Test: Delitos contra las personas: Libro II del Codigo Penal

10 preguntas tipo examen para Guardia Civil — Convocatoria 2026

Materia de estudio

Resumen del tema con citas literales de la normativa oficial. Lee los apuntes y luego pon a prueba lo que has aprendido en el test.

El Libro II del Código Penal (LO 10/1995, de 23 de noviembre) regula los delitos en particular. Los delitos contra las personas constituyen uno de los bloques más preguntados en los exámenes de Cabos y Guardias de la Guardia Civil, tanto por la densidad de tipos penales como por la precisión de las penas y los elementos diferenciadores entre figuras afines. Dominar este bloque es imprescindible para superar la prueba de Ciencias Jurídicas.


Marco normativo

  • LO 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal (CP).
  • Los delitos contra las personas se ubican en el Título I (homicidio y sus formas), Título II (aborto), Título III (lesiones), Título IV (lesiones al feto), Título V (delitos relativos a la manipulación genética), Título VI (delitos contra la libertad) y Título VII (de las torturas y otros delitos contra la integridad moral) del Libro II del CP.

Estructura del tema

Título I — Homicidio y sus formas (arts. 138 a 143 CP)

Homicidio doloso (art. 138 CP)

  • Tipo básico: matar a otro. Pena: prisión de 10 a 15 años.
  • Tipo agravado (art. 138.2 CP): cuando concurran circunstancias del art. 140.1 CP (víctima menor de 16 años o persona especialmente vulnerable, hecho subsiguiente a delito contra la libertad sexual, pertenencia a organización criminal, reincidencia cualificada). Pena: prisión de 15 a 22 años y 6 meses.

Asesinato (art. 139 CP)

  • Tipo básico: homicidio con alevosía, precio, recompensa o promesa, ensañamiento o para facilitar la comisión de otro delito o para evitar que se descubra. Pena: prisión de 15 a 25 años.
  • Asesinato agravado (art. 140 CP): cuando concurra más de una de las circunstancias del art. 139, o la víctima sea menor de 16 años o especialmente vulnerable, o sea subsiguiente a un delito contra la libertad sexual, o el autor pertenezca a organización criminal. Pena: prisión permanente revisable.

Homicidio imprudente (art. 142 CP)

  • Imprudencia grave: prisión de 1 a 4 años.
  • Imprudencia grave cometida con vehículo de motor o ciclomotor: prisión de 1 a 4 años + privación del derecho a conducir de 1 a 6 años.
  • Imprudencia menos grave: multa de 3 a 18 meses (art. 142.2 CP).

Inducción al suicidio y cooperación (art. 143 CP)

  • Inducir al suicidio: prisión de 4 a 8 años.
  • Cooperar con actos necesarios al suicidio: prisión de 2 a 5 años.
  • Ejecutar la muerte a petición expresa de la víctima: prisión de 6 a 10 años.

Título II — Aborto (arts. 144 a 146 CP)

  • Aborto sin consentimiento de la mujer (art. 144 CP): prisión de 4 a 8 años e inhabilitación especial de 3 a 10 años.
  • Aborto con consentimiento de la mujer fuera de los supuestos legales (art. 145 CP): prisión de 1 a 3 años e inhabilitación especial de 1 a 6 años. La mujer que lo consiente: multa de 6 a 24 meses.
  • Aborto por imprudencia grave (art. 146 CP): prisión de 3 a 5 meses o multa de 6 a 10 meses.

Título III — Lesiones (arts. 147 a 156 ter CP)

Lesiones dolosas

  • Tipo básico (art. 147.1 CP): causar a otro una lesión que menoscabe su integridad corporal o salud física o mental, requiriendo objetivamente para su sanidad tratamiento médico o quirúrgico. Pena: prisión de 3 meses a 3 años o multa de 6 a 12 meses.
  • Tipo menos grave (art. 147.2 CP): lesión de menor gravedad. Pena: multa de 1 a 3 meses.
  • Lesiones agravadas (art. 148 CP): uso de armas, ensañamiento, víctima menor de 12 años o incapaz, víctima pareja o ex pareja, víctima especialmente vulnerable. Pena: prisión de 2 a 5 años.

Lesiones graves (art. 149 CP)

  • Pérdida o inutilidad de órgano o miembro principal, sentido, impotencia, esterilidad, grave deformidad, grave enfermedad somática o psíquica. Pena: prisión de 6 a 12 años.

Lesiones menos graves (art. 150 CP)

  • Pérdida o inutilidad de órgano o miembro no principal, o deformidad. Pena: prisión de 3 a 6 años.

Lesiones imprudentes (art. 152 CP)

  • Imprudencia grave que cause lesiones del art. 149 CP: prisión de 1 a 3 años.
  • Imprudencia grave que cause lesiones del art. 150 CP: prisión de 6 meses a 2 años.
  • Imprudencia menos grave: multa de 3 a 12 meses.

