Test: Ley General de Sanidad y estructura del Servicio Andaluz de Salud

10 preguntas tipo examen para Celador SAS — Convocatoria 2026

Materia de estudio

Resumen del tema con citas literales de la normativa oficial. Lee los apuntes y luego pon a prueba lo que has aprendido en el test.

El Tema 3 es uno de los más preguntados en las oposiciones de Celador del SAS porque combina el marco estatal con el autonómico andaluz. Dominar la estructura orgánica del SAS y los principios de la Ley General de Sanidad es imprescindible para superar el examen tipo test, donde abundan las preguntas sobre órganos, funciones y principios rectores.


Marco normativo

  • Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad (LGS): norma estatal básica que establece el Sistema Nacional de Salud (SNS). Publicada en el BOE. Regula los derechos de los ciudadanos, los principios del sistema sanitario y la coordinación entre Administraciones.
  • Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía (LSA): norma autonómica publicada en el BOJA. Desarrolla el Sistema Sanitario Público de Andalucía (SSPA) y regula el Servicio Andaluz de Salud (SAS) como organismo autónomo de carácter administrativo.

Estructura del tema

  1. Principios y derechos en la Ley General de Sanidad
  2. El Sistema Nacional de Salud
  3. La Ley de Salud de Andalucía: objeto y principios
  4. El Sistema Sanitario Público de Andalucía
  5. El Servicio Andaluz de Salud: naturaleza, órganos y estructura

Conceptos clave

Principios rectores de la Ley General de Sanidad

El art. 1 LGS establece que la Ley tiene por objeto la regulación general de todas las acciones que permitan hacer efectivo el derecho a la protección de la salud reconocido en el art. 43 de la Constitución Española.

El art. 3 LGS proclama que los medios y actuaciones del sistema sanitario estarán orientados prioritariamente a la promoción de la salud y a la prevención de las enfermedades.

Los principios fundamentales del sistema sanitario, recogidos en el art. 3 LGS, son:

  • Universalidad: extensión de los servicios sanitarios a toda la población.
  • Equidad: superación de los desequilibrios territoriales y sociales.
  • Integración: coordinación de los recursos sanitarios públicos en un dispositivo único.
  • Financiación pública mediante recursos de las Administraciones Públicas.

Derechos de los ciudadanos (LGS)

El art. 10 LGS recoge los derechos de los usuarios respecto a las distintas Administraciones Públicas sanitarias. Entre los más preguntados:

  • Derecho al respeto a la personalidad, dignidad humana e intimidad (art. 10.1 LGS).
  • Derecho a la información sobre los servicios sanitarios disponibles (art. 10.2 LGS).
  • Derecho a la confidencialidad de toda la información relacionada con su proceso (art. 10.3 LGS).
  • Derecho a ser advertido de si los procedimientos de pronóstico, diagnóstico y terapéuticos que se le apliquen pueden ser utilizados en función de un proyecto docente o de investigación (art. 10.6 LGS).
  • Derecho a la libre elección entre las opciones que le presente el responsable médico (art. 10.6 LGS).
  • Derecho a negarse al tratamiento, excepto en los casos señalados por la Ley (art. 10.9 LGS).

El Sistema Nacional de Salud

El art. 44 LGS define el SNS como el conjunto de los Servicios de Salud de la Administración del Estado y de los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas.

Las características del SNS según el art. 46 LGS son:

  • Extensión de sus servicios a toda la población.
  • Organización adecuada para prestar una atención integral a la salud.
  • Coordinación y, en su caso, integración de todos los recursos sanitarios públicos en un dispositivo único.
  • Financiación pública, universalidad y gratuidad de los servicios sanitarios en el momento del uso.
  • Superación de los desequilibrios territoriales y sociales.

Objeto y principios de la Ley de Salud de Andalucía

El art. 1 LSA establece que la Ley tiene por objeto la regulación de las actuaciones que, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, permitan hacer efectivo el derecho a la protección de la salud.

Los principios rectores del Sistema Sanitario Público de Andalucía, recogidos en el art. 3 LSA, incluyen:

  • Universalidad en el acceso a las prestaciones.
  • Financiación pública.
  • Equidad en el acceso y en la distribución de recursos.
  • Integración de las actuaciones de promoción, prevención, asistencia y rehabilitación.
  • Solidaridad y superación de desequilibrios territoriales y sociales.
  • Participación ciudadana y comunitaria.
  • Eficiencia en la utilización de los recursos.

El Sistema Sanitario Público de Andalucía (SSPA)

El art. 5 LSA define el SSPA como el conjunto de recursos, medidas y actuaciones de las Administraciones Públicas de Andalucía orientados a hacer efectivo el derecho a la protección de la salud.

Integran el SSPA (art. 6 LSA):

  • Los recursos, medidas y actuaciones de la Junta de Andalucía en materia sanitaria.
  • Los recursos de las Corporaciones Locales destinados a la salud pública.
  • Otros recursos públicos vinculados mediante convenio.

