Materia de estudio
Resumen del tema con citas literales de la normativa oficial. Lee los apuntes y luego pon a prueba lo que has aprendido en el test.
El Título I de la Constitución Española de 1978 («De los derechos y deberes fundamentales») es el bloque más examinado en las pruebas de Guardia Civil. Las preguntas de tipo test se concentran en la clasificación de derechos, sus garantías, los límites de cada categoría y los plazos constitucionales. Dominar este título es imprescindible para superar el examen teórico.
Marco normativo
- Constitución Española de 1978 (CE), Título I, arts. 10 a 55.
- El Título I se divide en cinco capítulos con regímenes jurídicos distintos. Conocer a qué capítulo pertenece cada derecho es la clave para responder correctamente las preguntas sobre garantías y reforma.
Estructura del Título I CE
Capítulo I — De los españoles y los extranjeros (arts. 11-13)
- Art. 11 CE: La nacionalidad española se adquiere, conserva y pierde según lo que establezca la ley. Ningún español de origen podrá ser privado de su nacionalidad.
- Art. 12 CE: Los españoles son mayores de edad a los 18 años.
- Art. 13 CE: Los extranjeros gozan en España de las libertades públicas que garantiza el Título I en los términos que establezcan los tratados y la ley. Solo los españoles son titulares de los derechos reconocidos en el art. 23 CE (participación política), salvo lo que, atendiendo a criterios de reciprocidad, pueda establecerse por tratado o ley para el derecho de sufragio activo y pasivo en elecciones municipales.
Capítulo II — Derechos y libertades (arts. 14-38)
Es el capítulo más extenso y más examinado. Se divide en dos secciones:
Sección 1.ª — De los derechos fundamentales y las libertades públicas (arts. 15-29)
Son los derechos de mayor protección. Incluyen:
- Art. 15: Derecho a la vida y a la integridad física y moral. Abolición de la pena de muerte, salvo lo que puedan disponer las leyes penales militares para tiempos de guerra.
- Art. 16: Libertad ideológica, religiosa y de culto. Ninguna confesión tendrá carácter estatal.
- Art. 17: Derecho a la libertad y seguridad. La detención preventiva no podrá durar más de 72 horas (art. 17.2 CE). El procedimiento de habeas corpus se regula por ley (art. 17.4 CE).
- Art. 18: Derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. Inviolabilidad del domicilio. El secreto de las comunicaciones solo puede alzarse con resolución judicial.
- Art. 19: Libertad de residencia y circulación por el territorio nacional.
- Art. 20: Libertad de expresión, producción y creación literaria, artística, científica y técnica, y libertad de cátedra. La ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional.
- Art. 21: Derecho de reunión pacífica y sin armas. Las reuniones en lugares de tránsito público y las manifestaciones se comunicarán previamente a la autoridad; solo podrán prohibirse cuando existan razones fundadas de alteración del orden público.
- Art. 22: Derecho de asociación. Las asociaciones que persigan fines o utilicen medios tipificados como delito son ilegales.
- Art. 23: Derecho de participación en asuntos públicos, directamente o por medio de representantes. Acceso en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos.
- Art. 24: Tutela judicial efectiva. Nadie puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan delito o infracción administrativa (principio de legalidad penal, también recogido en art. 25 CE).
- Art. 27: Derecho a la educación y libertad de enseñanza. La enseñanza básica es obligatoria y gratuita.
- Art. 28: Derecho de sindicación y derecho de huelga.
- Art. 29: Derecho de petición individual y colectiva.
Sección 2.ª — De los derechos y deberes de los ciudadanos (arts. 30-38)
- Art. 30: Derecho y deber de defender España. La ley fijará las obligaciones militares. Se reconoce la objeción de conciencia.
- Art. 31: Deber de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos mediante un sistema tributario justo.
- Art. 32: Derecho al matrimonio con plena igualdad jurídica.
- Art. 33: Derecho a la propiedad privada y a la herencia. La función social de estos derechos delimitará su contenido. Nadie podrá ser privado de sus bienes sino por causa justificada de utilidad pública o interés social, mediante la correspondiente indemnización.
- Art. 35: Deber de trabajar y derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente.
- Art. 37: Derecho a la negociación colectiva laboral.
- Art. 38: Libertad de empresa en el marco de la economía de mercado.
