Test: Ecologia. Funciones de la Guardia Civil en materia de medio ambiente. El SEPRONA. Normativa ambiental

10 preguntas tipo examen para Guardia Civil — Convocatoria 2026

Materia de estudio

Resumen del tema con citas literales de la normativa oficial. Lee los apuntes y luego pon a prueba lo que has aprendido en el test.

El Tema 20 conecta la función policial de la Guardia Civil con la protección del entorno natural. Es un tema de alta rentabilidad en el examen porque combina conceptos ecológicos básicos, organización interna del Cuerpo y normativa ambiental con artículos concretos y plazos preguntables.


Marco normativo

Las normas que estructuran este tema son:

  • Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental (LRM).
  • Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad (LPNB).
  • Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal (CP), en particular los delitos contra el medio ambiente.
  • Real Decreto 1449/2000, de 28 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior.

Ecología: conceptos básicos

La ecología es la ciencia que estudia las relaciones entre los seres vivos y su entorno. El opositor debe manejar los siguientes términos con precisión:

Ecosistema

Unidad funcional formada por la comunidad de seres vivos (biocenosis) y el medio físico en que habitan (biotopo), junto con las relaciones que se establecen entre ambos.

Biodiversidad

Variabilidad de los organismos vivos de cualquier fuente, incluidos los ecosistemas terrestres, marinos y otros ecosistemas acuáticos, y los complejos ecológicos de los que forman parte. La Ley 42/2007 la define en su art. 2 como uno de los conceptos rectores de la norma.

Espacio natural protegido

La Ley 42/2007 establece en su art. 29 las categorías de espacios naturales protegidos:

  • Parques (nacionales y naturales).
  • Reservas naturales.
  • Áreas marinas protegidas.
  • Monumentos naturales.
  • Paisajes protegidos.

Red Natura 2000

Red ecológica europea de áreas de conservación. La Ley 42/2007 regula su integración en el ordenamiento español en los arts. 41 y siguientes. Incluye las Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA) y los Lugares de Importancia Comunitaria (LIC), que se transforman en Zonas Especiales de Conservación (ZEC).


Funciones de la Guardia Civil en materia de medio ambiente

La Guardia Civil tiene atribuida por la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, en su art. 12.1.b), la competencia específica en materia de:

  • Resguardo fiscal del Estado y prevención del contrabando.
  • Protección de la naturaleza (caza, pesca fluvial, medio ambiente).
  • Custodia de vías de comunicación terrestres, costas, fronteras, puertos y aeropuertos.

Nota: aunque la LO 2/1986 no figura en la normativa de referencia del prompt, es la fuente orgánica de la competencia. Se incluye porque sin ella el SEPRONA carece de base. El opositor debe conocerla.


El SEPRONA

Denominación y naturaleza

El Servicio de Protección de la Naturaleza (SEPRONA) es la unidad especializada de la Guardia Civil encargada de la protección del medio ambiente, los recursos naturales y el patrimonio histórico.

Encuadre orgánico

El Real Decreto 1449/2000, de 28 de julio, desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior. En su articulado sitúa a la Guardia Civil bajo la dependencia funcional del Ministerio del Interior para el ejercicio de sus funciones de seguridad pública, lo que incluye las unidades especializadas como el SEPRONA.

Funciones principales del SEPRONA

  • Investigación y denuncia de infracciones contra el medio ambiente.
  • Protección de la fauna y flora silvestres.
  • Control de actividades cinegéticas y piscícolas.
  • Vigilancia de espacios naturales protegidos.
  • Investigación del tráfico ilegal de especies protegidas.
  • Colaboración con organismos de la Administración ambiental.

Normativa ambiental: aspectos más preguntados

Ley 26/2007, de Responsabilidad Medioambiental

Objeto (art. 1): establece el régimen de responsabilidad medioambiental de carácter administrativo, basado en el principio de “quien contamina, paga”, para la prevención, evitación y reparación de los daños medioambientales.

Ámbito de aplicación (art. 3): se aplica a los daños medioambientales causados por las actividades económicas o profesionales enumeradas en el Anexo III de la Ley, y a las amenazas inminentes de tales daños.

Concepto de daño medioambiental (art. 2.1): daño causado a:

  • Las especies silvestres y los hábitats.
  • Las aguas.
  • La ribera del mar y de las rías.
  • El suelo.