El Servicio Andaluz de Salud: naturaleza jurídica

El art. 59 LSA crea el Servicio Andaluz de Salud como organismo autónomo de carácter administrativo, adscrito a la Consejería competente en materia de salud.

Sus funciones principales son la gestión y administración de los centros, servicios y establecimientos sanitarios de protección de la salud y de atención sanitaria y sociosanitaria.

Órganos de gobierno del SAS

Conforme a la LSA y a su normativa de desarrollo, los órganos de gobierno del SAS son:

  • Consejo de Administración: órgano colegiado de gobierno. Está presidido por la persona titular de la Consejería competente en materia de salud.
  • Dirección Gerencia: órgano unipersonal de dirección y gestión ordinaria. Ostenta la representación del organismo.

Estructura territorial del SAS

La LSA organiza el territorio andaluz en:

  • Áreas de Salud (art. 56 LSA): demarcaciones geográficas básicas para la organización del sistema sanitario. Deben tener una población entre 200.000 y 250.000 habitantes, aunque pueden existir excepciones justificadas por razones geográficas, sociosanitarias o de dispersión de la población.
  • Zonas Básicas de Salud (art. 57 LSA): marco territorial elemental del sistema sanitario, donde se presta la atención primaria de salud.

Datos numéricos y plazos que más se preguntan

  • Fecha de la LGS: 25 de abril de 1986 (Ley 14/1986).
  • Fecha de la LSA: 15 de junio de 1998 (Ley 2/1998).
  • Artículo constitucional del derecho a la salud: art. 43 CE.
  • Población de referencia del Área de Salud: entre 200.000 y 250.000 habitantes (art. 56 LSA).
  • Naturaleza jurídica del SAS: organismo autónomo de carácter administrativo (art. 59 LSA).
  • Número de la Ley General de Sanidad: Ley 14/1986.
  • Número de la Ley de Salud de Andalucía: Ley 2/1998.

Errores típicos del opositor

  • Confundir SNS con SSPA: el SNS es el sistema estatal (art. 44 LGS); el SSPA es el sistema autonómico andaluz (art. 5 LSA). Son conceptos distintos aunque complementarios.
  • Confundir Área de Salud con Zona Básica de Salud: el Área es la demarcación básica de organización (con cifra de población); la Zona Básica es la unidad elemental de atención primaria. El examen suele preguntar a cuál corresponde la cifra de 200.000-250.000 habitantes (al Área).
  • Atribuir al SAS personalidad jurídica propia de derecho privado: el SAS es organismo autónomo de carácter administrativo, no entidad de derecho privado.
  • Confundir el órgano que preside el Consejo de Administración: lo preside el titular de la Consejería de Salud, no el Director Gerente. El Director Gerente dirige la gestión ordinaria.
  • Creer que la LGS regula solo el SNS: la LGS regula el conjunto del sistema sanitario y los derechos de los ciudadanos, no únicamente la estructura del SNS.
  • Situar la financiación del SNS fuera de los principios del art. 46 LGS: la financiación pública y la gratuidad en el momento del uso son características expresamente recogidas en ese artículo.

Trucos mnemotécnicos

  • “14 del 86, la salud es ley” → Ley 14/1986, LGS.
  • “2 del 98, Andalucía cuida” → Ley 2/1998, LSA.
  • “43 CE = salud” → El derecho a la protección de la salud está en el art. 43 CE (no en el 41, que es Seguridad Social).
  • “200-250 = Área” → La cifra de población (200.000-250.000 h.) corresponde siempre al Área de Salud, no a la Zona Básica.
  • Para recordar los principios del SNS (art. 46 LGS): U-E-I-F-SUniversalidad, Equidad, Integración, Financiación pública, Superación de desequilibrios.
  • “SAS = autónomo administrativo” → Nunca privado, nunca empresa pública. Organismo autónomo de carácter administrativo.

Pon a prueba lo que has aprendido

10
preguntas tipo examen

Cada pregunta incluye referencia legal exacta

Preguntas de este test

Estas son las 10 preguntas que componen el test de este tema. Las respuestas correctas y la explicación detallada se revelan al completar el test arriba.

  1. Segun el articulo 56.2 de la Ley 14/1986, General de Sanidad, las Areas de Salud se delimitaran teniendo en cuenta factores de diversos tipos. Como regla general, cada provincia tendra como minimo:

    • A) Un Area de Salud, y se podran establecer tantas como requieran las necesidades sanitarias
    • B) Tres Areas de Salud, una por cada nivel asistencial
    • C) Cinco Areas de Salud distribuidas segun la densidad de poblacion
    • D) Diez Areas de Salud como maximo para no fragmentar la gestion

    Referencia: Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad , Art. 56.2

  2. Segun el articulo 44 de la Ley 14/1986, General de Sanidad, todas las estructuras y servicios publicos al servicio de la salud integraran el Sistema Nacional de Salud. El SNS se define como:

    • A) El conjunto de los Servicios de Salud de la Administracion del Estado y de los Servicios de Salud de las Comunidades Autonomas, debidamente coordinados
    • B) La red de hospitales publicos gestionados directamente por el Ministerio de Sanidad
    • C) El organismo autonomo dependiente del Ministerio de Sanidad que coordina la asistencia sanitaria
    • D) La totalidad de centros sanitarios publicos y privados del territorio espanol

    Referencia: Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad , Art. 44.2

  3. La Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucia, crea el Servicio Andaluz de Salud (SAS). Segun el articulo 64 de esta ley, el SAS es:

    • A) Un organismo autonomo de caracter administrativo de la Junta de Andalucia, adscrito a la Consejeria de Salud
    • B) Una empresa publica dependiente del Parlamento de Andalucia
    • C) Una fundacion publica sanitaria con personalidad juridica propia
    • D) Una sociedad mercantil publica participada por la Junta de Andalucia

    Referencia: Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucia , Art. 64

  4. Segun el articulo 10 de la Ley 14/1986, General de Sanidad, todos tienen los siguientes derechos con respecto a las distintas administraciones publicas sanitarias. El articulo 10.3 reconoce el derecho a:

    • A) La confidencialidad de toda la informacion relacionada con su proceso y con su estancia en instituciones sanitarias publicas y privadas que colaboren con el sistema publico
    • B) Recibir copia integra de su historia clinica de forma inmediata y sin solicitud previa
    • C) Elegir libremente el hospital y la planta donde desea ser ingresado
    • D) No recibir informacion sobre su diagnostico si asi lo solicita el medico

    Referencia: Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad , Art. 10.3

  5. Segun el articulo 26 de la Ley 2/1998, de Salud de Andalucia, el Sistema Sanitario Publico de Andalucia se estructura en el primer nivel de atencion bajo la denominacion de:

    • A) Distritos de Atencion Primaria
    • B) Zonas Basicas de Salud exclusivamente
    • C) Areas Hospitalarias de referencia
    • D) Centros de Salud Comarcales

    Referencia: Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucia , Art. 26

  6. Segun el articulo 3 de la Ley 14/1986, General de Sanidad, los medios y actuaciones del sistema sanitario estaran orientados prioritariamente a:

    • A) La promocion de la salud y a la prevencion de las enfermedades
    • B) La asistencia hospitalaria y la atencion especializada
    • C) La investigacion biomedica y el desarrollo farmaceutico
    • D) La rehabilitacion y reinsercion social de los pacientes cronicos

    Referencia: Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad , Art. 3.1

  7. Segun el articulo 65 de la Ley 2/1998, de Salud de Andalucia, son funciones del Servicio Andaluz de Salud, entre otras:

    • A) La gestion del conjunto de prestaciones sanitarias en el ambito de la Comunidad Autonoma de Andalucia
    • B) La aprobacion de leyes sanitarias autonomicas y la regulacion farmaceutica
    • C) La inspeccion sanitaria de establecimientos alimentarios y la sanidad exterior
    • D) La formacion universitaria de profesionales sanitarios y la acreditacion de titulos

    Referencia: Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucia , Art. 65

  8. Segun el articulo 46 de la Ley 14/1986, General de Sanidad, son caracteristicas fundamentales del Sistema Nacional de Salud, entre otras:

    • A) La prestacion de una atencion integral de la salud procurando altos niveles de calidad debidamente evaluados y controlados
    • B) La gestion centralizada de todos los servicios sanitarios desde el Ministerio de Sanidad
    • C) La financiacion exclusiva mediante cuotas de la Seguridad Social
    • D) La participacion exclusiva de los profesionales sanitarios en los organos de gobierno

    Referencia: Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad , Art. 46.d)

  9. Segun el articulo 69 de la Ley 2/1998, de Salud de Andalucia, la Direccion Gerencia del SAS esta asistida por los siguientes organos directivos centrales. Cual de los siguientes NO es un organo directivo central del SAS segun esta ley?

    • A) La Direccion General de Inspeccion Sanitaria
    • B) La Direccion General de Asistencia Sanitaria
    • C) La Direccion General de Personal y Desarrollo Profesional
    • D) La Direccion General de Gestion Economica y Servicios

    Referencia: Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucia , Art. 69

  10. Segun el articulo 42 de la Ley 14/1986, General de Sanidad, las Corporaciones Locales participaran en los organos de direccion de las Areas de Salud. Las responsabilidades minimas de los Ayuntamientos en relacion con la sanidad incluyen:

    • A) Control sanitario del medio ambiente: contaminacion atmosferica, abastecimiento de aguas, saneamiento de aguas residuales, residuos urbanos e industriales
    • B) La gestion directa de los centros de atencion primaria de su municipio
    • C) La contratacion de personal medico y de enfermeria para los consultorios locales
    • D) La aprobacion de los protocolos clinicos de actuacion en emergencias sanitarias

    Referencia: Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad , Art. 42.3