Capítulo III — De los principios rectores de la política social y económica (arts. 39-52)
- No son derechos subjetivos directamente exigibles, sino principios que informan la legislación positiva, la práctica judicial y la actuación de los poderes públicos (art. 53.3 CE).
- Incluyen: protección de la familia (art. 39), derecho a la salud (art. 43), derecho a la vivienda (art. 47), protección del medio ambiente (art. 45), derecho a la cultura (art. 44).
Capítulo IV — De las garantías de las libertades y derechos fundamentales (arts. 53-54)
- Art. 53.1 CE: Los derechos del Capítulo II vinculan a todos los poderes públicos y solo pueden regularse por ley, que en todo caso deberá respetar su contenido esencial.
- Art. 53.2 CE: Los derechos de la Sección 1.ª del Capítulo II (arts. 15-29) y el art. 14 (igualdad) gozan de protección reforzada: recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional y procedimiento preferente y sumario ante los tribunales ordinarios.
- Art. 53.3 CE: Los principios del Capítulo III solo podrán ser alegados ante la jurisdicción ordinaria de acuerdo con lo que dispongan las leyes que los desarrollen.
- Art. 54 CE: El Defensor del Pueblo es el alto comisionado de las Cortes Generales para la defensa de los derechos del Título I.
Capítulo V — De la suspensión de los derechos y libertades (art. 55)
- Art. 55.1 CE: En los estados de excepción y de sitio pueden suspenderse los derechos reconocidos en los arts. 17, 18.2 y 18.3, 19, 20.1 a) y d) y 20.5, 21, 28.2 y 37.2 CE.
- Art. 55.2 CE: Una ley orgánica puede determinar la forma y los casos en que, de forma individual y con la necesaria intervención judicial y el adecuado control parlamentario, los derechos reconocidos en los arts. 17.2 y 18.2 y 3 pueden ser suspendidos para personas determinadas en relación con las investigaciones correspondientes a la actuación de bandas armadas o elementos terroristas.
Datos numéricos y plazos que más se preguntan
- 18 años: mayoría de edad (art. 12 CE).
- 72 horas: duración máxima de la detención preventiva (art. 17.2 CE).
- Art. 14 CE: principio de igualdad — no es un derecho del Capítulo II propiamente dicho, pero goza de la misma protección reforzada del art. 53.2 CE.
- La pena de muerte está abolida salvo en leyes penales militares para tiempos de guerra (art. 15 CE).
- La enseñanza básica es obligatoria y gratuita (art. 27.4 CE).
Errores típicos del opositor
- Confundir Capítulo II y Capítulo III: los derechos del Capítulo III (vivienda, salud, medio ambiente) no son directamente exigibles por amparo constitucional. Solo los de la Sección 1.ª del Capítulo II y el art. 14 tienen esa protección máxima.
- Creer que todos los extranjeros carecen de derechos: el art. 13 CE les reconoce las libertades del Título I según los tratados y la ley; la excepción es el art. 23 (participación política), con el matiz del sufragio municipal por reciprocidad.
- Confundir el plazo de detención: son 72 horas, no 48 ni 24. Pasado ese plazo, el detenido debe ser puesto en libertad o a disposición judicial.
- Olvidar la excepción de la pena de muerte: la CE la abole, pero el art. 15 CE contiene la salvedad para leyes penales militares en tiempo de guerra. Esta excepción aparece con frecuencia en los test.
- Situar el Defensor del Pueblo fuera del Título I: el art. 54 CE lo regula dentro del Capítulo IV del Título I, no en el Título III.
Trucos mnemotécnicos
- «17-72»: artículo 17 → 72 horas de detención máxima. Los dos números se refuerzan mutuamente.
- «S1 = Amparo»: solo la Sección 1.ª del Capítulo II (más art. 14) tiene recurso de amparo. La «A» de amparo va con la «S» de sección primera.
- «Capítulo III = Principios, no derechos»: recuerda que vivienda, salud y medio ambiente son Principios Rectores → «PRincipios, no PRotegidos por amparo».
- «Muerte abolida, guerra excepción»: la regla es abolición; la excepción, guerra + ley penal militar. Aprende la regla y su única excepción.
- «18 = mayoría»: art. 12 CE, tan simple como recordar que en España se vota y se es adulto a los 18.