Test: Prevencion de riesgos laborales (Ley 31/1995)

10 preguntas tipo examen para Auxiliar Estado — Convocatoria 2026

Materia de estudio

Resumen del tema con citas literales de la normativa oficial. Lee los apuntes y luego pon a prueba lo que has aprendido en el test.

La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) es norma de referencia obligatoria en el temario de Auxiliar Administrativo del Estado. Aparece con frecuencia en los exámenes a través de preguntas sobre derechos y obligaciones, órganos de representación y plazos concretos. Su dominio exige conocer tanto los principios generales como los artículos específicos más preguntados.

Marco normativo

  • Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales (BOE núm. 269, de 10 de noviembre de 1995).
  • Transpone la Directiva 89/391/CEE del Consejo, relativa a la aplicación de medidas para promover la mejora de la seguridad y salud de los trabajadores.
  • Tiene carácter de norma mínima: las disposiciones de desarrollo o complementarias pueden mejorar, pero no reducir, el nivel de protección (art. 2.2 LPRL).
  • Su ámbito de aplicación se extiende a las relaciones laborales reguladas en el Estatuto de los Trabajadores, a las relaciones de carácter administrativo o estatutario del personal al servicio de las Administraciones Públicas, y a los socios trabajadores de cooperativas (art. 3.1 LPRL).

Objeto y definiciones esenciales

Objeto de la ley (art. 2 LPRL)

Promover la seguridad y la salud de los trabajadores mediante la aplicación de medidas y el desarrollo de las actividades necesarias para la prevención de riesgos derivados del trabajo.

Definiciones clave (art. 4 LPRL)

El art. 4 LPRL recoge el glosario oficial. Los más preguntados:

  • Prevención: conjunto de actividades o medidas adoptadas o previstas en todas las fases de actividad de la empresa con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo.
  • Riesgo laboral: posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo.
  • Riesgo laboral grave e inminente: aquel que resulte probable racionalmente que se materialice en un futuro inmediato y pueda suponer un daño grave para la salud de los trabajadores (art. 4.4 LPRL).
  • Daños derivados del trabajo: enfermedades, patologías o lesiones sufridas con motivo u ocasión del trabajo.
  • Equipo de protección individual (EPI): cualquier equipo destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador para que le proteja de uno o varios riesgos.
  • Condición de trabajo: cualquier característica del mismo que pueda tener una influencia significativa en la generación de riesgos para la seguridad y salud del trabajador (art. 4.7 LPRL).

Principios de la acción preventiva (art. 15 LPRL)

El empresario aplicará las medidas que integran el deber general de prevención con arreglo a los siguientes principios, por orden de prioridad:

  1. Evitar los riesgos.
  2. Evaluar los riesgos que no se puedan evitar.
  3. Combatir los riesgos en su origen.
  4. Adaptar el trabajo a la persona.
  5. Tener en cuenta la evolución de la técnica.
  6. Sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro.
  7. Planificar la prevención.
  8. Adoptar medidas que antepongan la protección colectiva a la individual.
  9. Dar las debidas instrucciones a los trabajadores.

Derechos y obligaciones

Derechos de los trabajadores (arts. 14 y 19 LPRL)

  • Derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo (art. 14.1 LPRL). Este derecho supone la existencia de un deber correlativo del empresario.
  • Derecho a recibir información sobre los riesgos del puesto y las medidas preventivas (art. 18 LPRL).
  • Derecho a recibir formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, en materia preventiva (art. 19 LPRL). La formación debe impartirse dentro de la jornada de trabajo o, en su defecto, en otras horas pero con descuento de aquellas en la jornada. Su coste no recaerá en ningún caso sobre los trabajadores.
  • Derecho a interrumpir la actividad y abandonar el lugar de trabajo en caso de riesgo grave e inminente (art. 21.2 LPRL).
  • Derecho a la vigilancia periódica de su estado de salud (art. 22 LPRL). Esta vigilancia es, con carácter general, voluntaria para el trabajador; solo es obligatoria en los supuestos expresamente previstos en la ley.

Obligaciones de los trabajadores (art. 29 LPRL)

  • Usar correctamente los medios y equipos de protección.
  • Utilizar correctamente las máquinas, aparatos y herramientas.
  • No poner fuera de funcionamiento los dispositivos de seguridad.
  • Informar de inmediato a su superior jerárquico sobre cualquier situación que entrañe riesgo.
  • Cooperar con el empresario para garantizar unas condiciones de trabajo seguras.

El incumplimiento de estas obligaciones tiene la consideración de incumplimiento laboral (art. 29.3 LPRL).

Organización de la prevención

Servicios de prevención (arts. 30 y 31 LPRL)

El empresario puede organizar la prevención mediante:

  • Asunción personal por el empresario (solo en empresas de hasta 10 trabajadores, o hasta 25 si hay un único centro de trabajo, y el empresario desarrolla habitualmente su actividad en el centro).
  • Designación de trabajadores.
  • Servicio de prevención propio.
  • Servicio de prevención ajeno.

