Materia de estudio
Resumen del tema con citas literales de la normativa oficial. Lee los apuntes y luego pon a prueba lo que has aprendido en el test.
El Gobierno Abierto y la Ley 19/2013 constituyen materia habitual en los exámenes de Auxiliar Administrativo del Estado. La transparencia pública es uno de los ejes de la modernización administrativa y aparece con frecuencia en preguntas sobre plazos, órganos y obligaciones concretas. Dominar esta ley es imprescindible para superar el bloque de Administración Pública del temario C2.
Marco normativo
La norma central de este tema es la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (en adelante, LTBG). Fue publicada en el BOE el 10 de diciembre de 2013 y entró en vigor de forma escalonada.
Su objeto se recoge en el art. 1 LTBG: ampliar y reforzar la transparencia de la actividad pública, regular y garantizar el derecho de acceso a la información pública, y establecer las obligaciones de buen gobierno que deben cumplir los responsables públicos.
Estructura del tema
1. Gobierno Abierto: concepto y principios
El Gobierno Abierto no tiene una definición legal única en la LTBG, pero se articula sobre tres pilares que sí recoge la ley:
- Transparencia: la Administración publica información de forma activa y pasiva.
- Participación ciudadana: los ciudadanos intervienen en la toma de decisiones públicas.
- Colaboración: cooperación entre Administraciones y con la sociedad civil.
La LTBG desarrolla principalmente el pilar de la transparencia y el buen gobierno, dejando la participación a otras normas sectoriales.
2. Ámbito subjetivo de la LTBG
El art. 2 LTBG establece a qué entidades se aplica la ley. Quedan sujetos a las obligaciones de publicidad activa:
- La Administración General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales.
- Las entidades gestoras y los servicios comunes de la Seguridad Social.
- Los organismos autónomos, agencias estatales y entidades públicas empresariales.
- Las sociedades mercantiles en cuyo capital social la participación pública sea superior al 50 %.
- Las fundaciones del sector público y las asociaciones constituidas por Administraciones Públicas.
- El Congreso de los Diputados, el Senado, el Tribunal Constitucional y el Consejo de Estado, en lo relativo a sus actividades sujetas a Derecho Administrativo.
El art. 3 LTBG extiende determinadas obligaciones a partidos políticos, organizaciones sindicales, organizaciones empresariales y entidades privadas que perciban subvenciones o ayudas públicas por encima de los umbrales que fija la propia ley.
Conceptos clave
Publicidad activa
Regulada en los arts. 5 a 11 LTBG. Consiste en la obligación de las Administraciones de publicar información de forma periódica y actualizada, sin necesidad de que el ciudadano la solicite.
El art. 5.4 LTBG establece que la información se publicará en las correspondientes sedes electrónicas o páginas web de forma clara, estructurada y entendible.
Las categorías de información que deben publicarse son:
- Información institucional, organizativa y de planificación (art. 6): estructura organizativa, normativa aplicable, planes y programas.
- Información de relevancia jurídica (art. 7): directrices, instrucciones, circulares, respuestas a consultas con efectos jurídicos generales.
- Información económica, presupuestaria y estadística (art. 8): contratos, convenios, subvenciones, presupuestos, cuentas anuales, retribuciones de altos cargos.
Derecho de acceso a la información pública
Regulado en los arts. 12 a 23 LTBG. Toda persona tiene derecho a acceder a la información pública, sin necesidad de motivar la solicitud (art. 14.1 LTBG permite denegarlo por causas tasadas, no por ausencia de motivación).
Límites al derecho de acceso (art. 14 LTBG): seguridad nacional, defensa, relaciones exteriores, seguridad pública, prevención e investigación de infracciones penales, intereses económicos y comerciales, política económica y monetaria, secreto profesional, propiedad intelectual e industrial, garantía de la confidencialidad en los procesos de toma de decisión, y protección del medio ambiente.
Cuando la información afecte a datos personales, se aplica el régimen del art. 15 LTBG, que distingue según la categoría del dato.
Procedimiento de acceso
- La solicitud se dirige al titular del órgano que posea la información (art. 17 LTBG).
- No es necesario identificar el expediente; basta con especificar la información solicitada.
- El plazo máximo de resolución es de 1 mes desde la recepción de la solicitud (art. 20.1 LTBG).
- Dicho plazo puede ampliarse hasta otro mes más cuando el volumen o la complejidad de la información lo justifique, con notificación previa al solicitante (art. 20.1 LTBG).