Título VI — Delitos contra la libertad (arts. 163 a 172 ter CP)

Detención ilegal (art. 163 CP)

  • Tipo básico: encerrar o detener a otro privándole de libertad. Pena: prisión de 4 a 6 años.
  • Si la detención dura más de 15 días: prisión de 5 a 8 años (art. 163.3 CP).
  • Tipo atenuado (art. 163.2 CP): si el culpable da libertad al detenido dentro de los 3 primeros días sin haber logrado el objeto: prisión de 2 a 3 años.

Secuestro (art. 164 CP)

  • Detención ilegal bajo condición para la libertad. Pena: prisión de 6 a 10 años.
  • Si dura más de 15 días: prisión de 10 a 15 años.

Amenazas (arts. 169 a 171 CP)

  • Amenaza con mal constitutivo de delito (art. 169 CP): prisión de 1 a 5 años si la amenaza fuere condicional y se exigiere una cantidad; prisión de 6 meses a 3 años en otros casos.
  • Amenaza leve (art. 171.4 CP) a pareja o ex pareja: prisión de 3 meses a 1 año o trabajos en beneficio de la comunidad.

Coacciones (art. 172 CP)

  • Tipo básico: impedir a otro con violencia hacer lo que la ley no prohíbe o compelerle a efectuar lo que no quiere. Pena: prisión de 6 meses a 3 años o multa de 12 a 24 meses.

Stalking o acoso (art. 172 ter CP)

  • Acoso reiterado que altere gravemente el desarrollo de la vida cotidiana. Pena: prisión de 3 meses a 2 años o multa de 6 a 24 meses.

Título VII — Torturas e integridad moral (arts. 173 a 177 CP)

  • Trato degradante que menoscabe gravemente la integridad moral (art. 173.1 CP): prisión de 6 meses a 2 años.
  • Tortura cometida por autoridad o funcionario (art. 174 CP): prisión de 2 a 6 años e inhabilitación absoluta de 8 a 12 años (tipo básico).

Datos numéricos y plazos que más se preguntan

  • Homicidio básico: 10 a 15 años (art. 138 CP).
  • Asesinato básico: 15 a 25 años (art. 139 CP).
  • Asesinato agravado: prisión permanente revisable (art. 140 CP).
  • Detención ilegal básica: 4 a 6 años (art. 163.1 CP).
  • Plazo de liberación voluntaria para pena atenuada en detención ilegal: 3 primeros días (art. 163.2 CP).
  • Agravación por duración en detención ilegal y secuestro: más de 15 días (arts. 163.3 y 164 CP).
  • Lesiones del art. 149 CP: 6 a 12 años.
  • Lesiones del art. 150 CP: 3 a 6 años.

Errores típicos del opositor

  • Confundir homicidio agravado (art. 138.2) con asesinato (art. 139): el asesinato exige las circunstancias específicas del art. 139 (alevosía, precio, ensañamiento o facilitar/ocultar otro delito); el art. 138.2 agrava el homicidio por circunstancias del art. 140.1.
  • Confundir lesiones del art. 149 y art. 150: el 149 afecta a órganos o miembros principales; el 150, a los no principales. Las penas son distintas.
  • Confundir detención ilegal y secuestro: el secuestro (art. 164) añade la exigencia de una condición para la puesta en libertad.
  • Aplicar mal el plazo de 3 días: ese plazo opera solo en la detención ilegal (art. 163.2), no en el secuestro.
  • Creer que la imprudencia menos grave en homicidio lleva prisión: el art. 142.2 CP prevé solo multa de 3 a 18 meses.

Trucos mnemotécnicos

  • “10-15-25-PPR”: escala ascendente de penas en delitos contra la vida → homicidio (10-15), asesinato básico (15-25), asesinato agravado (PPR).
  • “3 días = libertad barata”: en detención ilegal, liberar en los 3 primeros días reduce la pena a 2-3 años.
  • “15 días = pena sube”: tanto en detención ilegal como en secuestro, superar los 15 días agrava la pena.
  • “149 = principal / 150 = no principal”: el número mayor del artículo corresponde a la lesión de menor gravedad (órgano no principal).
  • “Secuestro = detención + condición”: si hay exigencia de algo a cambio de la libertad, es secuestro (art. 164), no mera detención ilegal (art. 163).

Pon a prueba lo que has aprendido

10
preguntas tipo examen

Cada pregunta incluye referencia legal exacta

Preguntas de este test

Estas son las 10 preguntas que componen el test de este tema. Las respuestas correctas y la explicación detallada se revelan al completar el test arriba.