Delegados de Prevención (arts. 35 y 36 LPRL)

Son los representantes de los trabajadores con funciones específicas en materia de prevención. Se eligen por y entre los representantes del personal.

Número de Delegados de Prevención según plantilla (art. 35.2 LPRL):

  • De 50 a 100 trabajadores: 2 delegados.
  • De 101 a 500 trabajadores: 3 delegados.
  • De 501 a 1.000 trabajadores: 4 delegados.
  • De 1.001 a 2.000 trabajadores: 5 delegados.
  • De 2.001 a 3.000 trabajadores: 6 delegados.
  • De 3.001 a 4.000 trabajadores: 7 delegados.
  • De 4.001 en adelante: 8 delegados.

En empresas de hasta 30 trabajadores, el Delegado de Personal ejerce las competencias de Delegado de Prevención. En empresas de 31 a 49 trabajadores, hay 1 Delegado de Prevención elegido por y entre los Delegados de Personal.

Comité de Seguridad y Salud (art. 38 LPRL)

  • Se constituye en empresas o centros de trabajo con 50 o más trabajadores.
  • Es un órgano paritario y colegiado: igual número de Delegados de Prevención y de representantes del empresario.
  • Se reúne trimestralmente y siempre que lo solicite alguna de las representaciones.

Datos numéricos y plazos que más se preguntan

  • Umbral para constituir el Comité de Seguridad y Salud: 50 trabajadores (art. 38.1 LPRL).
  • Reunión del Comité: trimestralmente como mínimo (art. 38.3 LPRL).
  • Formación de los trabajadores: a cargo del empresario, sin coste para el trabajador (art. 19.1 LPRL).
  • Vigilancia de la salud: carácter voluntario con carácter general (art. 22.1 LPRL).
  • Empresas de hasta 10 trabajadores (o 25 con un solo centro): el empresario puede asumir personalmente la prevención.

Errores típicos del opositor

  • Confundir “riesgo grave e inminente” con cualquier riesgo: el art. 4.4 LPRL exige que sea probable racionalmente que se materialice en un futuro inmediato y que el daño sea grave.
  • Creer que la vigilancia de la salud es siempre obligatoria: solo lo es en los supuestos legalmente previstos; la regla general es la voluntariedad (art. 22.1 LPRL).
  • Confundir Delegado de Prevención con miembro del Comité: el Delegado de Prevención es el representante de los trabajadores en materia preventiva; el Comité es el órgano mixto que se forma a partir de 50 trabajadores.
  • Invertir el orden de los principios del art. 15: el primero es evitar el riesgo, no evaluarlo. Evaluar es el segundo principio, para los riesgos que no se puedan evitar.
  • Atribuir el coste de la formación al trabajador: la ley es taxativa en que el coste no recae sobre el trabajador (art. 19.1 LPRL).

Trucos mnemotécnicos

  • “EECASPAD” para los principios del art. 15 (orden aproximado): Evitar, Evaluar, Combatir en origen, Adaptar, Seguir la técnica, Sustituir, Planificar, Anteponer colectiva, Dar instrucciones.
  • Comité = 50: la cifra 50 es el umbral de casi todos los órganos de representación colectiva; aplica también aquí.
  • Delegados de Prevención: “2-3-4-5-6-7-8” para los tramos de 50 en adelante: empieza en 2 y sube uno por cada tramo hasta llegar a 8 para más de 4.000.
  • Vigilancia de salud: “voluntaria salvo ley”: la excepción requiere norma expresa; la regla es la voluntariedad.

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10
preguntas tipo examen

Cada pregunta incluye referencia legal exacta

Preguntas de este test

Estas son las 10 preguntas que componen el test de este tema. Las respuestas correctas y la explicación detallada se revelan al completar el test arriba.

  1. Segun el articulo 4.1 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevencion de Riesgos Laborales (LPRL), se entendera por prevencion:

    • A) El conjunto de actividades o medidas adoptadas o previstas en todas las fases de actividad de la empresa con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo
    • B) La asistencia sanitaria a los trabajadores que sufren accidentes
    • C) El pago de indemnizaciones por accidentes laborales
    • D) La contratacion de un seguro de accidentes para los empleados

    Referencia: Ley 31/1995, de 8 de noviembre, LPRL , Art. 4.1

  2. Segun el articulo 14.1 de la LPRL, los trabajadores tienen derecho a una proteccion eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo. Este derecho supone la existencia de un correlativo deber del empresario de:

    • A) Proteccion de los trabajadores frente a los riesgos laborales
    • B) Contratar un seguro privado de salud para cada trabajador
    • C) Pagar una indemnizacion fija mensual por trabajo peligroso
    • D) Facilitar trabajo a distancia a todos los empleados

    Referencia: Ley 31/1995, de 8 de noviembre, LPRL , Art. 14.1

  3. Segun el articulo 15.1 de la LPRL, el empresario aplicara las medidas que integran el deber general de prevencion, con arreglo a los principios generales de la accion preventiva. Cual es el primer principio de la accion preventiva?

