Test: Medio ambiente: delitos ecologicos (CP, Ley 42/2007 patrimonio natural)

10 preguntas tipo examen para Guardia Civil — Convocatoria 2026

Materia de estudio

Resumen del tema con citas literales de la normativa oficial. Lee los apuntes y luego pon a prueba lo que has aprendido en el test.

El Tema 21 conecta el Derecho Penal ambiental con la normativa administrativa de protección de la naturaleza, dos planos que la Guardia Civil aplica de forma cotidiana a través del Servicio de Protección de la Naturaleza (SEPRONA). El opositor debe dominar tanto los tipos penales del Código Penal como el régimen de protección de la Ley 42/2007, distinguiendo cuándo una conducta es infracción administrativa y cuándo constituye delito.


Marco normativo

  • Código Penal (CP): Libro II, Título XVI, «De los delitos relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo, la protección del patrimonio histórico y el medio ambiente» (arts. 319 a 340 CP).
  • Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad (en adelante, Ley 42/2007): norma básica estatal que regula la conservación, uso sostenible y restauración del patrimonio natural y la biodiversidad.
  • LO 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad: establece las funciones de la Guardia Civil, entre ellas la vigilancia del medio ambiente (art. 12.1.b LO 2/1986), competencia que se ejerce principalmente a través del SEPRONA.

Delitos ecológicos en el Código Penal

Delito de contaminación (art. 325 CP)

Es el tipo básico de los delitos contra el medio ambiente. Castiga a quien, contraviniendo las leyes u otras disposiciones de carácter general protectoras del medio ambiente, provoque o realice directa o indirectamente emisiones, vertidos, radiaciones, extracciones o excavaciones, aterramientos, ruidos, vibraciones, inyecciones o depósitos en la atmósfera, el suelo, el subsuelo o las aguas terrestres, subterráneas o marítimas, incluido el alta mar, que puedan perjudicar gravemente el equilibrio de los sistemas naturales.

  • La pena prevista en el tipo básico es de prisión de seis meses a dos años, multa e inhabilitación.
  • Si el riesgo de grave perjuicio fuese para la salud de las personas, se aplica la pena en su mitad superior (art. 325.2 CP).

Tipos agravados (art. 326 CP)

Las penas se imponen en su mitad superior cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

  • Que la industria o actividad funcione clandestinamente.
  • Que se hayan desobedecido órdenes expresas de la autoridad administrativa.
  • Que se haya falseado u ocultado información ambiental.
  • Que se haya obstaculizado la actividad inspectora.
  • Que se haya producido un riesgo de deterioro irreversible o catastrófico.
  • Que se haya afectado a un espacio natural protegido.

Responsabilidad de personas jurídicas (art. 328 CP)

Las personas jurídicas son penalmente responsables de los delitos de los arts. 325 a 327 CP, conforme al régimen general del art. 31 bis CP.

Delitos relativos a la flora y fauna protegidas

Fauna (art. 334 CP): Castiga a quien cace, pesque, adquiera, posea o destruya especies de fauna amenazada, o destruya o altere gravemente su hábitat, contraviniendo las leyes protectoras.

  • Pena: prisión de cuatro meses a dos años o multa, e inhabilitación especial.

Flora (art. 332 CP): Castiga a quien corte, tale, arranque, recolecte, adquiera, posea o destruya especies de flora amenazada o sus propágulos, o destruya o altere gravemente su hábitat.

  • Pena: prisión de cuatro meses a dos años o multa, e inhabilitación especial.

Incendio forestal (art. 352 CP): Los incendios forestales que afecten a espacios naturales protegidos tienen pena agravada. El tipo básico de incendio forestal se regula en el art. 352 CP; si afecta a zona declarada de alto riesgo o a espacio natural protegido, la pena es de prisión de uno a cinco años (art. 353 CP).

Medidas cautelares y reparación del daño (art. 339 CP)

Los jueces y tribunales pueden ordenar la adopción de medidas encaminadas a restaurar el equilibrio ecológico perturbado, así como cualquier otra medida cautelar necesaria para la protección de los bienes tutelados.


Ley 42/2007, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad

Objeto y principios (art. 1 Ley 42/2007)

La ley tiene por objeto el régimen jurídico básico de la conservación, uso sostenible, mejora y restauración del patrimonio natural y de la biodiversidad española. Se fundamenta en los principios de precaución, prevención, «quien contamina paga» y restauración.

Red Natura 2000 (arts. 41 a 49 Ley 42/2007)

Es la red ecológica europea de áreas de conservación de la biodiversidad. En España integra:

  • Zonas Especiales de Conservación (ZEC): designadas conforme a la Directiva Hábitats.
  • Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA): designadas conforme a la Directiva Aves.

La gestión de los espacios de la Red Natura 2000 corresponde a las comunidades autónomas (art. 45 Ley 42/2007).