  1. Segun el articulo 138.1 del Codigo Penal, el que matare a otro sera castigado, como reo de homicidio, con la pena de prision de:

    • A) Diez a quince anos
    • B) Quince a veinte anos
    • C) Cinco a diez anos
    • D) Veinte a veinticinco anos

    Referencia: LO 10/1995, de 23 de noviembre, del Codigo Penal , Art. 138.1

  2. Segun el articulo 139.1 del Codigo Penal, sera castigado con la pena de prision de quince a veinticinco anos, como reo de asesinato, el que matare a otro concurriendo alguna de las circunstancias siguientes:

    • A) Alevosía, precio, recompensa o promesa, y ensanamiento
    • B) Premeditacion, nocturnidad y uso de arma de fuego
    • C) Dolo directo, imprudencia grave y abuso de confianza
    • D) Parentesco, superioridad manifiesta y abuso de autoridad exclusivamente

    Referencia: LO 10/1995, de 23 de noviembre, del Codigo Penal , Art. 139.1

  3. Segun el articulo 140 del Codigo Penal, el asesinato sera castigado con pena de prision permanente revisable cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

    • A) Que la victima sea menor de dieciseis anos o persona especialmente vulnerable, que el hecho fuera subsiguiente a un delito contra la libertad sexual, o que el delito se hubiera cometido por quien perteneciere a un grupo u organizacion criminal
    • B) Que se utilice un arma de fuego en cualquier circunstancia
    • C) Que el autor sea reincidente en cualquier tipo de delito
    • D) Que el asesinato se cometa en un lugar publico

    Referencia: LO 10/1995, de 23 de noviembre, del Codigo Penal , Art. 140.1

  4. Segun el articulo 147.1 del Codigo Penal, el que, por cualquier medio o procedimiento, causare a otro una lesion que menoscabe su integridad corporal o su salud fisica o mental, sera castigado como reo del delito de lesiones con la pena de prision de:

    • A) Tres meses a tres anos o multa de seis a doce meses, siempre que la lesion requiera objetivamente para su sanidad, ademas de una primera asistencia facultativa, tratamiento medico o quirurgico
    • B) Uno a cinco anos de prision en todo caso, independientemente de la gravedad
    • C) Seis meses a dos anos y multa de tres a seis meses
    • D) Multa de uno a tres meses unicamente, sin pena de prision

    Referencia: LO 10/1995, de 23 de noviembre, del Codigo Penal , Art. 147.1

  5. Segun el articulo 149.1 del Codigo Penal, el que causare a otro, por cualquier medio o procedimiento, la perdida o la inutilidad de un organo o miembro principal, o de un sentido, la impotencia, la esterilidad, una grave deformidad, o una grave enfermedad somatica o psiquica, sera castigado con pena de prision de:

    • A) Seis a doce anos
    • B) Tres a seis anos
    • C) Uno a tres anos
    • D) Diez a quince anos

    Referencia: LO 10/1995, de 23 de noviembre, del Codigo Penal , Art. 149.1

  6. Segun el articulo 163.1 del Codigo Penal, el particular que encerrare o detuviere a otro, privandole de su libertad, sera castigado con la pena de prision de:

    • A) Cuatro a seis anos
    • B) Uno a tres anos
    • C) Seis meses a dos anos
    • D) Ocho a doce anos

    Referencia: LO 10/1995, de 23 de noviembre, del Codigo Penal , Art. 163.1

  7. Segun el articulo 169 del Codigo Penal, el que amenazare a otro con causarle a el, a su familia o a otras personas con las que este intimamente vinculado, un mal que constituya delitos de homicidio, lesiones, aborto, contra la libertad, torturas, contra la integridad moral, la libertad sexual, la intimidad, el honor, el patrimonio o el orden socioeconomico, sera castigado:

    • A) Con la pena de prision de uno a cinco anos, si se hubiere hecho la amenaza exigiendo una cantidad o imponiendo cualquier otra condicion y el culpable hubiere conseguido su proposito
    • B) Con pena de multa de 6 a 12 meses unicamente en todos los casos
    • C) Con prision de diez a quince anos en todo caso
    • D) Unicamente con pena de inhabilitacion especial

    Referencia: LO 10/1995, de 23 de noviembre, del Codigo Penal , Art. 169

  8. Segun el articulo 172.1 del Codigo Penal, el que, sin estar legitimamente autorizado, impidiere a otro con violencia hacer lo que la ley no prohibe, o le compeliere a efectuar lo que no quiere, sea justo o injusto, sera castigado con la pena de:

    • A) Prision de seis meses a tres anos o con multa de 12 a 24 meses, segun la gravedad de la coaccion o de los medios empleados
    • B) Multa de uno a tres meses unicamente
    • C) Prision de tres a cinco anos en todo caso
    • D) Inhabilitacion para empleo publico de dos a cuatro anos

    Referencia: LO 10/1995, de 23 de noviembre, del Codigo Penal , Art. 172.1

  9. Segun el articulo 173.1 del Codigo Penal, el que infligiere a otra persona un trato degradante, menoscabando gravemente su integridad moral, sera castigado con la pena de prision de:

    • A) Seis meses a dos anos
    • B) Uno a tres anos
    • C) Tres a seis anos
    • D) Multa de seis a doce meses sin pena de prision

    Referencia: LO 10/1995, de 23 de noviembre, del Codigo Penal , Art. 173.1

  10. Segun el articulo 142.1 del Codigo Penal, el que por imprudencia grave causare la muerte de otro, sera castigado, como reo de homicidio imprudente, con la pena de prision de:

    • A) Uno a cuatro anos
    • B) Seis meses a un ano
    • C) Diez a quince anos
    • D) Tres a seis meses de multa unicamente

    Referencia: LO 10/1995, de 23 de noviembre, del Codigo Penal , Art. 142.1