    • A) Evitar los riesgos
    • B) Adaptar el trabajo a la persona
    • C) Sustituir lo peligroso por lo que entrane poco o ningun peligro
    • D) Dar las debidas instrucciones a los trabajadores

    Referencia: Ley 31/1995, de 8 de noviembre, LPRL , Art. 15.1

  4. Segun el articulo 16 de la LPRL, la prevencion de riesgos laborales debera integrarse en el sistema general de gestion de la empresa. El instrumento esencial para ello es:

    • A) El plan de prevencion de riesgos laborales
    • B) El informe anual de accidentes
    • C) El presupuesto de gastos en seguridad
    • D) El convenio colectivo del sector

    Referencia: Ley 31/1995, de 8 de noviembre, LPRL , Art. 16.1

  5. Segun el articulo 18.1 de la LPRL, el empresario adoptara las medidas adecuadas para que los trabajadores reciban las informaciones necesarias en relacion con los riesgos para la seguridad y la salud. Esta informacion se facilitara a traves de:

    • A) Los representantes de los trabajadores; no obstante, debera informarse directamente a cada trabajador de los riesgos especificos de su puesto de trabajo
    • B) Una carta certificada remitida al domicilio de cada trabajador
    • C) Un anuncio en el periodico de mayor difusion local
    • D) Solo mediante el tablon de anuncios de la empresa

    Referencia: Ley 31/1995, de 8 de noviembre, LPRL , Art. 18.1

  6. Segun el articulo 21.1 de la LPRL, cuando los trabajadores esten o puedan estar expuestos a un riesgo grave e inminente con ocasion de su trabajo, el empresario estara obligado a:

    • A) Informar lo antes posible a todos los trabajadores afectados acerca de la existencia de dicho riesgo y de las medidas adoptadas o que, en su caso, deban adoptarse en materia de proteccion
    • B) Solo comunicar el riesgo a la Inspeccion de Trabajo en el plazo de 72 horas
    • C) Cerrar la empresa de forma permanente
    • D) No tiene obligacion alguna si el riesgo es externo a la empresa

    Referencia: Ley 31/1995, de 8 de noviembre, LPRL , Art. 21.1

  7. Segun el articulo 22.1 de la LPRL, el empresario garantizara a los trabajadores a su servicio la vigilancia periodica de su estado de salud en funcion de los riesgos inherentes al trabajo. Esta vigilancia solo podra llevarse a cabo cuando el trabajador preste su:

    • A) Consentimiento, salvo en los supuestos excepcionales previstos en la ley
    • B) Consentimiento sin excepcion posible
    • C) Numero de la Seguridad Social, sin mas requisitos
    • D) Autorizacion por parte del comite de empresa

    Referencia: Ley 31/1995, de 8 de noviembre, LPRL , Art. 22.1

  8. Segun el articulo 30.1 de la LPRL, en cumplimiento del deber de prevencion de riesgos profesionales, el empresario designara uno o varios trabajadores para ocuparse de la actividad preventiva. No obstante, tambien podra constituir un servicio de prevencion o concertar dicho servicio con una entidad especializada ajena a la empresa. Estas opciones se denominan:

    • A) Modalidades de organizacion de los recursos para las actividades preventivas
    • B) Planes de emergencia y evacuacion
    • C) Tipos de contratos de seguridad laboral
    • D) Categorias de accidentes de trabajo

    Referencia: Ley 31/1995, de 8 de noviembre, LPRL , Art. 30.1

  9. Segun el articulo 34 de la LPRL, los trabajadores tienen derecho a participar en las cuestiones relacionadas con la prevencion de riesgos en el trabajo. En las empresas o centros de trabajo con seis o mas trabajadores, la participacion de estos se canalizara a traves de:

    • A) Sus representantes y de la representacion especializada que se regula en esta Ley (Delegados de Prevencion y Comite de Seguridad y Salud)
    • B) Solo a traves de la Inspeccion de Trabajo
    • C) Mediante referendum entre los trabajadores para cada decision
    • D) A traves del Servicio Publico de Empleo Estatal (SEPE)

    Referencia: Ley 31/1995, de 8 de noviembre, LPRL , Art. 34.2

  10. Segun el articulo 35 de la LPRL, los Delegados de Prevencion son los representantes de los trabajadores con funciones especificas en materia de prevencion de riesgos en el trabajo. En una empresa de 50 a 100 trabajadores, el numero de Delegados de Prevencion sera de:

    • A) 2 Delegados de Prevencion
    • B) 1 Delegado de Prevencion
    • C) 5 Delegados de Prevencion
    • D) No existen Delegados de Prevencion en empresas de ese tamano

    Referencia: Ley 31/1995, de 8 de noviembre, LPRL , Art. 35.2