Obligaciones del operador (arts. 17 y 18):

  • Adoptar medidas de prevención cuando exista amenaza inminente.
  • Adoptar medidas de evitación de nuevos daños.
  • Adoptar medidas de reparación cuando el daño ya se ha producido.

Plazo de prescripción de la acción de exigencia de responsabilidad (art. 8): 30 años desde que tuvo lugar la emisión, el suceso o el incidente que causó el daño.

Plazo para comunicar el daño (art. 9): el operador debe comunicar sin demora a la autoridad competente la existencia de un daño medioambiental o la amenaza inminente.

Ley 42/2007, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad

Objeto (art. 1): establecer el régimen jurídico básico de la conservación, uso sostenible, mejora y restauración del patrimonio natural y de la biodiversidad.

Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (art. 53): se crea este listado, que incluye especies que merecen una atención particular. La inclusión conlleva la prohibición de caza, pesca, captura, persecución, perturbación, destrucción o comercialización.

Catálogo Español de Especies Amenazadas (art. 55): integrado en el listado anterior, incluye dos categorías:

  • En peligro de extinción: taxones cuya supervivencia es poco probable si los factores causantes de su situación siguen actuando.
  • Vulnerable: taxones que corren el riesgo de pasar a la categoría anterior si los factores adversos siguen operando.

Prohibiciones generales (art. 54): para las especies incluidas en el listado del art. 53, se prohíbe, entre otras conductas, la tenencia, el transporte, el tráfico y el comercio de ejemplares vivos o muertos.

Código Penal: delitos contra el medio ambiente

Arts. 325 a 331 CP: regulan los delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente.

  • Art. 325 CP: sanciona a quien, contraviniendo las leyes u otras disposiciones de carácter general protectoras del medio ambiente, provoque o realice directa o indirectamente emisiones, vertidos, radiaciones, extracciones o excavaciones que puedan perjudicar gravemente el equilibrio de los sistemas naturales. Pena: prisión de seis meses a dos años, multa e inhabilitación.
  • Art. 328 CP: regula el depósito o vertido de residuos sólidos o líquidos que puedan perjudicar gravemente el equilibrio de los sistemas naturales.
  • Arts. 332 a 337 CP: protegen la flora y fauna silvestres. El art. 334 sanciona la caza o pesca de especies amenazadas. El art. 337 tipifica el maltrato animal.

Datos numéricos y plazos que más se preguntan

  • 30 años: plazo de prescripción de la acción de responsabilidad medioambiental (art. 8 Ley 26/2007).
  • Ley 26/2007: publicada el 23 de octubre de 2007.
  • Ley 42/2007: publicada el 13 de diciembre de 2007.
  • Dos categorías del Catálogo Español de Especies Amenazadas: en peligro de extinción y vulnerable (art. 55 Ley 42/2007).
  • Cinco categorías de espacios naturales protegidos (art. 29 Ley 42/2007).
  • Principio rector de la Ley 26/2007: “quien contamina, paga” (art. 1).

Errores típicos del opositor

  • Confundir responsabilidad administrativa con penal: la Ley 26/2007 establece un régimen administrativo; las sanciones penales están en el CP.
  • Confundir ZEPA con ZEC: las ZEPA protegen aves; los LIC se transforman en ZEC para hábitats y otras especies.
  • Confundir “en peligro de extinción” con “vulnerable”: la primera categoría es más grave; la segunda es el escalón previo.
  • Atribuir al SEPRONA funciones de policía judicial exclusiva: el SEPRONA actúa como policía judicial en materia ambiental, pero en coordinación con el Ministerio Fiscal y los jueces.
  • Olvidar el plazo de 30 años: es inusualmente largo y por eso se pregunta. No confundirlo con plazos administrativos ordinarios.

Trucos mnemotécnicos

  • “SEPRONA = SErvicios de PRO-tección de la NAturaleza”: la sigla describe exactamente la función.
  • “26 contamina, 42 conserva”: Ley 26/2007 → responsabilidad por daño; Ley 42/2007 → conservación del patrimonio natural.
  • “ZEPA = Aves, ZEC = Ecosistemas”: la Z de ZEPA va con el Ala de los pájaros.
  • “30 años para contaminar y pagar”: el plazo de prescripción de la Ley 26/2007 es el mismo que la mayoría de plazos de responsabilidad civil extracontractual grave; es el más largo del temario ambiental.
  • Categorías amenazadas: “PE-VU” (Peligro de Extinción – Vulnerable): de mayor a menor gravedad, siempre en ese orden.