Espacios naturales protegidos (arts. 27 a 40 Ley 42/2007)

La ley establece las siguientes categorías de espacios protegidos:

  • Parques: áreas poco transformadas por la explotación humana que, en razón de la belleza de sus paisajes, la representatividad de sus ecosistemas o la singularidad de su flora, fauna o sus formaciones geomorfológicas, poseen unos valores ecológicos, estéticos, educativos y científicos cuya conservación merece atención preferente (art. 30 Ley 42/2007).
  • Reservas Naturales: espacios cuya conservación exige la limitación de la explotación de los recursos, con especial protección de los ecosistemas frágiles o amenazados (art. 31 Ley 42/2007).
  • Monumentos Naturales: espacios o elementos de la naturaleza constituidos básicamente por formaciones de notoria singularidad, rareza o belleza (art. 32 Ley 42/2007).
  • Paisajes Protegidos: partes del territorio que las Administraciones competentes consideren merecedoras de una protección especial por sus valores naturales, estéticos y culturales (art. 34 Ley 42/2007).

Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (LESPRE) (art. 53 Ley 42/2007)

Incluye taxones o poblaciones de la flora y fauna que sean merecedores de una atención y protección particular. Dentro del LESPRE se incluye el Catálogo Español de Especies Amenazadas, que distingue entre:

  • En peligro de extinción: cuando su supervivencia es poco probable si los factores causantes de su situación siguen actuando.
  • Vulnerable: cuando su situación es de riesgo de pasar a la categoría anterior si los factores adversos no son corregidos.

La inclusión en el Catálogo conlleva la prohibición de dar muerte, dañar, molestar o inquietar a los animales incluidos (art. 54 Ley 42/2007).

Régimen sancionador (arts. 76 a 80 Ley 42/2007)

Las infracciones se clasifican en:

  • Muy graves: multa de 200.001 a 2.000.000 euros.
  • Graves: multa de 2.001 a 200.000 euros.
  • Leves: multa de hasta 2.000 euros.

La competencia sancionadora corresponde a la Administración competente por razón del territorio. La prescripción de las infracciones es de 5 años para las muy graves, 3 años para las graves y 1 año para las leves (art. 79 Ley 42/2007).


Datos numéricos y plazos que más se preguntan

  • Pena tipo básico contaminación (art. 325 CP): 6 meses a 2 años de prisión.
  • Pena caza/pesca de especies amenazadas (art. 334 CP): 4 meses a 2 años o multa.
  • Multa infracción muy grave Ley 42/2007: hasta 2.000.000 euros.
  • Multa infracción leve Ley 42/2007: hasta 2.000 euros.
  • Prescripción infracciones muy graves: 5 años.
  • Prescripción infracciones leves: 1 año.
  • Ley 42/2007: aprobada el 13 de diciembre de 2007.

Errores típicos del opositor

  • Confundir infracción administrativa con delito: la clave es la gravedad del perjuicio y la contravención de normas protectoras. No todo daño ambiental es delito; puede ser solo infracción administrativa sancionada por la Ley 42/2007.
  • Confundir ZEC y ZEPA: las ZEC derivan de la Directiva Hábitats; las ZEPA, de la Directiva Aves. Ambas integran la Red Natura 2000.
  • Confundir Parque con Reserva Natural: en la Reserva Natural la explotación de recursos está más limitada; el Parque admite mayor compatibilidad con usos.
  • Atribuir la gestión de Red Natura 2000 al Estado: corresponde a las comunidades autónomas (art. 45 Ley 42/2007).
  • Olvidar la responsabilidad penal de personas jurídicas en delitos ambientales (art. 328 CP).

Trucos mnemotécnicos

  • SEPRONA = Servicio de PROtección de la NAturaleza: la Guardia Civil es el brazo ejecutor en medio natural; recuerda que su competencia ambiental está en el art. 12.1.b LO 2/1986.
  • «6 meses – 2 años» para contaminación básica: piensa en «medio año, dos años» → art. 325 CP.
  • «4 meses – 2 años» para fauna y flora amenazada: un mes menos en el mínimo respecto al 325 → arts. 332 y 334 CP.
  • LESPRE → dentro, el Catálogo: el Catálogo está dentro del LESPRE, no al revés.
  • Multas 42/2007: «2 – 200 – 2.000.000»: leve hasta 2.000 €; grave hasta 200.000 €; muy grave hasta 2.000.000 €. Cada escalón multiplica por 100.
  • Prescripción 5-3-1: muy grave 5 años, grave 3 años, leve 1 año. Orden decreciente igual que la gravedad.

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10
preguntas tipo examen

Cada pregunta incluye referencia legal exacta

Preguntas de este test

Estas son las 10 preguntas que componen el test de este tema. Las respuestas correctas y la explicación detallada se revelan al completar el test arriba.

