Materia de estudio
Resumen del tema con citas literales de la normativa oficial. Lee los apuntes y luego pon a prueba lo que has aprendido en el test.
El Tema 20 conecta directamente con los valores que sustentan la institución militar en un Estado democrático. La Constitución Española (CE) de 1978 es el texto fundacional del ordenamiento jurídico español y el marco en el que se inserta la función de las Fuerzas Armadas. Conocer sus principios, estructura y preceptos esenciales es imprescindible para superar el examen de Tropa y Marinería.
Marco normativo
- Constitución Española, aprobada por las Cortes el 31 de octubre de 1978, ratificada en referéndum el 6 de diciembre de 1978 y sancionada por el Rey el 27 de diciembre de 1978.
- Publicada en el BOE núm. 311, de 29 de diciembre de 1978.
- Consta de un Preámbulo, 169 artículos, 4 disposiciones adicionales, 9 disposiciones transitorias, 1 disposición derogatoria y 1 disposición final.
- Se divide en Título Preliminar y 10 Títulos.
Estructura del tema
1. España como Estado social y democrático de Derecho
El art. 1.1 CE proclama:
«España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.»
Cuatro valores superiores: libertad, justicia, igualdad y pluralismo político. Memorizarlos en ese orden.
El art. 1.2 CE establece que «la soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado».
El art. 1.3 CE define la forma política del Estado: «La forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria».
2. La Constitución como norma suprema
El art. 9.1 CE dispone que «los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico».
El art. 9.3 CE garantiza, entre otros principios:
- La legalidad.
- La jerarquía normativa.
- La publicidad de las normas.
- La irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales.
- La seguridad jurídica.
- La responsabilidad de los poderes públicos.
- La interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.
3. Derechos y libertades fundamentales
Los derechos fundamentales se recogen en el Título I (arts. 10 a 55 CE).
El art. 10.1 CE establece que «la dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social».
Derechos más preguntados en examen:
- Art. 14 CE — Igualdad ante la ley. Prohibición de discriminación por nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición.
- Art. 15 CE — Derecho a la vida y a la integridad física y moral. Abolición de la pena de muerte (salvo lo que puedan disponer las leyes penales militares para tiempos de guerra).
- Art. 16 CE — Libertad ideológica, religiosa y de culto. Ninguna confesión tendrá carácter estatal.
- Art. 17 CE — Derecho a la libertad y seguridad. La detención preventiva no podrá durar más de 72 horas.
- Art. 18 CE — Derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. Inviolabilidad del domicilio.
- Art. 19 CE — Derecho a elegir libremente la residencia y a circular por el territorio nacional.
- Art. 20 CE — Libertad de expresión, producción literaria, artística y científica, y libertad de información.
- Art. 23 CE — Derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes.
- Art. 27 CE — Derecho a la educación. Se reconoce la libertad de enseñanza.
- Art. 28 CE — Derecho de sindicación y derecho a la huelga.
- Art. 30 CE — Derecho y deber de defender España. La ley fijará las obligaciones militares.
- Art. 35 CE — Deber de trabajar y derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente.
4. Garantías de los derechos fundamentales
- Recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional (art. 53.2 CE): protege los derechos del art. 14 y la Sección 1.ª del Capítulo II (arts. 15 a 29 CE).
- Defensor del Pueblo (art. 54 CE): alto comisionado de las Cortes Generales para la defensa de los derechos del Título I.
- Los derechos del art. 14 y la Sección 1.ª del Capítulo II gozan de tutela judicial preferente y sumaria (art. 53.2 CE).
5. Las Fuerzas Armadas en la Constitución
El art. 8.1 CE establece:
«Las Fuerzas Armadas, constituidas por el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire, tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional.»
Tres misiones esenciales:
- Garantizar la soberanía e independencia de España.
- Defender la integridad territorial.
- Defender el ordenamiento constitucional.
El art. 8.2 CE señala que una ley orgánica regulará las bases de la organización militar.
6. La reforma constitucional
- Procedimiento ordinario (art. 167 CE): aprobación por mayoría de tres quintos de cada Cámara. Si no hay acuerdo, se crea una Comisión Mixta. Si tampoco prospera, el Congreso puede aprobarla por mayoría de dos tercios si el Senado la aprobó por mayoría absoluta.
- Procedimiento agravado (art. 168 CE): para la revisión total o de materias especialmente protegidas (Título Preliminar, Sección 1.ª del Capítulo II del Título I, y Título II). Requiere aprobación por dos tercios de cada Cámara, disolución de las Cortes, ratificación por las nuevas Cámaras por dos tercios, y referéndum obligatorio.
Datos numéricos y plazos que más se preguntan
- 6 de diciembre de 1978: referéndum de ratificación de la CE.
- 29 de diciembre de 1978: publicación en el BOE.
- 169 artículos en total.
- 72 horas: duración máxima de la detención preventiva (art. 17 CE).
- 3/5 de cada Cámara: mayoría para reforma ordinaria (art. 167 CE).
- 2/3 de cada Cámara: mayoría para reforma agravada (art. 168 CE).
- 4 valores superiores: libertad, justicia, igualdad, pluralismo político (art. 1.1 CE).
- 3 misiones de las Fuerzas Armadas (art. 8.1 CE).
- 3 ejércitos: Ejército de Tierra, Armada, Ejército del Aire (art. 8.1 CE).
Errores típicos del opositor
- Confundir Monarquía parlamentaria (art. 1.3 CE) con monarquía constitucional: la CE establece expresamente «parlamentaria».
- Creer que la pena de muerte está abolida de forma absoluta: el art. 15 CE la suprime salvo lo que puedan disponer las leyes penales militares para tiempos de guerra.
- Confundir el referéndum obligatorio (reforma agravada, art. 168) con el referéndum potestativo (reforma ordinaria, art. 167, que lo permite si lo solicita una décima parte de los miembros de cualquier Cámara).
- Atribuir a las Fuerzas Armadas solo dos misiones: son tres según el art. 8.1 CE.
- Situar la soberanía en el Rey o en el Estado: reside en el pueblo español (art. 1.2 CE).
- Confundir el Defensor del Pueblo (comisionado parlamentario, art. 54 CE) con el Ministerio Fiscal o con el Tribunal Constitucional.
Trucos mnemotécnicos
- «LiJuIguPlu» → los 4 valores superiores del art. 1.1 CE: Libertad, Justicia, Igualdad, Pluralismo político.
- «SIT» → las 3 misiones de las FFAA (art. 8.1 CE): Soberanía, Integridad territorial, ordenamiento consTitucional.
- «72 horas = 3 días» → la detención preventiva no puede superar las 72 horas (art. 17 CE). Tres días, fácil de recordar.
- «3/5 ordinaria — 2/3 agravada» → a mayor importancia de la reforma, mayor mayoría exigida. Lo «agravado» exige más.
- «6-D» → el 6 de diciembre es el Día de la Constitución, fecha del referéndum de 1978.