Test: Transparencia y gobierno abierto (Ley 19/2013)

10 preguntas tipo examen para Tramitacion Procesal — Convocatoria 2026

Materia de estudio

Resumen del tema con citas literales de la normativa oficial. Lee los apuntes y luego pon a prueba lo que has aprendido en el test.

El Tema 35 sobre transparencia y gobierno abierto es uno de los más presentes en los exámenes de Tramitación Procesal y Administrativa. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, constituye el eje normativo central y genera preguntas directas sobre plazos, órganos, sujetos obligados y límites al derecho de acceso.

Marco normativo

  • Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (en adelante, LTBG).
  • Publicada en el BOE núm. 295, de 10 de diciembre de 2013.
  • Entrada en vigor: a los veinte días de su publicación en el BOE (disposición final novena de la Ley 19/2013).
  • Estructura: cuatro títulos, varias disposiciones adicionales, transitorias, derogatoria y finales.

Estructura del tema

La LTBG se articula en torno a tres grandes bloques:

  1. Transparencia activa: obligación de publicar información sin que nadie la solicite.
  2. Transparencia pasiva o derecho de acceso: derecho de los ciudadanos a solicitar y obtener información pública.
  3. Buen gobierno: obligaciones de conducta y régimen sancionador aplicable a altos cargos y asimilados.

Conceptos clave

Ámbito subjetivo: sujetos obligados

El art. 2 de la Ley 19/2013 establece los sujetos obligados en materia de publicidad activa y acceso a la información:

  • La Administración General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas y las Entidades que integran la Administración Local.
  • Las entidades gestoras y los servicios comunes de la Seguridad Social.
  • Los organismos autónomos, las agencias estatales, las entidades públicas empresariales y las entidades de Derecho público.
  • Las sociedades mercantiles en cuyo capital social la participación pública sea superior al 50 %.
  • Las fundaciones del sector público.
  • Las asociaciones constituidas por las Administraciones, organismos y entidades anteriores.
  • El Congreso de los Diputados, el Senado, el Tribunal Constitucional y el Consejo General del Poder Judicial, así como el Banco de España, el Consejo de Estado, el Defensor del Pueblo, el Tribunal de Cuentas, el Consejo Económico y Social y las instituciones autonómicas análogas, en relación con sus actividades sujetas a Derecho Administrativo (art. 2.1.f de la Ley 19/2013).

Los partidos políticos, organizaciones sindicales y organizaciones empresariales también quedan sujetos a las obligaciones de publicidad activa cuando reciban subvenciones o ayudas públicas (art. 3 de la Ley 19/2013).

Publicidad activa

El art. 5 de la Ley 19/2013 establece el principio general: los sujetos obligados deben publicar de forma periódica y actualizada la información cuyo conocimiento sea relevante para garantizar la transparencia de su actividad.

La información debe publicarse en las sedes electrónicas o páginas web de los sujetos obligados, de manera clara, estructurada y entendible (art. 5.4 de la Ley 19/2013).

Los arts. 6, 7 y 8 de la Ley 19/2013 detallan las categorías de información que deben publicarse:

  • Art. 6: información institucional, organizativa y de planificación (funciones, normativa aplicable, organigrama, planes y programas).
  • Art. 7: información de relevancia jurídica (directrices, instrucciones, circulares, respuestas a consultas, anteproyectos de ley, proyectos de reglamentos).
  • Art. 8: información económica, presupuestaria y estadística (contratos, convenios, subvenciones, presupuestos, cuentas anuales, retribuciones de altos cargos).

Derecho de acceso a la información pública

El art. 12 de la Ley 19/2013 reconoce el derecho de acceso a la información pública a todas las personas, sin necesidad de motivar la solicitud ni acreditar un interés determinado.

Información pública: contenidos o documentos que obren en poder de los sujetos obligados y hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones (art. 13 de la Ley 19/2013).

Límites al derecho de acceso

El art. 14 de la Ley 19/2013 enumera los límites al derecho de acceso. La aplicación de estos límites debe ser justificada y proporcionada:

  • Seguridad nacional.
  • Defensa.
  • Relaciones exteriores.
  • Seguridad pública.
  • Prevención, investigación y sanción de ilícitos penales, administrativos o disciplinarios.
  • Igualdad de las partes en los procesos judiciales y tutela judicial efectiva.
  • Funciones administrativas de vigilancia, inspección y control.
  • Intereses económicos y comerciales.
  • Política económica y monetaria.
  • Secreto profesional y propiedad intelectual e industrial.
  • Garantía de la confidencialidad o el secreto requerido en procesos de toma de decisión.
  • Protección del medio ambiente.