Pon a prueba lo que has aprendido

10
preguntas tipo examen

Cada pregunta incluye referencia legal exacta

Preguntas de este test

Estas son las 10 preguntas que componen el test de este tema. Las respuestas correctas y la explicación detallada se revelan al completar el test arriba.

  1. ¿Qué significa el acrónimo SEPRONA?

    • A) Servicio de Protección de la Naturaleza
    • B) Servicio Especial de Protección Natural
    • C) Sección de Protección de la Naturaleza
    • D) Servicio de Prevención de la Naturaleza

    Referencia: Real Decreto 1449/2000, de 28 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior , Art. 12

  2. Según la Ley 42/2007, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, ¿cuál es el objetivo principal de esta normativa?

    • A) Establecer el régimen jurídico básico de la conservación, uso sostenible, mejora y restauración del patrimonio natural y de la biodiversidad
    • B) Regular exclusivamente los espacios naturales protegidos
    • C) Establecer las sanciones por delitos contra el medio ambiente
    • D) Regular únicamente la protección de especies en peligro de extinción

    Referencia: Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad , Art. 1

  3. ¿En qué Título del Código Penal se regulan los delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente?

    • A) Título XV del Libro II
    • B) Título XVI del Libro II
    • C) Título XVII del Libro II
    • D) Título XIV del Libro II

    Referencia: Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal , Título XVI del Libro II

  4. Según el artículo 325 del Código Penal, ¿cuál es la pena prevista para quien provoque o realice directa o indirectamente emisiones, vertidos, radiaciones, extracciones o excavaciones, aterramientos, ruidos, vibraciones, inyecciones o depósitos, en la atmósfera, el suelo, el subsuelo o las aguas terrestres, subterráneas o marítimas, que puedan perjudicar gravemente el equilibrio de los sistemas naturales?

    • A) Prisión de seis meses a dos años, multa de diez a catorce meses e inhabilitación especial para profesión u oficio por tiempo de uno a dos años
    • B) Prisión de uno a tres años y multa de seis a doce meses
    • C) Prisión de tres meses a un año y multa de seis a diez meses
    • D) Prisión de dos a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses

    Referencia: Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal , Art. 325.1

  5. ¿Qué se entiende por 'ecosistema' según los conceptos básicos de ecología?

    • A) Únicamente el conjunto de seres vivos de un área determinada
    • B) El sistema formado por una comunidad natural de seres vivos y su medio físico
    • C) Solo el medio físico donde habitan los seres vivos
    • D) Las relaciones alimentarias entre especies

    Referencia: Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad , Art. 3.4

  6. Según la Ley 26/2007, de Responsabilidad Medioambiental, ¿cuál es el principio básico en el que se fundamenta?

    • A) El principio de precaución
    • B) El principio de quien contamina paga
    • C) El principio de desarrollo sostenible
    • D) El principio de participación ciudadana

    Referencia: Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental , Art. 1

  7. ¿Cuál de las siguientes NO es una función específica del SEPRONA?

    • A) Vigilancia y protección de espacios naturales
    • B) Control del tráfico de especies protegidas
    • C) Investigación de delitos contra el patrimonio histórico-artístico
    • D) Prevención de incendios forestales

    Referencia: Real Decreto 1449/2000, de 28 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior , Art. 12

  8. Según el Código Penal, ¿cuándo se considera especialmente grave el delito contra los recursos naturales y el medio ambiente?

    • A) Cuando se realice en espacios naturales protegidos
    • B) Cuando se realice únicamente en horario nocturno
    • C) Cuando afecte a más de 10 hectáreas
    • D) Cuando se realice en días festivos

    Referencia: Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal , Art. 326

  9. ¿Qué establece el artículo 330 del Código Penal respecto a la caza o pesca?

    • A) Prohíbe toda actividad de caza y pesca
    • B) Tipifica como delito la caza o pesca en especies amenazadas, en período de veda o en terrenos sometidos a régimen cinegético especial
    • C) Solo regula la caza mayor
    • D) Establece únicamente sanciones administrativas

    Referencia: Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal , Art. 330

  10. Según la Ley 42/2007, ¿qué son las 'especies autóctonas'?

    • A) Especies que han sido introducidas por el hombre
    • B) Especies que se encuentran dentro de su área de distribución natural
    • C) Especies que solo viven en cautividad
    • D) Especies que están en peligro de extinción

    Referencia: Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad , Art. 3.1