Test: La Administracion General del Estado. Los Ministerios y su estructura interna. Organismos publicos. La Administracion General del Estado en el exterior

10 preguntas tipo examen para Auxiliar Estado — Convocatoria 2026

Materia de estudio

Resumen del tema con citas literales de la normativa oficial. Lee los apuntes y luego pon a prueba lo que has aprendido en el test.

El Tema 4 es uno de los más recurrentes en los exámenes de Auxiliar Administrativo del Estado. Combina estructura orgánica, tipología de entes y presencia exterior de la AGE, tres ámbitos que generan preguntas de detalle sobre denominaciones, jerarquías y clasificaciones. La norma de referencia es la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP), completada por el Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, sobre estructura departamental.


Marco normativo

  • Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP): regula la organización y funcionamiento de las Administraciones Públicas. Los preceptos sobre la AGE se concentran en el Título II (arts. 55 a 139).
  • Real Decreto 2/2020, de 12 de enero: reestructura los departamentos ministeriales tras la formación del Gobierno de coalición. Es la norma vigente de referencia para el número y denominación de los ministerios.

La Administración General del Estado

Concepto y principios de organización

La AGE actúa con personalidad jurídica única (art. 3.4 LRJSP). Se organiza en unidades administrativas que se integran en órganos. Los órganos pueden ser:

  • Colegiados: varios titulares (ej. Consejo de Ministros).
  • Unipersonales: un solo titular (ej. Ministro, Secretario de Estado).

Los principios de organización de la AGE son (art. 3 LRJSP):

  • Jerarquía
  • Descentralización funcional
  • Desconcentración funcional y territorial
  • Economía, suficiencia y adecuación estricta de los medios a los fines institucionales
  • Simplicidad, claridad y proximidad a los ciudadanos
  • Coordinación

Órganos superiores y órganos directivos

El art. 55 LRJSP distingue entre:

Órganos superiores:

  • Ministros
  • Secretarios de Estado

Órganos directivos:

  • Subsecretarios
  • Secretarios generales
  • Secretarios generales técnicos
  • Directores generales
  • Subdirectores generales

Los órganos superiores establecen los planes de actuación y los órganos directivos los ejecutan (art. 55.2 LRJSP).

Importante: los Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas y los Subdelegados del Gobierno en las provincias también son órganos directivos de la AGE en el territorio (arts. 69 y 73 LRJSP).


Los Ministerios y su estructura interna

Concepto

Los Ministerios son los grandes departamentos en que se divide la AGE para la gestión de los asuntos públicos. Su creación, modificación, fusión y supresión se acuerda mediante Real Decreto del Presidente del Gobierno (art. 57.1 LRJSP).

Estructura interna tipo de un Ministerio

De mayor a menor rango jerárquico:

  1. Ministro/a — órgano superior; dirige el departamento y lo representa.
  2. Secretario/a de Estado — órgano superior; puede existir o no en cada ministerio.
  3. Subsecretario/a — órgano directivo; existe en todos los ministerios; coordina los servicios comunes.
  4. Secretario/a General — órgano directivo; no existe en todos los ministerios.
  5. Secretario/a General Técnico — órgano directivo; depende del Subsecretario; existe en todos los ministerios.
  6. Director/a General — órgano directivo; gestiona una o varias áreas funcionales.
  7. Subdirector/a General — órgano directivo; nivel inferior; ejecuta las directrices del Director General.

Regla de memorización: Ministro → Secretario de Estado → Subsecretario → Secretario General → Secretario General Técnico → Director General → Subdirector General.

Creación de órganos

  • Los órganos con rango de Dirección General o superior se crean por Real Decreto del Consejo de Ministros (art. 59.1 LRJSP).
  • Los órganos de rango inferior a Dirección General se crean por Orden Ministerial (art. 59.2 LRJSP).

Los Ministerios según el Real Decreto 2/2020

El RD 2/2020, de 12 de enero, establece la estructura departamental vigente. Fija 22 ministerios. Entre los más preguntados por su denominación exacta:

  • Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
  • Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
  • Ministerio de Hacienda
  • Ministerio de Justicia
  • Ministerio del Interior
  • Ministerio de Defensa
  • Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
  • Ministerio de Educación y Formación Profesional
  • Ministerio de Sanidad
  • Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030
  • Ministerio de Igualdad
  • Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

Atención: las denominaciones exactas son fuente habitual de preguntas. Memoriza las más largas o atípicas.