La protección de datos personales se regula en el art. 15 de la Ley 19/2013, que establece una ponderación entre el derecho de acceso y la protección de datos.

Procedimiento de acceso

  • La solicitud se presenta ante el sujeto obligado que posea la información (art. 17 de la Ley 19/2013). No es necesario identificar el expediente; basta con especificar la información solicitada.
  • El órgano que recibe la solicitud puede remitirla al competente si no dispone de la información (art. 17.3 de la Ley 19/2013).
  • El solicitante puede elegir la modalidad de acceso: consulta, copia, extracto o en formato electrónico (art. 17.2 de la Ley 19/2013).

Datos numéricos y plazos que más se preguntan

  • Plazo para resolver y notificar: un mes desde la recepción de la solicitud (art. 20.1 de la Ley 19/2013).
  • Ampliación del plazo: puede ampliarse otro mes cuando el volumen o la complejidad de la información lo justifique, previa notificación al solicitante (art. 20.1 de la Ley 19/2013).
  • Silencio administrativo: el silencio tiene carácter desestimatorio (art. 20.4 de la Ley 19/2013).
  • Participación en capital social: la participación pública debe ser superior al 50 % para que las sociedades mercantiles queden obligadas (art. 2.1.g de la Ley 19/2013).
  • Publicación en BOE: la ley se publicó el 10 de diciembre de 2013.
  • Entrada en vigor: a los veinte días de su publicación (disposición final novena de la Ley 19/2013).

El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno

  • Regulado en los arts. 33 a 40 de la Ley 19/2013.
  • Es un organismo público independiente adscrito al Ministerio de Hacienda (art. 33.2 de la Ley 19/2013).
  • Tiene personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar (art. 33.2 de la Ley 19/2013).
  • Su Presidente es nombrado por el Consejo de Ministros, a propuesta del titular del Ministerio de Hacienda, entre personas de reconocido prestigio y competencia profesional, previa comparecencia ante la Comisión del Congreso (art. 37 de la Ley 19/2013).
  • El mandato del Presidente es de cinco años, no renovable (art. 37.2 de la Ley 19/2013).
  • Funciones principales: velar por el cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa, resolver las reclamaciones contra resoluciones en materia de acceso a la información, y promover la cultura de transparencia (art. 38 de la Ley 19/2013).

Reclamación ante el Consejo de Transparencia

  • Antes de acudir a la vía contencioso-administrativa, el interesado puede presentar una reclamación potestativa ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (art. 24 de la Ley 19/2013).
  • Plazo para interponer la reclamación: un mes desde la notificación de la resolución o desde que se produzca el silencio administrativo (art. 24.2 de la Ley 19/2013).
  • El Consejo debe resolver en el plazo de tres meses; transcurrido ese plazo sin resolución, la reclamación se entiende desestimada (art. 24.3 de la Ley 19/2013).

Errores típicos del opositor

  • Confundir el silencio positivo (habitual en otros procedimientos) con el silencio negativo o desestimatorio que rige en el acceso a la información pública (art. 20.4 de la Ley 19/2013).
  • Creer que el solicitante debe motivar su petición: la ley no lo exige (art. 12 de la Ley 19/2013).
  • Confundir el plazo de resolución de la solicitud (1 mes, prorrogable a 2) con el plazo de resolución de la reclamación ante el Consejo (3 meses).
  • Situar el Consejo de Transparencia adscrito a la Presidencia del Gobierno: está adscrito al Ministerio de Hacienda (art. 33.2 de la Ley 19/2013).
  • Olvidar que la reclamación ante el Consejo de Transparencia es potestativa, no obligatoria, antes de la vía judicial.
  • Confundir el umbral del 50 % de capital público (sociedades mercantiles obligadas) con cualquier otro porcentaje.

Trucos mnemotécnicos

  • “1-1-3”: plazo de resolución de solicitud (1 mes), prórroga (1 mes más), plazo de resolución de reclamación ante el Consejo (3 meses).
  • “SILENCIO = NO”: en acceso a la información, el silencio siempre desestima.
  • Arts. 6-7-8 = IOJ-JR-EPS: Información Organizativa, Jurídica de Relevancia, Económica-Presupuestaria y Estadística.
  • “50 % + 1 = obligada”: la sociedad mercantil solo queda obligada si la participación pública es superior al 50 %, no si es exactamente el 50 %.
  • “5 años sin renovar”: el mandato del Presidente del Consejo de Transparencia dura cinco años y no es renovable.

Pon a prueba lo que has aprendido

10
preguntas tipo examen

Cada pregunta incluye referencia legal exacta

Preguntas de este test

Estas son las 10 preguntas que componen el test de este tema. Las respuestas correctas y la explicación detallada se revelan al completar el test arriba.