  1. Los delitos contra el medio ambiente se regulan en el Codigo Penal en los articulos:

    • A) 325 a 331 del Codigo Penal
    • B) 368 a 378 del Codigo Penal
    • C) 234 a 242 del Codigo Penal
    • D) 570 a 580 del Codigo Penal

    Referencia: Codigo Penal , Arts. 325-331

  2. El articulo 325 del Codigo Penal castiga a quien, contraviniendo las leyes u otras disposiciones de caracter general protectoras del medio ambiente:

    • A) Provoque o realice directa o indirectamente emisiones, vertidos, radiaciones, extracciones o excavaciones, aterramientos, ruidos, vibraciones, inyecciones o depositos que puedan perjudicar gravemente el equilibrio de los sistemas naturales
    • B) Realice exclusivamente vertidos de sustancias toxicas en cursos de agua
    • C) Produzca contaminacion acustica solo cuando supere los limites legales en mas de 20 decibelios
    • D) Cause unicamente danos a especies animales protegidas

    Referencia: Codigo Penal , Art. 325

  3. La Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, tiene como objeto:

    • A) Establecer el regimen juridico basico de la conservacion, uso sostenible, mejora y restauracion del patrimonio natural y de la biodiversidad
    • B) Regular exclusivamente los parques nacionales de Espana
    • C) Establecer las sanciones penales por delitos ecologicos
    • D) Gestionar unicamente las especies en peligro de extincion

    Referencia: Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad , Art. 1

  4. Segun la Ley 42/2007, el Listado de Especies Silvestres en Regimen de Proteccion Especial incluye:

    • A) Especies, subespecies y poblaciones merecedoras de una atencion y proteccion particular, e incorpora el Catalogo Espanol de Especies Amenazadas
    • B) Unicamente las especies declaradas en peligro critico de extincion
    • C) Solo las especies de fauna, excluyendo la flora silvestre
    • D) Las especies invasoras que deben ser erradicadas del territorio

    Referencia: Ley 42/2007 , Art. 56

  5. El articulo 334 del Codigo Penal castiga a quien cace, pesque, adquiera, posea o destruya especies protegidas con pena de:

    • A) Prision de 6 meses a 2 anos o multa de 8 a 24 meses e inhabilitacion especial para el ejercicio de la caza o pesca
    • B) Multa de 100 a 600 euros exclusivamente
    • C) Prision de 3 a 6 anos en todo caso
    • D) Unicamente la inhabilitacion para la caza sin pena de prision

    Referencia: Codigo Penal , Art. 334

  6. Segun la Ley 42/2007, los espacios naturales protegidos se clasifican en las siguientes categorias:

    • A) Parques, reservas naturales, areas marinas protegidas, monumentos naturales y paisajes protegidos
    • B) Solo parques nacionales y parques naturales
    • C) Zonas de especial conservacion y zonas de especial proteccion para las aves exclusivamente
    • D) Reservas de la biosfera y sitios Ramsar unicamente

    Referencia: Ley 42/2007 , Art. 29

  7. El SEPRONA (Servicio de Proteccion de la Naturaleza) de la Guardia Civil tiene entre sus funciones:

    • A) La proteccion del medio ambiente, los espacios naturales, los recursos hidraulicos, la caza y pesca, y el patrimonio historico
    • B) Exclusivamente la vigilancia de los parques nacionales
    • C) La gestion administrativa de licencias de caza y pesca
    • D) La investigacion de delitos informaticos relacionados con el medio ambiente

    Referencia: LO 2/1986, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad / Normativa interna Guardia Civil , Art. 12 LO 2/1986

  8. El articulo 326 del Codigo Penal regula los delitos contra el medio ambiente relacionados con:

    • A) La gestion de residuos, incluyendo el traslado, la recogida, el almacenamiento y el vertido ilegal de residuos
    • B) Unicamente la contaminacion acustica en zonas residenciales
    • C) La emision de gases de efecto invernadero por empresas industriales
    • D) La tala ilegal de arboles en montes publicos exclusivamente

    Referencia: Codigo Penal , Art. 326

  9. Segun la Ley 42/2007, el Catalogo Espanol de Especies Amenazadas clasifica las especies en:

    • A) Dos categorias: en peligro de extincion y vulnerables
    • B) Cuatro categorias: critica, en peligro, vulnerable y casi amenazada
    • C) Tres categorias: extinta, amenazada y protegida
    • D) Una unica categoria denominada 'especie protegida'

    Referencia: Ley 42/2007 , Art. 56

  10. El articulo 330 del Codigo Penal castiga a quien, en un espacio natural protegido:

    • A) Danare gravemente alguno de los elementos que hayan servido para calificarlo como tal, con pena de prision de 1 a 4 anos y multa de 12 a 24 meses
    • B) Realice cualquier actividad recreativa sin autorizacion, con pena de multa
    • C) Transite sin permiso por senderos no habilitados, con pena de trabajos en beneficio de la comunidad
    • D) Construya cualquier edificacion, con pena de prision de 5 a 10 anos

    Referencia: Codigo Penal , Art. 330