Organismos públicos

Concepto y clasificación

Los organismos públicos son entidades de Derecho público vinculadas o dependientes de la AGE (art. 84 LRJSP). Se crean por Ley (art. 91.1 LRJSP).

El art. 84 LRJSP clasifica los organismos públicos en:

  • Organismos autónomos (OA)
  • Entidades públicas empresariales (EPE)
  • Agencias estatales

Además, el Sector Público Institucional del Estado incluye también (art. 84.1 LRJSP):

  • Autoridades administrativas independientes
  • Sociedades mercantiles estatales
  • Consorcios
  • Fundaciones del sector público
  • Fondos sin personalidad jurídica

Organismos autónomos

  • Se rigen por el Derecho Administrativo (art. 98.1 LRJSP).
  • Realizan actividades de fomento, prestacionales o de gestión de servicios públicos.
  • Su personal es funcionario, salvo puestos que requieran conocimientos técnicos especializados.

Entidades públicas empresariales

  • Se rigen por el Derecho Privado, salvo en el ejercicio de potestades públicas (art. 103.1 LRJSP).
  • Realizan actividades de prestación de servicios o producción de bienes susceptibles de contraprestación económica.
  • Su personal se rige por el Derecho Laboral.

Distinción clave OA vs EPE

  • OA → Derecho Administrativo → personal funcionario.
  • EPE → Derecho Privado (con excepciones) → personal laboral.

Esta distinción es la más preguntada en test sobre organismos públicos.


La Administración General del Estado en el exterior

Marco normativo

Los arts. 84 y siguientes, y especialmente los arts. 106 a 108 LRJSP, regulan la organización exterior. La estructura exterior de la AGE se integra en las Misiones Diplomáticas, Representaciones Permanentes y Oficinas Consulares.

Órganos de la AGE en el exterior

Según el art. 106 LRJSP, la AGE en el exterior se organiza a través de:

  • Misiones Diplomáticas permanentes: representan al Estado ante otros Estados.
  • Misiones Diplomáticas especiales: carácter temporal.
  • Representaciones y Misiones Permanentes ante Organizaciones Internacionales.
  • Delegaciones: representan a España en órganos de organizaciones internacionales o en conferencias.
  • Oficinas Consulares: ejercen funciones consulares.
  • Instituciones y organismos públicos de la AGE en el exterior.

Dependencia orgánica

Todos estos órganos dependen del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, sin perjuicio de la dependencia funcional que puedan tener respecto de otros ministerios (art. 106.2 LRJSP).


Datos numéricos y plazos que más se preguntan

  • 22 ministerios → RD 2/2020, de 12 de enero.
  • Creación de ministerios: Real Decreto del Presidente del Gobierno (art. 57.1 LRJSP).
  • Creación de órganos ≥ Dirección General: Real Decreto del Consejo de Ministros (art. 59.1 LRJSP).
  • Creación de órganos < Dirección General: Orden Ministerial (art. 59.2 LRJSP).
  • Creación de organismos públicos: por Ley (art. 91.1 LRJSP).
  • Ley 40/2015: entrada en vigor el 2 de octubre de 2016 (un año después de su publicación).

Errores típicos del opositor

  • Confundir Secretario de Estado (órgano superior) con Subsecretario (órgano directivo). El Secretario de Estado está por encima.
  • Creer que el Secretario General Técnico depende del Director General: depende del Subsecretario.
  • Afirmar que los organismos autónomos se rigen por Derecho Privado: es al revés, se rigen por Derecho Administrativo.
  • Confundir la norma de creación de ministerios (Real Decreto del Presidente) con la de creación de órganos directivos (Real Decreto del Consejo de Ministros).
  • Pensar que la Ley 40/2015 entró en vigor el mismo día de su publicación: entró en vigor al año de su publicación en el BOE.

Trucos mnemotécnicos

  • Órganos superiores = “Mi Secreto”Ministro + Secretorio de Estado.
  • OA = “A de Administrativo y A de funcionArio” → Organismos Autónomos, Derecho Administrativo, personal funcionario.
  • EPE = “Empresa Privada Empresarial” → Entidad Pública Empresarial, Derecho Privado, personal laboral.
  • Creación de ministerios: el PRESIDENTE decide solo. Creación de Direcciones Generales: el CONSEJO decide en conjunto.
  • Para recordar la jerarquía interna: “Mi Señor Subsecretario, Señor General, Director Subdirector” → Ministro, Secretario de Estado, Subsecretario, Secretario General, Secretario General Técnico, Director General, Subdirector General.

