se bloquean cuando se aplica carga y se deslizan cuando se manipulan manualmente sin carga. No confundir con el nudo dinámico, que es un nudo de frenado progresivo, no autobloqueante.
Sistemas de anclaje
Un anclaje es el punto de fijación de la cuerda a una estructura. Sus características esenciales:
-
Resistencia: el anclaje debe soportar las cargas previstas con un margen de seguridad suficiente.
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Redundancia: en rescate profesional se utilizan siempre anclajes dobles o múltiples (nunca un único punto de anclaje para una línea de trabajo).
-
Tipos de anclaje:
- Naturales: árboles, rocas (requieren evaluación previa).
- Artificiales: argollas, pernos, barandillas certificadas, vehículos de bomberos.
- Construidos: con cintas, cuerdas o eslingas que distribuyen la carga entre varios puntos.
-
Sistema de anclaje en Y (o triangulación): distribuye la carga entre dos puntos. El ángulo entre las ramas del triángulo debe ser inferior a 60° para no multiplicar excesivamente la carga en cada punto.
Equipos de descenso
- Ocho (descensor en ocho): sencillo, sin mecanismo de bloqueo automático. Requiere control manual permanente.
- Rack (descensor de barras): permite regular la fricción añadiendo o quitando barras. Muy utilizado en rescate por su versatilidad con cuerdas de distintos diámetros.
- Stop / ID (descensores con bloqueo automático): incorporan mecanismo de bloqueo que detiene el descenso al soltar la mano. Mayor seguridad operativa.
- Gri-Gri: asegurador con bloqueo asistido. Más habitual en escalada que en rescate puro.
Equipos de ascenso
- Bloqueador de puño (ascendedor manual): se desplaza hacia arriba y se bloquea al cargar. Se usa en la mano dominante.
- Bloqueador de pecho (croll): se lleva en el arnés, a la altura del esternón. Trabaja en combinación con el bloqueador de puño.
- Bloqueador de pie (pedal): permite impulsar el cuerpo hacia arriba mediante la extensión de la pierna.
Sistema de ascenso estándar: la combinación croll (pecho) + bloqueador de puño + pedal de pie permite el ascenso autónomo por cuerda fija.
Datos numéricos y plazos que más se preguntan
- Elongación máxima de cuerda estática tipo A (EN 1891): ≤ 5 % bajo carga estática de 80 kg.
- Ángulo máximo recomendado en anclaje en Y para no sobrecargar los puntos: < 60°.
- Altura mínima a partir de la cual se considera trabajo en altura a efectos de protección: 2 metros.
- El RD 773/1997 transpone la Directiva 89/656/CEE.
- Fecha de entrada en vigor del RD 773/1997: 30 de mayo de 1997 (fecha de aprobación; publicado en el BOE).
Errores típicos del opositor
- Confundir el RD 773/1997 (utilización de EPI) con el RD 1407/1992 (comercialización de EPI). Son normas distintas con objetos distintos.
- Creer que el RD 773/1997 no se aplica a los bomberos por ser servicio público. El art. 2 lo aplica a todos los sectores públicos y privados; solo se excluyen los equipos de los servicios de socorro y salvamento como producto, no la obligación de usar EPI.
- Confundir cuerda dinámica con cuerda estática: la dinámica absorbe caídas (escalada), la estática/semiestática es para rescate.
- Pensar que el nudo as de guía es autobloqueante. No lo es; forma un bucle fijo pero no se bloquea bajo carga como el Prusik.
- Olvidar que el ángulo en anclaje en Y debe ser inferior a 60°, no a 90°.
Trucos mnemotécnicos
- “EPI = Equipo, Protección, Individual → 3 palabras, art. 2.1 del RD 773/1997”: recuerda que la definición legal tiene tres elementos: equipo + destinado a ser llevado o sujetado + protección frente a riesgos.
- “PRUSIK = Para Retener Una Soga, Inmoviliza con Karga”: el Prusik se bloquea bajo carga y desliza sin carga.
- “Rack = Regulable”: el descensor de barras (rack) es el más regulable; el ocho es el más sencillo.
- “Anclaje doble = nunca solo”: en rescate profesional, la redundancia es obligatoria. Un solo punto de anclaje no es aceptable.
- “60° = límite del Y”: por encima de 60° entre las ramas, la carga en cada punto supera la carga total aplicada.
- “773 = USO; 1407 = VENTA”: RD 773/1997 regula el uso de EPI; RD 1407/1992 regula la comercialización.