- La falta de resolución en plazo tiene efecto de silencio negativo (desestimatorio) (art. 20.4 LTBG).
Buen gobierno
El Título II (arts. 25 a 40 LTBG) regula el buen gobierno. Establece principios de actuación para los altos cargos y asimilados de la Administración General del Estado.
Se distinguen:
- Principios generales (art. 26): actuación con transparencia, eficacia, austeridad, imparcialidad, etc.
- Principios de buen gobierno propiamente dichos: de actuación y de gestión económico-financiera.
El régimen sancionador del Título II clasifica las infracciones en:
- Infracciones en materia de conflictos de intereses (art. 27).
- Infracciones disciplinarias (art. 28).
- Infracciones en materia de gestión económico-presupuestaria (art. 29).
Las sanciones pueden ser: destitución del cargo, no poder ser nombrado para puestos de alto cargo durante un período determinado, y reintegro de cantidades indebidamente percibidas.
El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno
Regulado en los arts. 33 a 40 LTBG.
Naturaleza y adscripción
Es un organismo público independiente con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar (art. 33.1 LTBG). Está adscrito al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas (según la redacción original de la ley; la adscripción ministerial concreta puede variar por reorganización del Gobierno, pero la ley lo adscribe al ministerio competente en materia de Hacienda y Administraciones Públicas).
Funciones principales (art. 34 LTBG)
- Velar por el cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa.
- Conocer y resolver las reclamaciones que se formulen contra resoluciones en materia de acceso a la información pública.
- Promover la transparencia y el buen gobierno.
- Asesorar en materia de transparencia.
Composición (art. 36 LTBG)
El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno está integrado por:
- La Presidencia: nombrada por el Consejo de Ministros entre personas de reconocida competencia, previa comparecencia en el Congreso de los Diputados. Su mandato es de 5 años, no renovable.
- Una Comisión de Transparencia y Buen Gobierno, de composición plural.
Reclamación ante el Consejo
El art. 24 LTBG regula la reclamación como vía alternativa y previa al recurso contencioso-administrativo. El plazo para interponerla es de 1 mes desde la notificación del acto impugnado o desde que se produzca el silencio negativo. La resolución de la reclamación se dicta en el plazo de 3 meses; transcurrido ese plazo sin resolución, se entiende desestimada.
Datos numéricos y plazos que más se preguntan
- Plazo general de resolución del derecho de acceso: 1 mes (art. 20.1 LTBG).
- Ampliación del plazo: hasta 1 mes más (art. 20.1 LTBG).
- Silencio administrativo en acceso a información: negativo (art. 20.4 LTBG).
- Plazo para interponer reclamación ante el Consejo: 1 mes (art. 24 LTBG).
- Plazo de resolución de la reclamación: 3 meses (art. 24 LTBG).
- Mandato del Presidente del Consejo: 5 años, no renovable (art. 36 LTBG).
- Umbral de participación pública en sociedades mercantiles: más del 50 % (art. 2 LTBG).
Errores típicos del opositor
- Confundir publicidad activa (la Administración publica sin que nadie lo pida) con derecho de acceso (el ciudadano solicita información concreta). Son dos títulos distintos de la ley.
- Creer que el silencio en el procedimiento de acceso es positivo: es negativo (art. 20.4 LTBG).
- Situar el Consejo de Transparencia bajo el Ministerio de Presidencia: la ley lo adscribe al ministerio competente en Hacienda y Administraciones Públicas.
- Confundir el plazo de resolución del acceso (1 mes) con el plazo de resolución de la reclamación ante el Consejo (3 meses).
- Pensar que hay que motivar la solicitud de acceso: no es necesario (art. 17.3 LTBG).
Trucos mnemotécnicos
- “PAB”: los tres pilares del Gobierno Abierto son Participación, Apertura (transparencia) y Buen gobierno / colaboración.
- “1-1-3”: plazo de acceso = 1 mes; ampliación = 1 mes más; resolución de reclamación = 3 meses.
- “Silencio NEGRO en acceso”: el silencio es siempre negativo en la LTBG, al contrario que en el procedimiento administrativo general donde puede ser positivo.
- “5 años sin vuelta atrás”: el mandato del Presidente del Consejo dura 5 años y no se renueva.
- “50 % y ya eres público”: las sociedades mercantiles con más del 50 % de capital público quedan sujetas a la ley.