Pon a prueba lo que has aprendido

10
preguntas tipo examen

Cada pregunta incluye referencia legal exacta

Preguntas de este test

Estas son las 10 preguntas que componen el test de este tema. Las respuestas correctas y la explicación detallada se revelan al completar el test arriba.

  1. Según la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, ¿qué comprende la Administración General del Estado?

    • A) Los órganos superiores y directivos de la Administración General del Estado, los servicios comunes y los órganos y unidades administrativas de los departamentos ministeriales
    • B) Únicamente los Ministerios y sus órganos directivos
    • C) Los órganos superiores, los organismos públicos y las entidades de derecho público vinculadas
    • D) Los departamentos ministeriales y los organismos autónomos exclusivamente

    Referencia: Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público , Art. 4.1

  2. ¿Cuáles son los órganos superiores de los departamentos ministeriales según la Ley 40/2015?

    • A) El Ministro y los Secretarios de Estado
    • B) El Ministro, los Secretarios de Estado y los Subsecretarios
    • C) Únicamente el Ministro
    • D) El Ministro, los Secretarios de Estado y los Directores Generales

    Referencia: Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público , Art. 5.1

  3. Según el Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, ¿cuántos departamentos ministeriales se establecen en la estructura del Gobierno?

    • A) 22 departamentos ministeriales
    • B) 20 departamentos ministeriales
    • C) 24 departamentos ministeriales
    • D) 18 departamentos ministeriales

    Referencia: Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales , Art. 1

  4. ¿Cuáles son los órganos directivos de los departamentos ministeriales según la Ley 40/2015?

    • A) Los Subsecretarios, los Secretarios Generales, los Secretarios Generales Técnicos, los Directores Generales y los Subdirectores Generales
    • B) Los Subsecretarios, los Directores Generales y los Subdirectores Generales
    • C) Los Secretarios de Estado, los Subsecretarios y los Directores Generales
    • D) Los Subsecretarios, los Directores Generales, los Subdirectores Generales y los Jefes de Servicio

    Referencia: Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público , Art. 6.1

  5. Según la Ley 40/2015, ¿qué tipos de organismos públicos existen vinculados o dependientes de la Administración General del Estado?

    • A) Organismos autónomos, entidades públicas empresariales y agencias estatales
    • B) Organismos autónomos y entidades públicas empresariales únicamente
    • C) Organismos autónomos, entidades públicas empresariales, agencias estatales y fundaciones públicas
    • D) Entidades públicas empresariales y sociedades mercantiles estatales

    Referencia: Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público , Art. 84.1

  6. ¿Qué característica define a los organismos autónomos según la Ley 40/2015?

    • A) Son organismos públicos con personalidad jurídica propia, creados para la realización de actividades administrativas
    • B) Son organismos públicos que realizan actividades económicas en régimen de derecho privado
    • C) Son organismos públicos con autonomía funcional para el ejercicio de potestades administrativas
    • D) Son organismos públicos de carácter fundacional

    Referencia: Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público , Art. 85.1

  7. Según la Ley 40/2015, ¿cuál es la función principal de la Subsecretaría en los departamentos ministeriales?

    • A) La gestión de los servicios comunes del departamento y el apoyo técnico a los órganos superiores y directivos
    • B) La dirección política del departamento ministerial
    • C) La coordinación con otros departamentos ministeriales
    • D) La gestión económico-financiera exclusivamente

    Referencia: Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público , Art. 7.1

  8. ¿Qué órgano tiene la representación ordinaria del departamento ministerial en el exterior según la Ley 40/2015?

    • A) El Ministro
    • B) El Secretario de Estado
    • C) El Subsecretario
    • D) El Embajador en cada país

    Referencia: Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público , Art. 5.2

  9. Según la Ley 40/2015, ¿qué requisito es necesario para la creación de organismos públicos?

    • A) Que se justifique que su actividad no puede ser desarrollada con mayor eficacia y eficiencia por la Administración General del Estado
    • B) Que tengan un presupuesto superior a 10 millones de euros
    • C) Que sean aprobados por las Cortes Generales
    • D) Que tengan personalidad jurídica de derecho privado

    Referencia: Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público , Art. 84.2

  10. ¿Cuál es la denominación correcta del departamento ministerial encargado de los asuntos exteriores según el Real Decreto 2/2020?

    • A) Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
    • B) Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación
    • C) Ministerio de Relaciones Exteriores
    • D) Ministerio de Asuntos Exteriores

    Referencia: Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales , Art. 1