  1. ¿Qué ley regula la transparencia, el acceso a la información pública y el buen gobierno en España?

    • A) La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
    • B) La Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común
    • C) La Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público
    • D) La Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos

    Referencia: Ley 19/2013, de 9 de diciembre , Art. 1

  2. ¿Qué dos grandes vertientes de la transparencia regula la Ley 19/2013?

    • A) La transparencia judicial y la transparencia parlamentaria
    • B) La publicidad activa (información que las administraciones deben publicar de oficio) y el derecho de acceso a la información pública (solicitudes de ciudadanos)
    • C) La transparencia económica y la transparencia política
    • D) La transparencia interna (entre administraciones) y la transparencia externa (hacia los ciudadanos)

    Referencia: Ley 19/2013 , Títulos I y II

  3. ¿Qué sujetos están obligados por las disposiciones de publicidad activa de la Ley 19/2013?

    • A) Solo la Administración General del Estado
    • B) Todas las Administraciones Públicas, organismos autónomos, entidades de Derecho público, sociedades mercantiles con participación pública mayoritaria, fundaciones del sector público, partidos políticos, sindicatos y organizaciones empresariales
    • C) Solo las empresas privadas que reciben subvenciones públicas
    • D) Exclusivamente los altos cargos del Gobierno

    Referencia: Ley 19/2013 , Art. 2

  4. ¿Qué tipo de información debe publicarse de oficio según las obligaciones de publicidad activa?

    • A) Solo los presupuestos anuales
    • B) Información institucional y organizativa, información de relevancia jurídica, e información económica, presupuestaria y estadística
    • C) Solo las retribuciones de los altos cargos
    • D) Exclusivamente los contratos públicos adjudicados

    Referencia: Ley 19/2013 , Arts. 6-8

  5. ¿Dónde debe publicarse la información de publicidad activa de la Administración General del Estado?

    • A) En el Boletín Oficial del Estado exclusivamente
    • B) En el Portal de la Transparencia de la Administración General del Estado
    • C) En las redes sociales oficiales del Gobierno
    • D) En los tablones de anuncios de los edificios públicos

    Referencia: Ley 19/2013 , Art. 10

  6. ¿Cuáles son los límites al derecho de acceso a la información pública según la Ley 19/2013?

    • A) No existen límites; toda la información pública es accesible
    • B) La seguridad nacional, la defensa, las relaciones exteriores, la seguridad pública, la prevención e investigación de ilícitos, la igualdad de partes en procesos judiciales, el medio ambiente, los intereses económicos y comerciales, la política económica y monetaria, el secreto profesional y la propiedad intelectual, entre otros
    • C) Solo la protección de datos personales
    • D) Solo el secreto de Estado y la seguridad nacional

    Referencia: Ley 19/2013 , Art. 14

  7. ¿Ante qué órgano puede reclamarse si se deniega una solicitud de acceso a la información pública?

    • A) Ante el Defensor del Pueblo exclusivamente
    • B) Ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno
    • C) Solo ante los tribunales de lo contencioso-administrativo
    • D) Ante la Agencia Española de Protección de Datos

    Referencia: Ley 19/2013 , Art. 24

  8. ¿Cuál es el plazo máximo para resolver una solicitud de acceso a la información pública?

    • A) 10 días hábiles
    • B) Un mes desde la recepción de la solicitud por el órgano competente para resolver, ampliable a otro mes en caso de volumen o complejidad de la información solicitada
    • C) Tres meses
    • D) No existe plazo; se resuelve cuando sea posible

    Referencia: Ley 19/2013 , Art. 20.1

  9. ¿Qué sentido tiene el silencio administrativo cuando la Administración no resuelve en plazo una solicitud de acceso a información pública?

    • A) Silencio positivo: se entiende estimada la solicitud
    • B) Silencio negativo: se entiende desestimada la solicitud
    • C) No se regula el silencio; hay que esperar a la resolución expresa
    • D) El silencio es positivo en la AGE y negativo en las CCAA

    Referencia: Ley 19/2013 , Art. 20.4

  10. ¿A quiénes se aplican las disposiciones de buen gobierno del Título II de la Ley 19/2013?

    • A) A todos los funcionarios públicos sin excepción
    • B) A los miembros del Gobierno, Secretarios de Estado, y resto de altos cargos de la AGE y entidades del sector público estatal
    • C) Solo al Presidente del Gobierno y a los Ministros
    • D) A los jueces y magistrados del Poder Judicial

    Referencia: Ley 19/2013 , Art. 25